Orden AAA/759/2016, de 17 de mayo, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.

MarginalBOE-A-2016-4785
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo (BOE del 22), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016 y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre Hombres y Mujeres en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (BOE del 27), modificadas por Orden PRE/2061/2009, de 23 de julio (BOE del 30).

Bases específicas

La presente convocatoria, se publicará, entre otras, en las páginas web: www.magrama.gob.es y www.administracion.gob.es.

  1. Descripción de las plazas

    Se convoca proceso selectivo para cubrir 4 plazas del Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado, código 0101, por el sistema general de acceso libre.

  2. Proceso selectivo

    El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

    Esta fase de oposición tendrá una duración máxima de doce meses y el primer ejercicio se celebrará en un plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

    Este proceso incluirá también la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

  3. Programas

    El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de esta convocatoria.

  4. Titulación

    Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Ingeniero de Montes o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias.

    Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

  5. Solicitudes

    5.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la página web www.administracion.gob.es (Empleo público y becas; Inscripción en pruebas selectivas; Rellenar e imprimir el formulario de solicitud).

    5.2 La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», por cualquiera de los medios siguientes:

    1. Los interesados podrán realizar el registro electrónico de su solicitud y el pago telemático de las tasas a través de Internet en el portal del ciudadano www.administracion.gob.es (Empleo público y becas; Inscripción en pruebas selectivas; Rellenar, pagar y presentar a través de Internet) o en el portal del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas www.minhap.gob.es (Servicios-Empleo público. Inscripción en pruebas selectivas).

      El tratamiento de la información por medios telemáticos tendrá en cuenta lo establecido en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

      En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, esta podrá adjuntarse en la solicitud telemática o podrá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente.

      El ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministro de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.

    2. Igualmente, podrán presentarse las solicitudes en soporte papel, debiendo rellenar previamente el formulario 790, a través del punto de acceso general http://administracion.gob.es/PAG/modelo 790.

      Una vez cumplimentados, en la citada página, todos los datos de dicho formulario, deberán pulsar en la parte inferior del mismo sobre la opción «generar solicitud». De esta manera, se generará el documento que, al imprimirlo a continuación en soporte papel, constará de tres copias («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»).

      Para efectuar el pago de la tasa, se presentará el original de la solicitud impresa (los tres ejemplares), cumplimentado en la forma descrita, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.

      En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

      Una vez efectuado el ingreso de la tasa por derechos de examen, habrá que presentar el formulario de solicitud en los Registros Generales del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (paseo Infanta Isabel, 1, Madrid, y plaza de San Juan de la Cruz, s/n, Madrid), así como en los Registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

      Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen:

      – Directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.

      – Mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria extranjera (aquellos cuyo código IBAN no empiece por ES), a la cuenta corriente número 0182-2370-49-0200203962 (código Iban: ES06, código Bic: BBVAESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público Derechos de examen».

      5.3 La solicitud se dirigirá al Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

      5.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

  6. Tribunal

    6.1 El tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III de esta convocatoria.

    6.2 El tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

    Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

    6.3 Una vez iniciado el proceso selectivo, las comunicaciones e incidencias relacionadas con el mismo se deberán dirigir al Tribunal que tendrá su sede en el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Gran Vía de San Francisco, 4-8, 28071 Madrid, teléfono 913474145, dirección de correo electrónico seleccion.montes@magrama.es.

  7. Desarrollo del proceso selectivo

    7.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «H», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas de 24 de febrero de 2016 (BOE del 26).

    7.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente:

    http://www.magrama.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/default.aspx, así como en la página web: http://administracion.gob.es/

    Cualquier consulta en relación con las bases de esta convocatoria se deberá dirigir a la dirección de correo electrónico weboposiciones@magrama.es.

  8. Destinos

    Con el fin de canalizar los principios contenidos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, en las convocatorias de procesos selectivos derivadas de la Oferta de Empleo Público, se podrá establecer la obligatoriedad de que los aspirantes que superen dichas pruebas soliciten destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.

  9. Norma final

    Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la...

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