Orden de 5 de mayo de 1987 por la que se da nueva redacción a determinados preceptos de la orden de 20 de febrero de 1987, que establece tarifas eléctricas.

MarginalBOE-A-1987-11478
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

Suscitadas dudas en la interpretaciÛn de ciertos puntos de la orden de 20 de febrero de 1987, se procede por la presente orden, a la aclaraciÛn de los mismos.

Anexo i, Titulo i.

Punto 5.4 la definicicion de la pf ser· la siguiente:

Pf potencia Maxima en perÌodos de punta y llano de temporada alta.

Para los abonados acogidos a alguno de los tipos de estacionalidad a o b, ser· la Maxima registrada por el maxÌmetro en perÌodos de punta y llano de temporada alta, y para el resto de los abonados ser· la potencia contratada en dichos perÌodos de punta y llano de temporada alta.En el casÛ de autoproductores, pf ser· la mas alta de las dos medias

AritmÈticas de las potencias m·ximas mensuales de punta y de llano de temporada alta, calculadas separadamente.

Punto 7.2.2 potencia basÈ de la Facturacion por maxÌmetro. El apartado b) quedar· redactado de la forma siguiente:

B) cu·ndo la potencia Maxima demandada registrada por el maxÌmetro en el perÌodo de Facturacion, fuere superior al 105 por 100 de la potencia contratada, la potencia basÈ de Facturacion en el perÌodo considerado, ser· igual al valor registrado por el maxÌmetro mas el doble de la diferencia entre el valor registrado por el maxÌmetro y el valor correspondiente al 105 por 100 de la potencia contratada.

Anexo i, Titulo ii.

Punto 2.3. EstÈ...

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