Orden IGD/2344/2010, de 1 de septiembre, por la que se convoca a las organizaciones y asociaciones de mujeres que integran el censo electoral definitivo al procedimiento de elección de las vocalías del Consejo de Participación de la Mujer.
Marginal | BOE-A-2010-13838 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Igualdad |
Rango de Ley | Orden |
El Real Decreto 1791/2009, de 20 de noviembre, por el que se regula el régimen de funcionamiento, competencias y composición del Consejo de Participación de la Mujer prevé en su artículo 9.1 que el procedimiento de elección de las vocalías correspondientes a las organizaciones y asociaciones de mujeres, será convocado al efecto por la Ministra de Igualdad, dirigido a las organizaciones y asociaciones de mujeres que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4.3, las cuales podrán presentar las correspondientes candidaturas.
A tal efecto, se dictó la Orden IGD/427/2010, de 22 de febrero, por la que se inicia el procedimiento de elección de las vocalías que, en representación de las asociaciones y organizaciones de mujeres, integran el Consejo de Participación de la Mujer, mediante la configuración del correspondiente censo electoral, que fue publicada el 27 de febrero.
Siguiendo el procedimiento establecido en la citada Orden, y a la vista de las solicitudes y la documentación presentada por las distintas organizaciones y asociaciones de mujeres, el pasado 12 de junio se publicó en el BOE la Orden IGD/1538/2010, de 28 de mayo, por la que se establece el censo electoral definitivo de organizaciones y asociaciones de mujeres que pueden concurrir al citado procedimiento de elección.
En consecuencia, procede ahora convocar a las organizaciones y asociaciones de mujeres que integran el censo electoral definitivo para proceder a la elección de aquellas 20 que, incluidas en el mismo, resulten elegidas, por las propias organizaciones y asociaciones que lo integran, para ejercer las 20 vocalías en representación de las asociaciones y organizaciones de mujeres que prevé el Real Decreto 1791/2009, de 20 de noviembre.
En su virtud, dispongo:
Se convoca a las organizaciones y asociaciones de mujeres que integran el censo electoral definitivo, relacionadas en el apartado primero de la Orden IGD/1538/2010, de 28 de mayo, a participar, como electoras y elegibles, en el procedimiento de elección de las 20 vocalías que, en representación de las propias organizaciones y asociaciones de mujeres integran el Consejo de Participación de la Mujer.
La elección de estas 20 vocalías se realizará, mediante votación por y entre las organizaciones y asociaciones de mujeres que integran el censo electoral definitivo, con arreglo a las bases que establece la presente Orden.
Al objeto de reflejar la pluralidad del movimiento asociativo de mujeres, garantizando la representatividad de las organizaciones profesionales y empresariales, rurales, y de colectivos con especiales dificultades, en los términos previstos en el artículo 4.4 del Real Decreto 1791/2009, de 20 de noviembre, por el que se regula el régimen de funcionamiento, competencias y composición del Consejo de Participación de la Mujer, en la...
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