Orden AAA/285/2016, de 3 de marzo, sobre el pago específico al cultivo del algodón para la campaña 2016/2017.

MarginalBOE-A-2016-2276
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

El Reglamento (UE) n.º 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.º 637/2008 y (CE) n.º 73/2009 del Consejo, establece en su artículo 56 un pago específico al cultivo del algodón.

El Reglamento delegado (UE) n.º 639/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, que completa el Reglamento (UE) n.º 1307/2013, establece una serie de actuaciones a realizar por los Estados miembros en relación a este pago. Por su parte, el Reglamento de ejecución (UE) n.º 641/2014 de la Comisión, de 16 de junio de 2014, que establece disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1307/2013, establece normas relativas al procedimiento de autorización de las tierras y variedades y sobre las notificaciones a los productores relacionadas con dicha autorización, a efectos del pago específico al cultivo del algodón.

Ambas disposiciones han sido desarrolladas en el ámbito nacional a través del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, modificado por el Real Decreto 1172/2015, de 29 de diciembre.

El título IV, capítulo I, sección 8.ª, «Pago específico al cultivo del algodón», del citado Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, dispone en su artículo 54 que el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente establecerá, para cada año de siembra, determinados requisitos en relación con dicho pago. Dado el marcado carácter técnico de esta disposición, y su eficacia temporal limitada, se considera ajustada su adopción mediante orden ministerial.

A través de la presente disposición se establecen los requisitos exigidos a las superficies con derecho a pago, las variedades autorizadas y las condiciones de cultivo del algodón para la campaña 2016/2017.

En el procedimiento de elaboración de la presente disposición han sido consultadas las comunidades autónomas y las entidades representativas del sector afectado.

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