Orden AAA/1379/2015, de 29 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y acceso por promoción interna, en el Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado.

MarginalBOE-A-2015-7745
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo («BOE» del 23), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2015 y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de enero de 2011, por el que se aprueba el I Plan para la Igualdad entre hombres y mujeres en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases Comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («BOE» del 27), modificadas por Orden PRE/2061/2009 de 23 de julio («BOE» del 30).

Bases Específicas

La presente convocatoria, se publicará, entre otras, en la página web www.administracion.gob.es

  1. Descripción de las plazas

    1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 7 plazas del Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado Código 1416 por el sistema general de acceso libre y 20 plazas por el sistema de promoción interna, de las comprendidas en el artículo 6 del Real Decreto 196/2015 de 22 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2015.

    Del total de las plazas convocadas para promoción interna se reservará 1 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

    Una vez cubiertas la plaza del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.

    Las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas se acumularán a las del turno general de este proceso de promoción interna.

    En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna quedaran vacantes no podrán acumularse a las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 15 de abril), dado el carácter independiente de ambos procesos.

    1.2 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.

  2. Proceso selectivo

    El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso–oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

    Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, si se trata de acceso libre, o la fase de oposición y concurso de acceder por promoción interna, serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

  3. Programa

    El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

  4. Titulación

    Se requerirá estar en posesión del título Universitario de Grado o los actualmente vigentes de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.

    Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

  5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

    Los aspirantes deberán cumplir además:

    Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C1 o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C1 o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

    Pertenecer como personal laboral fijo al Grupo Profesional 2 del Área Técnica y Profesional con la categoría de Titulado Medio de Actividades Técnicas y Profesionales del III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado o categorías equivalentes de otros convenios de los Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar o haber desarrollado las funciones coincidentes con las del Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado.

    Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala de la Administración General del Estado del Subgrupo C1, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C1 o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público.

    Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años como personal laboral fijo en el Grupo Profesional 2 del Área Técnica y Profesional con la categoría de Titulado Medio de Actividades Técnicas y Profesionales del III Convenio Único o categorías equivalentes de otros convenios de los Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar o haber desarrollado las funciones coincidentes con las del Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado.

  6. Solicitudes

    6.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la página web www.administracion.gob.es (Empleo público y becas; Inscripción en pruebas selectivas; Rellenar e imprimir el formulario de solicitud).

    6.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

    1. Los interesados podrán realizar el registro electrónico de su solicitud y el pago telemático de las tasas a través de Internet en el portal del ciudadano www.administracion.gob.es (Empleo público y becas; Inscripción en pruebas selectivas; Rellenar, pagar y presentar a través de internet) o en el portal del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas www.minhap.gob.es (Servicios-Empleo Público-Inscripción en pruebas selectivas).

      El tratamiento de la información por medios telemáticos tendrá en cuenta lo establecido en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

      En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, esta podrá adjuntarse en la solicitud telemática o podrá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente.

    2. Igualmente, podrán presentarse en los Registros Generales del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (paseo Infanta Isabel, 1, Madrid, y plaza de San Juan de la Cruz, s/n, Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

      6.3 Pago de la tasa de derechos de examen.

      El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

      En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar una presentación de solicitudes a través del Registro Telemático del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministro de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos...

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