Orden ARM/3196/2009, de 26 de noviembre, por la que se modifican los anexos II a V del Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la comunidad europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros.
Marginal | BOE-A-2009-18975 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino |
Rango de Ley | Orden |
El Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros, incorporó al ordenamiento jurídico interno la Directiva 2000/29/CE, del Consejo, de 8 de mayo de 2000, relativa a las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de la Comunidad.
La Directiva 2009/118/CE, de la Comisión, de 9 de septiembre de 2009, por la que se modifican los anexos II a V de la Directiva 2000/29/CE del Consejo, relativa a las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de la Comunidad, ha establecido una modificación en el régimen fitosanitario aplicable a la entrada y circulación de determinados vegetales y productos vegetales en la Comunidad, procediendo, por tanto, su incorporación a nuestro ordenamiento a través de la correspondiente modificación de los anexos II a V del Real Decreto 58/2005, de 21 de enero.
Asimismo, y habiendo sido efectuada una corrección de errores de la Directiva 2008/109/CE de la Comisión, de 28 de noviembre de 2008, por la que se modifica el anexo IV de la Directiva 2000/29/CE del Consejo («Diario oficial de la Unión Europea» L 129, de 28 de mayo de 2009), se procede a modificar el Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, para incorporar el contenido de dicha corrección.
Esta orden se dicta al amparo de la habilitación establecida en la disposición final segunda del citado real decreto, por la que se faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, actual Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino para adaptar los anexos del mismo a las modificaciones que sean introducidas en ellos mediante disposiciones comunitarias.
En la elaboración de la presente disposición han sido consultadas...
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