Resolución de 24 de octubre de 2006, de la Mutualidad General Judicial, por la que se publica la circular reguladora de la prestación social de ayuda para gastos de sepelio.

Fecha de Entrada en Vigor15 de Noviembre de 2006
MarginalBOE-A-2006-19795
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

El régimen de prestaciones de la Mutualidad General Judicial queda regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2000 por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen Especial de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia (B.O.E. 28 de junio de 2000) y el Reglamento del Organismo aprobado por el Real Decreto 3283/1978 y las disposiciones legales aplicables. Asimismo las condiciones reguladoras del régimen de prestaciones se completan a través de circulares que vienen a desarrollar las anteriores normas legales y a reflejar los acuerdos adoptados por la Asamblea General del Organismo en el ejercicio de la competencia que le confiere el art. 6 e) del Reglamento del Organismo (R.D. 3283/1978).

Resulta en consecuencia, imprescindible la publicación de aquellas circulares que atañen al régimen de concesión de prestaciones y que no han sido publicadas anteriormente, para general conocimiento de los beneficiarios del Régimen Especial de Seguridad Social gestionado por la Mutualidad General Judicial.

Por todo lo expuesto anteriormente, esta Presidencia resuelve la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Circular n.º 79.

Madrid, 24 de octubre de 2006.-El Presidente de la Mutualidad General Judicial, Benigno Varela Autrán.

ANEXO

  1. Justificación

    Las prestaciones sociales previstas en el artículo 10.1,e) del Real Decreto Ley 16/1978 (actualmente recogidas en el artículo 12.1, e) del Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2000), por el que se regula el Régimen Especial de Seguridad Social de los funcionarios de la Administración de Justicia, e implantados por el Real Decreto 4097/1982, habían sido anteriormente establecidos en el ámbito del mutualismo administrativo con la denominación de «prestaciones de asistencia social», siendo su finalidad la de dispensar servicios y auxilios económicos en atención a estados de necesidad de los mutualistas y de sus beneficiarios.

    El citado Real Decreto no concreta dichas prestaciones en ninguna figura específica, encomendando dicha tarea a la Asamblea General, a propuesta de la Junta de Gobierno.

    La Asamblea General, conforme a las previsiones de la norma citada, en su reunión de 27 de mayo de 1983, a propuesta de la Junta de Gobierno, acordó establecer la Prestación Social de Ayuda para Gastos de Sepelio, regulada inicialmente mediante la Circular n.º 18 de 29/06/1983, derogada y sustituida por la Circular n.º...

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