ORDEN ECD/2314/2003, de 1 agosto, por la que se abre un nuevo plazo para la realización del Curso de Nivelación de conocimientos a efectos de la convalidación académica del Título de Ayudante Técnico Sanitario por el de Diplomado en Enfermería.

MarginalBOE-A-2003-16245
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

ORDEN ECD/2314/2003, de 1 agosto, por la que se abre un nuevo plazo para la realización del Curso de Nivelación de conocimientos a efectos de la convalidación académica del Título de Ayudante Técnico Sanitario por el de Diplomado en Enfermería.

El Real Decreto 111/1980, de 11 de Enero, sobre homologación del título de ATS con el de Diplomado de Enfermería, en su artículo tercero, estableció que los títulos de Ayudante Técnico Sanitario (ATS) quedaban homologados al de Diplomado en Enfermería con los mismos derechos profesionales, corporativos y nominativos. Asimismo, en este Real Decreto se estableció la necesaria superación de un curso de nivelación de conocimientos para la convalidación académica del título de ATS por el de Diplomado en Enfermería.

La Orden de 15 de Julio de 1980 (Boletín Oficial del Estado del 23) estableció las normas que permitieron la convalidación académica de los citados títulos y fijó las directrices y áreas a las que debería ajustarse la elaboración de los contenidos de dicho curso de nivelación. Así, en el plazo de cinco años, posteriormente prorrogado hasta finales de 1989, los ATS que lo solicitaron, pudieron convalidar su título por el de Diplomado en Enfermería siempre y cuando superaran las materias comprendidas en un programa especial que, con carácter de curso de nivelación, comprendía el estudio de diversas áreas de conocimiento.

Gracias al mencionado curso de nivelación de conocimientos un gran número de titulados ATS tuvieron la oportunidad de convalidar su título por el de Diplomado en Enfermería. Pero un grupo considerable de estos titulados, por razones diversas, no realizaron el repetido curso de nivelación, situación que ahora les impide acceder a las especialidades de enfermería, reguladas por Real Decreto 992/1987, de 3 de julio, y puestas en práctica con posterioridad a la finalización del período de celabración de los cursos de nivelación mencionados. Esta situación hace que sea conveniente abrir, por una sola vez, un nuevo proceso de convalidación de los títulos de ATS por el de Diplomado en Enfermería, permitiendo la realización de los cursos de nivelación de conocimientos, por un nuevo y último período de cinco años. = Estos cursos de nivelación se realizarán teniendo en cuenta el Plan de Estudios de la Diplomatura en Enfermería, el desarrollo de los enfoques actuales de la profesión de Enfermería tanto en nuestro país como en los de nuestro entorno, y la...

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