Orden ECI/3866/2005, de 2 de diciembre, por la que se convoca concurso público para la obtención de becas de formación en observación y diseño de cualificaciones profesionales en el Instituto Nacional de las Cualificaciones.

MarginalBOE-A-2005-20473
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

Orden ECI/3866/2005, de 2 de diciembre, por la que se convoca concurso público para la obtención de becas de formación en observación y diseño de cualificaciones profesionales en el Instituto Nacional de las Cualificaciones.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece en su artículo 5.3 que el Instituto Nacional de las Cualificaciones, creado por Real Decreto 375/1999, de 5 de marzo, es el órgano técnico de apoyo al Consejo General de la Formación Profesional responsable de definir, elaborar y mantener actualizado el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y el correspondiente Catálogo Modular de Formación Profesional.

Por otra parte, el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales establece la estructura de dicho Catálogo, señalando que las cualificaciones profesionales se ordenarán por niveles de cualificación y por familias profesionales. Como consecuencia y en desarrollo de lo anterior, en el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, se establecieron 97 cualificaciones profesionales que se incluyeron en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, con sus correspondientes módulos formativos, que se incorporaron, por su parte al Catálogo Modular de Formación Profesional. El Real Decreto 1553/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Ciencia, adscribe el Instituto Nacional de las Cualificaciones a la Secretaría General de Educación, en su artículo 9. 3. d).

El desarrollo de las funciones del Instituto Nacional de las Cualificaciones requiere la formación de diversos especialistas, una de cuyas vías prevista en la legislación vigente es la convocatoria de becas de formación. Por ello, este Ministerio de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones BOE del 18 de noviembre), en el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre (BOE del 30 de diciembre), que aprueba el Reglamento para la concesión de subvenciones, así como en la Orden 1305/2005 del Ministerio de Educación y Ciencia de 20 de abril de 2005 (BOE del 12 de mayo) de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, y en la Orden 87/2005 del Ministerio de Educación y Ciencia de 14 de enero de 2005 (BOE del 28 de enero) de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, ha resuelto convocar concurso público para la adjudicación de veinticinco (25) becas para la formación en observación y diseño de cualificaciones profesionales en el Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL), durante el año 2006.

En su virtud, dispongo:

Primero. Objeto.-El objeto de la presente Orden es la convocatoria para la concesión de becas para la formación de especialistas en observación y diseño de las cualificaciones profesionales y la colaboración en las funciones encomendadas al Instituto Nacional de las Cualificaciones, de acuerdo con la siguiente distribución:

Una en actividades relacionadas con la observación de las cualificaciones.

Veinte en actividades relacionadas con el diseño de las cualificaciones.

Una en actividades relacionadas con el reconocimiento y acreditación.

Una en actividades relacionadas con la calidad y evaluación del sistema.

Una en actividades relacionadas con el apoyo informático y la difusión electrónica.

Una en actividades relacionadas con la información sobre cualificaciones.

Segundo. Duración de las becas.-El periodo de disfrute de las becas será de doce meses, iniciándose el 1 de enero de 2006 y finalizando el 31 de diciembre del mismo año.

Tercero. Requisitos.-Las condiciones en las que se convocan las becas son las siguientes:

  1. Podrán concursar aquellas personas de nacionalidad española o nacionales de algún otro Estado miembro de la Unión Europea, con perfecto dominio de la lengua española y residencia en España en el momento de la incorporación al Programa, con titulación universitaria o superior de Formación Profesional, Artes Plásticas y Diseño, dependiendo del tipo de beca, que hayan terminado sus estudios en el 2001 o con posterioridad. Los títulos obtenidos fuera de España deben estar homologados.

    Los actuales becarios podrán presentarse a esta convocatoria y obtener la renovación de la beca, si el informe de evaluación de la Unidad en la que han realizado sus actividades es positivo, con el visto bueno del Presidente de la Comisión de selección, teniendo en cuenta que el período máxime de disfrute de la misma es de cuarenta y ocho meses, a partir de la fecha en que se concedió por primera vez.

  2. La titulación aludida tendrá relación con la especialidad adecuada a la beca o becas que se soliciten y se valorará según el grado de idoneidad detallado en el anexo I. En el mismo anexo se detallan los baremos aplicables a cada tipo de beca.

    El apartado A de becas (una beca) hace referencia a los aspectos relacionados con el procesamiento y tratamiento de datos procedentes de la observación de las cualificaciones. Se requerirá, según el orden de prioridad que se establece, titulación de Licenciado en Documentación (1.º), o en Ciencias del Trabajo (1.º), o en Sociología (2.º), o en Investigación y Técnicas de Mercado (2.º), Diplomado en Biblioteconomía y Documentación (1.º), o en Relaciones Laborales (2.º).

    El apartado B de becas (veinte becas) hace referencia a los aspectos relacionados con el diseño de las cualificaciones en función de los diferentes campos de observación o competencias transversales. Las titulaciones requeridas para cada uno de los campos por orden de prioridad son:

    B.1 Agraria (Una beca). Ingeniero Agrónomo (1.º), Ingeniero Técnico Agrícola especialidad Explotaciones Agropecuarias (2.º), Técnico Superior en Gestión de Organización de Empresas Agropecuarias (2.º).

    B.2 Marítimo-Pesquera y Transporte y Mantenimiento de Vehículos (Una beca). Licenciado en Náutica y Transporte Marítimo o Biología, Ingeniero Industrial o Ingeniero Aeronáutico (1.º), Ingeniero Técnico Industrial o Ingeniero Técnico Aeronáutico (1.º), Diplomado en Navegación Marítima o en Máquinas Navales (2.º), Técnico Superior en Navegación, o en Pesca y Transporte Marítimo, o en Automoción o en Mantenimiento Aeromecánico o en Mantenimiento de Aviónica o en Supervisión y Control de Máquinas e Instalaciones del Buque (2.º).

    B.3 Industrias Alimentarias, Química e Imagen Personal (Una beca). Licenciado en Química, o en Farmacia, o en Ciencias y Tecnología de los Alimentos (1.º), Técnico Superior en Industrias Alimentarias o en Análisis y Control, o...

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