REAL DECRETO 1231/2003, de 26 de septiembre, por el que se modifica la nomenclatura y el catálogo de las autopistas y autovías de la Red de Carreteras del Estado.

Fecha de Entrada en Vigor20 de Octubre de 2003
MarginalBOE-A-2003-18091
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyReal Decreto

El artÌculo 4.1 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, establece que son carreteras estatales las integradas en un itinerario de interÈs general o cuya funciÛn en el sistema de transporte afecte a m·s de una comunidad autÛnoma. Estas carreteras constituyen la Red de Carreteras del Estado, cuya relaciÛn viene recogida en esa ley como anexo, titulado Cat·logo de Carreteras de la Red de InterÈs General del Estado.

Por su parte, el artÌculo 4.2 de la ley establece que la Red de Carreteras del Estado podr· modificarse mediante real decreto, a propuesta del Ministro de Obras P˙blicas y Urbanismo (actual Ministro de Fomento), por cambio de titularidad de carreteras existentes, en virtud de acuerdo mutuo de las Administraciones p˙blicas interesadas, o por la construcciÛn por el Estado de nuevas carreteras integradas en un itinerario de interÈs general o cuya funciÛn en el sistema de transporte afecte a m·s de una comunidad autÛnoma.

Con motivo de la conclusiÛn del primer Plan de carreteras por el Real Decreto 1052/1995, de 23 de junio, se modifica la Red de Carreteras del Estado. La red quedÛ definida fÌsicamente a 31 de diciembre de 1994, en los tÈrminos resultantes del inventario que se incluyÛ como anexo del citado real decreto, pero no se modificÛ la denominaciÛn de los itinerarios, ni su origen o destino.

Asimismo, por el Real Decreto 1421/2002, de 27 de diciembre, se modifica la Red de Carreteras del Estado, incorpor·ndose las nuevas autopistas de peaje construidas.

La transformaciÛn que se est· llevando a cabo en la Red de Carreteras del Estado con la adecuaciÛn y creaciÛn de vÌas de gran capacidad tanto en lo relativo a conversiones en autovÌas de actuales carreteras, asÌ como autovÌas y autopistas de nueva creaciÛn, aconseja que se haga una revisiÛn con detenimiento de la nomenclatura y de la rotulaciÛn existente y que se prevea la denominaciÛn de los nuevos corredores, de tal forma que hagan compatible y entendible por el usuario todo el sistema viario.

En lo que se refiere a la Red de Carreteras del Estado, la necesidad de actuaciÛn se centra en las autopistas y autovÌas, ya que las carreteras convencionales tienen resuelta su denominaciÛn, en la actualidad y en cualquier situaciÛn de futuro, mediante la nomenclatura del Plan PeÒa que las identifica con la letra N seguida por un n˙mero de hasta tres cifras.

En la asignaciÛn de denominaciones aparecen b·sicamente dos ·mbitos a tener en cuenta, que son las zonas urbanas y los corredores interurbanos. En las primeras se dan distintas situaciones: tramos que acceden, penetran, conectan o circunvalan las zonas urbanas. En el segundo caso, se produce la siguiente casuÌstica: los corredores interurbanos en los que la antigua carretera ha pasado a ser de gran capacidad ; los corredores de gran capacidad cuyo itinerario utiliza los de varias carreteras ; los corredores donde coexisten dos vÌas de gran capacidad es decir autovÌa y autopista, y, finalmente, los corredores en los que coexisten y perduran dos vÌas de gran capacidad y la antigua carretera.

La nomenclatura de la carretera convencional, que los usuarios conocÌan e identificaban, ha sido en algunos casos cambiada al transformarse en autovÌa sus caracterÌsticas, pero esto no ha facilitado la informaciÛn y orientaciÛn del usuario.

Se trata de hacer m·s comprensible la Red de Carreteras del Estado para los conductores, aprovechando el conocimiento que el usuario ya tiene de ella, aplicando la vigente InstrucciÛn de SeÒalizaciÛn 8.1 IC y modificando la nomenclatura, de tal manera que, consiguiendo el objetivo anterior, suponga el mÌnimo coste de implantaciÛn. Por otro lado, la puesta en marcha del Plan de infraestructuras de transporte 2000-2007, con horizonte de ejecuciÛn 2010, hace necesario que los itinerarios de alta capacidad contemplados en Èl sean debidamente catalogados y denominados.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Fomento y previa deliberaciÛn del Consejo de Ministros en su reuniÛn del dÌa 26 de septiembre de 2003,

DISPONGO:

ArtÌculo ˙nico Nomenclatura y cat·logo.

Se modifica la nomenclatura y el cat·logo de la Red de Carreteras del Estado, en lo referente a las autopistas o autovÌas existentes, asÌ como las previstas en el Programa de vÌas de gran capacidad del capÌtulo de carreteras del Plan de infraestructuras de transporte 2000-2007, que quedan definidos en el anexo II y de acuerdo con los criterios establecidos en el anexo I.

DisposiciÛn adicional ˙nica. ImplantaciÛn.

El Ministerio de Fomento adoptar· las medidas necesarias para la progresiva implantaciÛn de la nueva nomenclatura de las autopistas y autovÌas de la Red de Carreteras del Estado, de forma que la nueva seÒalizaciÛn resultante de las instrucciones generales que en este real decreto se aprueban estÈ concluida antes de 31 de diciembre de 2005, sin perjuicio de la vigencia del Plan de infraestructuras de transporte cuya finalizaciÛn se prevÈ para diciembre de 2010.

DisposiciÛn final ˙nica. Facultad de desarrollo.
  1. Se faculta al Ministro de Fomento, sin perjuicio de las competencias del Ministro del Interior, para el desarrollo de este real decreto.

  2. El Ministro de Fomento podr· actualizar la denominaciÛn de las autopistas y autovÌas de la Red del Estado, conforme a los criterios establecidos en el anexo I. La designaciÛn o modificaciÛn de la denominaciÛn de una autopista o autovÌa podr· realizarse a propuesta motivada de otras Administraciones, entidades, asociaciones o particulares.

Dado en Madrid, a 26 de septiembre de 2003.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Fomento,

FRANCISCO ¡LVAREZ-CASCOS FERN¡NDEZ

ANEXO I Instrucciones generales sobre nomenclatura de las autopistas y autovÌas del Estado
  1. La nomenclatura de las autopistas y autovÌas comenzar· por la letra ´Aª sobre fondo azul, y podr· estar seguida de uno o dos dÌgitos, con las excepciones contempladas en el apartado 4. En los tramos de autopistas de peaje, la letra ´Aª ir· acompaÒada de una letra ´Pª (AP).

  2. Las autovÌas en los grandes ejes litorales en los que ya existe una nomenclatura consolidada para autopista y carretera convencional mantendr·n las existentes, adecuando aquellas que sean precisas para la coherencia del sistema.

  3. Los tramos urbanos y periurbanos se clasifican en las tipologÌas siguientes:

    1. Accesos o penetraciones: se utilizar· el cÛdigo de la provincia o ciudad seguido de un m·ximo de dos dÌgitos numÈricos y con fondo azul, para carreteras de doble calzada. Excepcionalmente, en las autopistas de peaje de acceso a Madrid se mantendr· la letra ´Rª.

    2. Circunvalaciones: se mantendr· el criterio actual, de acuerdo con la InstrucciÛn 8.1- IC, es decir, cÛdigo de la ciudad y dos dÌgitos, siendo el segundo el cero. Tipo M-30, SE-40, B-30.

  4. Se mantendr·n los tÌtulos de los actuales ejes (Mediterr·neo, Cant·brico, de la Plata, etc.), y los ya asumidos que fueron sugeridos por las comarcas o zonas que atraviesan (Camino de Santiago, Duero, etc.) 5. Las seÒales verticales cumplir·n la vigente InstrucciÛn de seÒalizaciÛn vertical, el Cat·logo de seÒales de circulaciÛn y marcas viales del Ministerio de Fomento y lo especificado en el Reglamento General de CirculaciÛn, en concreto lo relativo al artÌculo 165.

ANEXO II Nomenclatura y cat·logo de autopistas y autovÌas de la red del Estado

Carretera DenominaciÛn autopista o autovÌa Carretera estatal de referencia Itinerario de referencia 0/D
A-1. Norte. N-I. Madrid-Burgos. Variente de Miranda de Ebro.L.P. Alava-L.P. Alava (Condado de TreviÒo).
AP-1. A-1 Burgos-ArmiÒÛn.
A-11. Duero. N-122. Soria-Valladolid. Tordesillas-Frontera portuguesa.
A-12 Camino de Santiago. N-120. LogroÒo-Burgos.
A-13. LogroÒo-L.P. Navarra.
A-14 N-230. Lleida-Frontera Francesa (Vielha).
A-15. Navarra. N-111 y N-122. Medinaceli-Soria. Variante de ¡greda.
AP-15. N-122. Soria-¡greda. ¡greda-L.P. Navarra.
A-2. Nordeste. N-II. Madrid-Zaragoza. Fraga-Barcelona. Barcelona-Frontera Francesa.
AP-2. Zaragoza-Mediterr·neo. A-2 y N-II. Zaragoza-El Vendrell. Papiol-Molins.
A-21. N-240. Jaca-L.P. Navarra.
A-22. N-240. Lleida-Huesca.
A-23. MudÈjar. N-234 y N-330. Sagunto-Frontera francesa (Somport).
A-24. N-334. Daroca-Calatayud.
A-26. N-260. Figueres-Olot.
A-27. N-240. Tarragona-Montblanc.
A-3. Este. N-III. Madrid-Valencia.
A-30. Murcia. N-301. Albacete-Cartagena.
A-31. Alicante. A-31, N-301, N-430 y N-330. Atalaya-Alicante.
A-32. N-322. Linares-Albacete.
A-33. N-344 y N-430. Cieza-Fuente la Higuera.
A-35. N-430. Almansa-X·tiva.
AP-36. N-301. OcaÒa-La Roda.
AP-37. Alicante-Murcia.
A-4. Sur. N-IV. Madrid-Sevilla. Aeropuerto de Jerez-A-48 (C·diz).
AP-4. A-4. Sevilla-C·diz.
A-40. N-400, N-403 y N-420. Maqueda-Toledo-Cuenca-Teruel.
A-41. N-401. Ciudad Real-Puertollano.
AP-41. N-401. Madrid-Toledo-Ciudad Real. Puertollano-CÛrdoba.
A-42. Toledo. N-401. Madrid-Toledo.
A-43. Extremadura-Comunidad Valenciana. N-430, N-420 y N-310. MÈrida-Ciudad Real-Atalaya.
A-44. Sierra Nevada. N-323. BailÈn-Motril.
A-45. M·laga. N-331. CÛrdoba-M·laga.
AP-46. N-331. Alto de las Pedrizas-M·laga.
A-47. N-433. Sevilla-Frontera portuguesa (Rosal de la Frontera).
A-48. Costa de la Luz. N-340. A-4 (C·diz)-Algeciras.
A-49. V Centenario. A-49. Sevilla-Frontera portuguesa (Ayamonte).
A-5. Suroeste. N-V. Madrid-Frontera portuguesa (Badajoz).
A-50. N-501. ¡vila-Salamanca.
A-51. N-1 10. CircunvalaciÛn ¡vila.
AP-51. N-1 10. AP-6-¡vila.
A-52. RÌas Bajas. A-52. Benavente-Vigo.
AP-53. N-525. Santiago-Alto de Santo Domingo.
A-54. N-547. Lugo-Santiago.
A-55. N-550. Vigo-Tui.
A-56. N-540. GuntÌn (Lugo)-Ourense.
A-57. A CaÒiza-Pontevedra.
A-58. N-521. Trujillo-C·ceres.
A-6. Noroeste. N-VI. Madrid-Villalba. Adanero-A CoruÒa.
AP-6. A-6. Villalba-Adanero.
A-60. N-601. Valladolid-LeÛn.
AP-61. N-603. Segovia-AP-6.
A-62. Castilla. N-620. Burgos-Frontera portuguesa.
A-63. N-634. Oviedo-La Espina.
A-64. A-8. Villaviciosa-Oviedo.
A-65. N-610. Benavente-Palencia.
A-66. Ruta de la Plata. N-630. GijÛn-Campomanes. LeÛn-Sevilla.
AP-66. A-66. Campomanes-LeÛn.
A-67. Cantabria-Meseta. N-61 1 y A-67. Palencia-Santander.
A-68. N-232. El Burgo de Ebro-Zaragoza. Variante de Fuentes de Ebro. Zaragoza-Figueruelas.
AP-68. Vasco-Aragonesa. N-232. Bilbao-Zaragoza.
AP-69. Dos Mares. N-232. Haro-Pancorbo.
A-7. Mediterr·neo. A-7 y N-340. Barcelona-Algeciras.
AP-7. A-7 y A-37. Frontera francesa (La Jonquera)-Puzol. Silla-Alicante. Crevillente-Cartagena-Vera. M·laga-Guadiaro.
AP-71. N-120. LeÛn-Astorga.
A-70. CircunvalaciÛn de Alicante.
A-72. Monforte-Chantada.
A-73. N-627. Burgos-Aguilar de Campoo.
A-74. AlmadÈn-A-43.
A-77. Acceso Noroeste a Alicante.
A-78. N-340. Elche-Crevillente.
A-79. N-340. VÌa parque Elche-Alicante.
A-8. Cant·brico. A-8, N-634 y N-632. L.P. Vizcaya-Santander (ParbayÛn). Torrelavega (Zurita)-GijÛn-A-6 Baamonde.
AP-8. N-634. ParballÛn-Zurita.
A-80. Sella. N-634 y N-625. Ribadesella-Cangas de OnÌs.
AP-9. Atl·ntico. N-550 y N-651. A CoruÒa y Ferrol-Frontera portuguesa (Tui).
A-91. N-342. L.P. Granada (VÈlez Rubio)-Puerto Lumbreras.
AC-10. N-550/N-Vl. AC-11 (Alfonso Molina)-AC-12 (N-VIS.
AC-1 1. N-550 y N-557. Avda. Alfonso Molina de A CoruÒa.
AC-12. N-VI. San Pedro de Nos-Puerto de A CoruÒa.
AC-14. A-6-A CoruÒa.
Al-81. Acceso Este a AvilÈs.
AL-12. N-344. Acceso Este a AlmerÌa.
AL-14. Acceso al puerto de AlmerÌa.
R-1. N-I. Madrid-Santo TomÈ del Puerto.
R-2. N-II. Madrid-Guadalajara.
R-3. N-III. Madrid-Arganda.
R-4. N-IV. Madrid-OcaÒa.
R-5. N-V. Madrid-Navalcarnero.
B-10. B-10. Ronda Litoral de Barcelona.
B-20. B-20. Ronda Norte de Barcelona.
B-21. Segundo acceso al puerto de Barcelona.
B-22. Acceso al aeropuerto de Barcelona.
B-23. Acceso Barcelona centro.
B-24. N-340. Acceso a Barcelona desde Vallirana.
B-30. B-30. Calzadas laterales AP-7 en Barcelona.
B-40. AutovÌa Orbital de Barcelona.
BA-1 1. N-432. Acceso Sur a Badajoz.
BA-20. N-V. CircunvalaciÛn de Badajoz.
BU-1 1. N-620. Acceso Sur a Burgos.
BU-30. CircunvalaciÛn de Burgos.
CA-31. N-IV (a). Acceso Norte al Pto. de Santa MarÌa.
CA-32. N-IV (a). Acceso Sur al Pto. de Santa MarÌa.
CA-33. N-IV. Acceso a C·diz.
CA-34. N-341. Acceso a Gibraltar.
CC-1 1. N-630. Acceso Norte a C·ceres.
CC-21. N-521. Acceso Oeste a C·ceres.
CC-23. N-521. Acceso Este a C·ceres.
CO-31. N-432. Acceso Norte a CÛrdoba.
CO-32. Nuevo acceso al aeropuerto de CÛrdoba.
CS-22. N-225. Nueva carretera acceso al puerto de CastellÛn.
CT-31. Acceso Oeste a Cartagena.
CT-32. Acceso Este a Cartagena.
CT-33. Acceso a la d·rsena de Cartagena.
CT-34. Acceso a la d·rsena de Escombreras.
CU-1 1. Acceso Oeste a Cuenca.
EL-20. CircunvalaciÛn de Elche.
FE-1 1. La Trinchera-El Ponto.
FE-12. Freixeiro-Rio do Pozo.
FE-13. MontÛn-Catabois.
FE-14. Fene-Puerto.
GJ-10. Ronda interior de GijÛn.
GJ-20. Ronda Oeste. Acceso al puerto de GijÛn.
GJ-81. Acceso Sur a GijÛn.
GR-12. Acceso al aeropuerto de Granada.
GR-14. N-323. Acceso Oeste al puerto de Motril.
GR-16. Acceso Este al puerto de Motril.
GR-30. CircunvalaciÛn de Granada.
GR-43. N-432. Acceso a Granada desde la N-432.
H-30. N-431 y N-441. CircunvalaciÛn de Huelva.
H-31. N-431. Acceso a Huelva desde la A-49.
J-12. N-323 (a). Acceso Norte a JaÈn.
J-14. N-323 (a). Acceso Este a JaÈn.
LL-1 1. Acceso Este a Lleida.
LL-12. Acceso Sur a Lleida.
LE-12. N-601. ConexiÛn LE-20 y LE-30.
LE-20. CircunvalaciÛn de LeÛn.
LE-30. CircunvalaciÛn de LeÛn.
LO-20. N-232. CircunvalaciÛn Sur de LogroÒo.
LU-1 1. N-VI. Nadela-Tolda de Castilla.
M-11. A-10. Acceso al aeropuerto de Madrid desde la M-30.
M-12. Eje aeropuerto de Madrid (M-40 a A-1).
M-13. Eje Este-Oeste (aeropuerto de Madrid).
M-14. Acceso al aeropuerto de Madrid desde la A-2.
M-21. Variante de la A-2. ConexiÛn M-40 y M-50.
M-22. N-100. ConexiÛn A-2-M-21.
M-23. ConexiÛn M-30 y M-40 con la R-3.
M-30. M-30 CircunvalaciÛn de Madrid.
M-31. Eje Sureste. ConexiÛn M-40 y M-50.
M-40. M-40. CircunvalaciÛn de Madrid.
M-50. M-50. CircunvalaciÛn de Madrid.
M-60. CircunvalaciÛn de Madrid.
MA-20. MA-20. CircunvalaciÛn de M·laga.
MA-21. N-340 (a). Torremolinos (M·laga).
MA-22. N-354. Acceso al puerto de M·laga.
MA-23. N-348. Acceso Sur al aeropuerto de M·laga.
MA-24. N-340 (a). Acceso Este (La AraÒa) a M·laga.
ME-1 1. N-630. Acceso Norte a MÈrida.
MU-30. MU-30. CircunvalaciÛn de Murcia.
MU-31. Acceso Suroeste a Murcia.
0-1 1. Acceso Sur a Oviedo.
0-12. Acceso Suroeste a Oviedo.
0-13. Acceso Oeste a Oviedo.
OU-1 1. Acceso Centro a Ourense.
P-1 1. N-61 1. Acceso Sur a Palencia.
PO-10. CircunvalaciÛn de Pontevedra.
PO-1 1. N-563 y N-558. Acceso al puerto de MarÌn.
PO-12. N-558. Acceso Oeste a Pontevedra.
PU-1 1. Acceso Norte a Puertollano.
S-10. N-635. Acceso Este a Santander.
S-20. S-20. Acceso Oeste a Santander.
S-30. Ronda de la BahÌa de Santander.
SA-1 1. N-630. Acceso Norte a Salamanca.
SA-20. N-501. Ronda Sur de Salamanca.
SC-1 1. N-525. Acceso A-9-Corves.
SC-12. N-525 (a). ConexiÛn CastiÒeiriÒo-Cornes.
SC-20. CircunvalaciÛn de Santiago de Compostela.
SE-20. CircunvalaciÛn de Sevilla.
SE-30. SE-30. CircunvalaciÛn de Sevilla.
SE-40. CircunvalaciÛn de Sevilla.
SG-20. SG-20. CircunvalaciÛn de Segovia.
SO-20. CircunvalaciÛn de Soria.
T-1 1. N-420. Reus-Tarragona.
TO-20. CircunvalaciÛn de Toledo.
TO-21. Acceso Oeste a Toledo.
TO-22. Acceso Oeste desde la A-41.
TO-23. Acceso Este a Toledo.
V-1 1. Acceso al aeropuerto de Valencia.
V-21. N-221. Puzol-Valencia.
V-23. Acceso al puerto de Sagunto.
V-30. N-335. CircunvalaciÛn de Valencia.
V-31. Acceso Sur a Valencia.
VA-1 1. N-122. Acceso Este a Valladolid.
VA-12. N-601. Acceso Sur a Valladolid.
VA-20. CircunvalaciÛn de Valladolid.
VA-30. CircunvalaciÛn de Valladolid.
VG-20. Segundo cinturÛn de Vigo.
Z-32. ConexiÛn N-232 y A-68.
Z-40. CircunvalaciÛn de Zaragoza.
ZA-1 1. N-630. Acceso Norte a Zamora.
ZA-12. N-122. Acceso Este a Zamora.
ZA-13. N-630. Acceso Sur a Zamora.
ZA-20. CircunvalaciÛn de Zamora.

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