Real Decreto 644/1986, de 4 de abril, por el que se modifica la Disposicion transitoria catorce del Real decreto 2637/1982.

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Abril de 1986
MarginalBOE-A-1986-8478
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyReal Decreto

La experiencia adquirida desde la entrada en vigor del Real Decreto 1780/1984, por el que se modifico la disposicion transitoria catorce del Real Decreto 2637/1982, de 15 de octubre, aconseja ampliar la delegacion que se hizo en la primera de las disposiciones citadas en el Jefe del Estado Mayor del Ejercito, facultandole durante el periodo transitorio previsto en la ultima de las disposiciones antes citadas para variar, no solo la fecha de realizacion de los cursos de aptitud para mandos superiores, sino tambien la fecha de realizacion de las clasificaciones basicas y atenuadas. En su virtud, a propuesta del Ministro de Defensa, con la aprobacion de la Presidencia del Gobierno, de acuerdo con El Consejo de Estado y previa deliberacion del Consejo de Ministros en su reunion del dia 4 de abril de dispongo: Articulo Unico. La disposicion transitoria catorce del Real Decreto 2637/1982, queda redactada de la siguiente forma:

A efectos lectivos se considera incluido en el segundo semestre de cada aÒo el mes de enero del aÒo siguiente.

No obstante lo dispuesto en el parrafo primero de esta disposicion, se faculta al Jefe del Estado Mayor del Ejercito para que, dentro del periodo de transitoriedad a que se refiere la disposicion transitoria primera de este Real Decreto, pueda variar las fechas de realizacion de las clasificaciones basicas o atenuadas previstas en los anexos I al XVI, y de los cursos de aptitud para mandos superiores de la escala activa de las armas y cuerpos previstas en los anexos I al IX, cuando las circunstancias de adaptacion de las mismas a las necesidades del Ejercito asi lo aconsejen.

La facultad de cambio de fechas para la realizacion de las clasificaciones a las que se refiere el parrafo anterior, se extiende tambien a las que figuran en las disposiciones transitorias cuarta, quinta, sexta, septima y octava de este Real Decreto.>disposicion final el presente Real Decreto entrara en vigor el dia siguiente al de su publicacion Oficial en el .

Dado en Madrid a 4 de abril de 1986.

Juan Carlos R.

El Ministro de Defensa,narciso Serra Serra

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