Resolución de 11 de enero de 1982, de la Dirección General de Comercio Interior, por la que se dictan normas complementarias para el desarrollo del Real Decreto 2031/1981 por el que se aprueba la regulación de la campaña olivarera 1981-82, sobre capacidad de los envases de aceites comestibles.
Marginal | BOE-A-1982-1413 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Economia y Comercio |
Rango de Ley | Resolución |
Publicado el Real Decreto 2031/1981, de 4 de septiembre, por el que se aprueba la regulación de la campaña oleícola 1981/82 se estima oportuno dictar las disposiciones complementarias para el desarrollo del mencionado Real Decreto en lo que se refiere a la capacidad de los envases.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en la disposición final del Real Decreto 2031/1981.
Esta Dirección General ha tenido a bien disponer lo siguiente:
Primero.- La venta al público de todos los aceites a que se refiere la presente Resolución, se realizará en régimen de envasado, pudiendo utilizarse cualquier tipo de envases de las capacidades a que se refiere el siguiente artículo, siempre que dichos envases hayan obtenido la oportuna autorización sanitaria, con precinto de garantía y bajo marca registrada.
Segundo.- Todos los aceites comestibles objeto de esta reglamentación, a excepción del de soja, podrán venderse en envases de:
0,1, 0,25, 0,50, 0,75, 1, 2, 2,5, 3, 5 y 10 litros.
Para uso individual se autorizan envases de capacidad comprendida entre 0,025 y 0,050 litros (múltiplos de 0,005).
Para facilitar el aprovisionamiento directo a establecimientos de hostelería y colectividades se autorizan envases con capacidades de 25 y 50 litros.
No obstante lo anteriormente expuesto, esta Dirección General, de acuerdo con las facultades que le confiere el Real Decreto 2705/1979, que regula las campañas oleícolas, podrá autorizar la utilización de envases de distinta capacidad y que hayan obtenido la correspondiente autorización sanitaria.
El aceite refinado de soja se expenderá por las plantas envasadoras, en todos los casos, en envases de un litro de capacidad. Concretamente se...
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