Orden ECI/765/2008, de 3 de marzo, por la que se convoca el programa de ayudas para la movilidad de estudiantes universitarios Séneca para el curso académi-co 2008-2009.

MarginalBOE-A-2008-5434
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

Con el objeto de apoyar la iniciativa SICUE (Sistema de Intercambio entre Centros Universitarios de España), el Ministerio de Educación y Ciencia puso en marcha el programa de becas «Séneca», consistente en facilitar ayudas económicas a los estudiantes universitarios para cubrir los gastos de desplazamiento y estancia durante el periodo de estudios en otra universidad, aplicando la experiencia derivada de la aplicación del Sistema Europeo de Transferencia de Créditos (ECTS) como instrumento de referencia que, sin hacer necesario el procedimiento de convalidación habitual, incluye el reconocimiento académico al estudiante desplazado de los créditos cursados y aprobados en universidad distinta a aquella en la que sigue su carrera.

La convocatoria de becas «Séneca» ha demostrado a lo largo de los años de vigencia su utilidad para impulsar la movilidad y eliminar trabas que pueden dificultarla, alcanzando un reconocimiento general tanto como política deseable en la formación universitaria como un medio de incrementar la calidad y diversidad de las enseñanzas recibidas. El beneficio que aporta la movilidad alcanza lo mismo a los estudiantes que a los centros de Educación Superior y constituye al tiempo un factor de integración y cohesión del sistema universitario español.

Las presentes bases reguladoras y convocatoria introducen por primera vez un modelo de gestión similar al que ya se ha puesto en práctica en otras convocatorias de posgrado, al actuar las Universidades receptoras de estudiantes como entidades colaboradoras de conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de forma que son las Universidades quienes percibirán los importes de las ayudas de los beneficiarios y realizarán el pago a los mismos.

Por todo ello, y a fin de incentivar la movilidad del alumnado entre las distintas Universidades españolas, este Ministerio ha acordado:

  1. Publicar la convocatoria de ayudas para la movilidad de estudiantes universitarios «Séneca» para el curso académico 2008-2009, que tiene como objetivos incrementar la diversidad y amplitud de la oferta educativa en la educación superior, con la consiguiente repercusión en la mejora de la formación de los estudiantes, potenciar las facilidades para que una parte de los estudios universitarios puedan seguirse en Universidades distintas a aquella en la que el estudiante se halle matriculado, con reconocimiento inmediato en su expediente académico de los créditos cursados, y fomentar la movilidad de los estudiantes, consolidando operativamente un sistema universitario español más permeable y comunicativo.

  2. Esta convocatoria se regirá por las normas específicas contenidas en esta Orden y en sus correspondientes bases recogidas en el anexo, así como por lo dispuesto en:

    La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en su versión dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero («Boletín Oficial del Estado» de 14 de enero).

    La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones («Boletín Oficial del Estado» del día 18).

    La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria («Boletín Oficial del Estado» de 27 de noviembre).

    El Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas («Boletín Oficial del Estado» de 30 de diciembre»), en cuanto no se oponga a la Ley 38/2003.

    La Orden de ECI/1305/2005, de 20 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 12 de mayo) de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.

    El Real Decreto 1553/2004, de 24 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Ciencia («Boletín Oficial del Estado» de 26 de junio).

    La Orden ECI/87/2005, de 14 de enero («Boletín Oficial del Estado» de 28 de enero), de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia.

    Las demás normas vigentes que sean de aplicación.

  3. La financiación del programa será con cargo a las aplicaciones presupuestarias y cuantías siguientes: 18.07.323M.480 y 18.07.322C.446 de los Presupuestos Generales del Estado, previéndose un gasto máximo de 3.442.000,00 euros en 2008 y de 6.336.600,00 euros en 2009, en becas a estudiantes, y de 258.125,00 euros en 2008 y 5.625,00 euros en 2009 en subvenciones a las Universidades por su participación en el programa.

  4. La instrucción del procedimiento, que se iniciará el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, corresponderá a la Subdirección General de Formación y Movilidad en Posgrado y Posdoctorado.

  5. La concesión de las becas y subvenciones se efectuará por resolución del Secretario de Estado de Universidades e Investigación y será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

  6. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación.

  7. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

    Madrid, 3 de marzo de 2008.-La Ministra de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.

    ANEXO

    Bases de la convocatoria

  8. Número de becas

    Se convoca un máximo de 2.110 becas.

  9. Requisitos para la participación en el programa

    2.1 Podrán acogerse a este programa los estudiantes matriculados en Universidades públicas...

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