Orden de 2 de noviembre de 1989 por la que se modifica la moneda de una peseta.

MarginalBOE-A-1989-27834
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

La Ley 10/1975, de 12 de marzo, según la redacción dada por La Ley 21/1986, atribuye al ministro de economía y Hacienda la competencia para determinar las monedas que en cada momento compongan el Sistema metálico y sus correspondientes valores faciales. Asimismo le corresponde acordar la Emision y acuñacion de moneda Metalica y en particular, sus características y el importe Maximo de la misma que deberá admitirse entre particulares en concepto de medio de pago,

Este Ministerio, haciendo uso de estás Atribuciones, ha tenido a bien disponer:

Primero. Se acuerda la acuñacion y puesta en circulación de monedas de una peseta, con características diferentes a las actualmente en circulación.

Segundo. Estás nuevas monedas de una peseta tendrán las siguientes características:

Composición: Aleación de aluminio-Magnesio, con un contenido de magnesio del 3 al 4 por 100; manganeso, del 0,2 al 0,7 por 100, y aluminio, el resto; las impurezas no sobrepasarán en el 1,2 por 100.

Peso: 0,55 gramos, con una tolerancia en mas o menos del 5 por 100.

Forma: Circular con el Canto liso.

Diámetro:

14 milímetros.

Tercero. En el semicirculo Izquierdo del anverso se encuentra el rostro de s.M. Don Juan Carlos i. En el Derecho el número uno, cantidad liberatoria de la moneda, en cuyo interior, en vertical aparece la palabra peseta y en sentido circular, rodeando al dígito, el Texto Juan Carlos i España. En la zona cuadrante inferior Izquierdo del reverso se encuentra situado el escudo nacional de forma esquematizada. En la opuesta el año de acuñacion. A la derecha del escudo la marca de Ceca.

Cuarto. Las monedas se acuñaran por cuenta del estado en la Fabrica nacional de moneda y timbre.

Quinto. Las reglas para la administración de la Emision y relaciones documentales y contables que atañen a la Fabrica nacional de moneda y timbre, al Banco de España y a La Dirección general del tesoro y Politica Financiera, serán las vigentes...

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