Resolución de 3 de octubre de 2007, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se modifican Becas «MAEC-AECI», para ciudadanos extranjeros, para el año académico 2007/2008, para el programa III-B.

MarginalBOE-A-2007-18692
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion
Rango de LeyResolución

En el Boletín Oficial del Estado n.º 279, de 22 de noviembre de 2006, se publicó la Resolución de 17 de noviembre de 2006, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se convocan los Programas de Becas MAEC-AECI (Becas del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para ciudadanos extranjeros y españoles para 2007/2008).

Mediante Resolución de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional de fecha 6 de julio de 2007, se concedieron becas de la convocatoria general de los programas de becas «MAEC-AECI», para ciudadanos extranjeros y españoles, para el verano 2007 y curso académico 2007/08. Habiéndose producido circunstancias que aconsejan determinadas modificaciones, a propuesta de la Comisión de Evaluación reunida al efecto,

Esta Presidencia de la AECI ha resuelto:

Primero.-Modificar con cargo al concepto presupuestario 143 A 486.02 las fechas y el país de destino de la beca del Programa III-B «Becas para españoles para estudios de postgrado, doctorado e investigación en Universidades y Centros Superiores extranjeros de Reconocido Prestigio (Programa denominado MUTIS, para estudios en Iberoamérica) y para Prácticas en Organismos Internacionales» concedida al beneficiario don Guillermo Peguero Gutiérrez, de España, para realizar estudios en Nicaragua y por el período: 01-11-2007 /15-10-2008, para hacerlas coincidir con sus estudios. (País destino anterior: México. Fechas anteriores: 01-10-2007/30-09/2008.)

La dotación económica de esta beca, de acuerdo con las bases de la citada convocatoria, consiste en:

Dotación mensual: 1.200,00 euros.

Ayuda de matrícula por importe de hasta 2.000,00 euros.

Seguro médico, no farmacéutico, durante el periodo de vigencia de la beca, por un importe individual mensual de 24,00 euros.

Ayuda de viaje de pasaje aéreo ida/vuelta, según el país destino del beneficiario.

Esta modificación no supone incremento económico en el expediente de gasto aprobado con anterioridad.

Segundo.-Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del Estado de las modificaciones reconocidas en esta Resolución en los términos previstos por la citada Orden Ministerial de...

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