Real Decreto 2360/1983, de 13 de julio, por el que se crean Institutos de Formación Profesional en las localidades de Alcora y Nules (Castellón), La Elipa-Ciudad Lineal y Cercedilla (Madrid), Burlada (Navarra), Onteniente (Valencia) y Utebo (Zaragoza).

MarginalBOE-A-1983-24117
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyReal Decreto
24932 9
septiembre
1983
BOE.-Núm.
216
Este.
Ministerio,
de
acuerdo
..
lo
informado..,
propuesto
por
la
Dirección
General
de
Exportación.
ha
resuelto:
,.
Pr~ero.-Prorrogar
por
cuatro
meses
a
pa-n(
del
27
de
junio
de
1983
el
régimen
de
tráfico
de
perfecciOnan~¡ento
activo
a
la
firma
.ElKA.
Sociedad
Coop",rativa
..
,
con
dOllW,i.lio
en
Marquina
{Vizcaya}.
apartado
20, y
NlF
F--48.,06761.
Segundo.-Derogar
en
el articulo
2.",
referente
Ii
mercancías
de
importación.
los
puntos
6
al
12,
ambos
inc,usive.,
Tercero.-EI
interesado
queda
obliga¡:lo a
declarar
en
la
do--
cumentaclón
aduanera
de
exportaci6n
'y
"'0
la
correspondiente
hoja
de
detalle.
por
cada
producto
exportado
~as
composiciones
de
las
materias
primas
empleadas,
determinantes
del
beneficio
fiscal.
así
como
calidades,
tipos
(llcabados.
colores.
especifica-
ciones
particuiares,
formas
de
presentación),
~dimensione8
.,
demás
caracteristicaS
que
las
identifiquen
y
distingan
de
otras
similares
y
que
en
cualquier
caso,
deberán.
coincidir
respectiva-
mente.
con
las
mercancías
previamente
importadas
que
en
su
compensación
se
importen
pOSteriormente,
a
fin
de
quo
la
AdUa-
na
habida
cuenta
de
tal
declaración
y
de
las
comprobaciones
que
estime
conveniente
realizar,
entre
ellas
la
extracción
de
muestras
para
su
revisión
o
análisis
por
el
l&toratorio
.:;entral
de
Aduanas,
pueda
autorizar
la
correspondi-mte
hoja
de
detalle.
Cuarto.-Se
mantienen
en
toda
su
integridad
los
restantes
extremos
de
la
Orden
ministerial
de
18
de
rndYO
de
1978
(.Boletín
Oficial
del
Estado-
de
27
de
junio)
y
postertor
nlOdificación,
que
ahora
se
prorroga.
Lo
que
comunico
a
V.
1.
para
su
conocimiento
y
efectos.
Dios
guarde
aV.
I.
muchos
años.
Madrid.
29
de
julio
de
1983.-P.
D.,
el
Director
general
de
Exportación,
Apolonio
Ruiz
Ligero.
Ilmo.
Sr.
Director
general
de
Exportación.
manifiesto
por
la
crecient.e
demanda
de
puestos
escolarea.
1_
hace
preciso
incrementar
el
actual
número
de
Centroa
plibUcoa
destinados
a
la
mism
•.
En
consecuencia,
teniendo
aaimismo
en
cuenta
lo
dispuesto
en
él
articulo
132.4
de
la
citada
Ley
General.de
Educación,
y
en
la
medida
qUe
permiten
loa
recursos
disponibles
al
efecto.
se
procede
a
crear
en
di
versas
localidades
sendos
Institutos
de
Formación
Profesional,
con
objeto
de
ampliar
las
posibilidades
educativas
del
alumnado
que
termina
sus
estudios
de
Educa-
ción
General
BAsica. "
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Educación.,
Cien
..
cia
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
re-
unión
del
die.
13
de
julio
de
1983.
DISPONGO,
ArUculo
1.0
Se
crean
en
lu
localidades
de
Alcora
y
Nules
(Castellón).
La
Elipa-Ciudad
Lineal
y
Cercedilla
(Madrid),
Bur-
lada
(Nllvarra),
Onteniente
(Valencia)
'1
Utebo
(Zaragoza),
se'!ldos
Institutos
de
Formación
Profesional.
Art.
2.°
El
Ministerio
de
Educación
.,
Ciencia
adoptar.
las
medidas
Precisas
para
el
mejor
cumplimiento
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto
y
determinará,
en
su caso.
la
fecha
en
que
deben
comenzar
su
funcionamiento,
concretan-
do
lo.
grad~
ramas,
profesiones
y
especialidades
que
deban
impartirse,
as!
como
la
plantllla
de
personal
docente,
admtni8~
trativo
y
subalterno
necesario
para
el
eficaz
desarrollo
de
SUB
actividades.
Dado
en
Madrid
a13
de
julio
de
1983.
JUAN
CARLOS
R.
,El
Ministro
de
Educación yCiencia.
JOSE
MARIA
MARAVALL
,HERRERO
Cambio.
Mercado
de
Divisas
Cambios
ofictares
del
dta
8
de
septiembre
de
1983
MINISTERIO
DE
EDUCACION
y
CIENCIA
BANCO
bE
ESPA:Ñ'A:
24118
REAL
DECRETO
2381/19B3,
de
'3
de
julio,
por
el
que
se
desdoblan
los
Institutos
PolItécnicos
de
For-
mación
Profesional
de
Albacete
yo-
Alicante
'Y
el
Instituto
da
Formación
Profesional
.Virgen
d~t
Re~
medio.,
de esta
últtma
localidad,
creóndose
corno
consecuencia
de
ello
sendos
Institutos
de
Forma~
ción
Profesional.
El
articulo
2.1
de
la
vigente
Ley
General
de
Educación
y
Fi-
nanciamiento
de
la.
Reforma
Educativa
señala
el
deber
del
Es-
tado
de
proporcionar
alos
espai\oles
la
formación
proCesional
neceS'aria a
su
capacitación
para
una
tarea
útil
para
mismos
y
para
la
sociedad,
lo
cual
ha
sido
igualmente
reconocido
por
los
articulas
2.0 y
3.°
de
la
Ley
Orgánica
5J1980,
de
1&
de
junio
(.Boletin
Oficial
del
Estado-
del
27).
por
la
que
se
regula
el
E~tatuto
de
Centros
Escolares.
Para
el
cumplimiento
de
tales
fines,
asf
como
para
atender
el
interés
de
la
sociedad
por
esta
clase
de
enseñanza,
puesto
de
manifiesto
por
la
creciente
demanda
de
puestos
escolares,
se
viene
aumentando
la
red
de
Centros
publicas
en
la
medida
que
permiten
los
recursos
utilizables
a
tal
fin.
todo
ello
de
conror~
midad
con
lo
dispuesto
en
el
articulo
132.4
de
la
Ley
General
de
Educación
ya
citada.
En
consecuencia,
una
vez
realizados
los
pertinentes
estu-
dios
económico·sociales
de
las
zonas
en
las
que
con
mayor
in-
tensidad
Se
presentan
los
problemas
de
escolarizac1ón
.,
dado
que
en
las
localidades
de
Albacete
y
Alicante
la
demanda
8O~
brepasa
'excesivamente
las
necesidades
de
puestos.
escolares
que
loa
Centros
públicos
de
,Form8C1ón
Profesional
pueden
ofrecer~
se
hace
preciso
desdoblar
los
Institutos
Politécnicos
de
ambas
localidades
y
el
Instituto
de
Formación
Profesional
.Virgen
del
Remedia..
de
AUcante,
procediéndose
a
unas
nuevas
creaciones
que
permitan
una
distribución
racional
de
sus
actividades.
con
el
consiguiente
trasvase
de
alumnado
"
en
su
caso,
de
1&
parte
correspondiente
de
las
"dotaciones
a
los
nuevos
Institutos
de
Formación
Profesional
de
Albacete
y
Alicante.
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Educación
y
Ciencia
y
previa
deliberación
del
Conseio
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
13
de
julio
de
1983,
DISPONGO,
152,280
123,818
18,889
227.2117
179,005
70,128
283,048
56,914
9,528
50.856
19.284
15,831
20,429
28.800
810,344
122.490
82,185
Vendedor
151,920
123,374
18.&33
228,132
177,974
69800
281,655
56,673
9498
50.651·
19,214
15,777
20.353
26,491
906
..
8
122.004
81,912
Comprador
Divisas
convertible.
24116
1
dólar
USA
, .
1
dólar
canadiense
.
1
franco
francés
.
1
libra
esterlina
-
1
libra
irlandesa
; .
1
franco
suizo
, .
100
francos
belgas
; .
1
marco
alemán
.
100
liras
itali&llaa .
1
fiarlo
holandés
.
1
corona
sueca
; .
1
carona
danesa
.
1
corona
noruega
...................•.....; .
1
marco
finlandés
.
100
chelines
austriacos
~
.
100
escudos
portupeses
..
100
yens
j""poneses .
24117
REAL
DECRETO
2360/1983. de
13
de
julio.
por
el
QU6
se
crean
Institutos
de
Formación
Profeltional
en
ra.
I.oc4Udadss
de
Alcora.
)'
Nules
(CastellónJ
La
EUpa-Cludad
Lineal
'Y
Cercedtlla
(Madrid,).
Bur:
lada
(Navarra).
Onteniente
lValencta.i
y
Utebo
(Za~
rago:a).
.El
~rtí~ulo
2.1
de
la
vigente
Ley
General
de
Educación
.,
FmanClamlento
de
la
Reforma
Educativa
señala
el
deber
del
Estado
de
proporcionar
a
101
eSPaiíoles.la
formación
profesional
necesaria
a
su
capacitación
para
una
tarea
útil
para
si
mismos
y
para
la
sociedad,
10
cual
ha
sido
igualmente
reconocido
pOI"
los
articulos
2.°
.,
3.°
de
1&
Ley
Orgánica
5/1980,
de
19
de
lunio
(.Boletín
Ofic1al
del
Estad~
del
27).
por
la
que
se
regula
el
Estatuto
de
Centros
Escolares.
Para.
el
cumplimiento
de
tales
nnes,
as1
como
para
atender
el
interés
de
la
sociedad
por
esa
ciase
de
enseñanza,
puesto
de
Articulo
1.°
Se·
crean
en
1a&
locaUdades
de
Albacete
y
Alicante.
por
desdoblamiento
de- loa
Institutos
Politécnicos
de
.
Forn_ación
Profesional
de
las
citadas
localidades
y
del
Instituto
de
Formación
Profestonal
.Virgen
del
Remedio
..
de
esta
últi-
ma,
sendos
Institutos
de
Formación
Profesional.
.
Art.
2.°
El
Ministerio
de
Educación
y
Ciencia
adop·
tará
las
medidas
precisas
para
el
mejor
cumpUmiento
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto
y
determinará,
en
cada
caso,
la
fecha
en
que
deben
comenzar
su
funcionamiento.
con-
cretando
los
grados,
ramas,
profesiones
yespe<:lalidades>
que
deban
impartirse,
asi
como
la
plantilla
de
personal
docente,
administrativo
y
subalterno
necesario
para
el
eficaz
desarrollo
de
sus
actividades.'
.
Dado
en
Madrid
a13
de
füUo
de
1983.
JUAN
CARLOS R
..
. r
'''inistro
de
F.dunviÓn
y
Ciencia.
JOSE
MARIA
MARAVALL
HERRERO

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