Decreto 498/2004, de 28 de septiembre, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de monumento, la ermita de Nuestra Señora de los Remedios, en Cártama.

MarginalBOE-A-2004-20324
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autonóma de Andalucia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 498/2004, de 28 de septiembre, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de monumento, la ermita de Nuestra Señora de los Remedios, en Cártama.

  1. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 12.3, refiriéndose a los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, establece entre ellos el de afianzar la conciencia de identidad andaluza, a través de la investigación, difusión y conocimiento de los valores históricos, culturales y lingüísticos del pueblo andaluz en toda su riqueza y variedad, atribuyendo a la misma, en el artículo 13.27, la competencia exclusiva en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico. En este sentido, el artículo 6 a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como organismos competentes para la ejecución de dicha Ley los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico.

    Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, el titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración de Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha declaración.

  2. La Ermita de Nuestra Señora de los Remedios, en Cártama, es un excelente ejemplo de imbricación social y religiosa que arranca en los momentos posteriores ala conquista cristiana (1485), en que se sitúan los legendarios hechos del hallazgo de la Virgen en el lugar, que se consolida definitivamente cuando surge la advocación a Nuestra Señora de los Remedios, con motivo de la epidemia de 1579, y que llega hasta la actualidad en que la devoción permanece viva y con gran repercusión en la comarca, como ponen en evidencia la romería y el flujo de feligreses en cualquier época del año.

    El emplazamiento de la Ermita, en la cumbre de una colina denominada Monte de la Virgen, la convierte en referencia cultural del paisaje y en su interior, particularmente en la torre-camarín, hallamos una sobresaliente muestra del barroco andaluz que se ha relacionado con ejemplares de la categoría de los camarines de Nuestra Señora de la Victoria de Málaga y de la Virgen de los Remedios de Antequera.

  3. La Dirección General de Bellas Artes de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, por Resolución de 14 de octubre de 1985 (BOJA número 104, de 5 de noviembre de 1985 y corrección de errores en BOJA número 125, de 31 de diciembre de 1985; BOE número 47, de 24 de febrero de 1987), incoó expediente de declaración de Monumento, como bien de interés cultural, a favor de la Ermita de Nuestra Señora de los Remedios, en Cártama (Málaga), siguiendo la tramitación establecida en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

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