Orden ECI/1898/2006, de 5 de junio, por la que se modifica la Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia.
Fecha de Entrada en Vigor | 15 de Junio de 2006 |
Marginal | BOE-A-2006-10726 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Educacion y Ciencia |
Rango de Ley | Orden |
Orden ECI/1898/2006, de 5 de junio, por la que se modifica la Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia.
El surgimiento de nuevas necesidades en la gestión presupuestaria y de contratación del departamento, aconsejan modificar la Orden ECI/87/2005, de 14 de enero de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia con el fin de mejorar la prestación del servicio.
La presente Orden se aprueba de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 13 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de acuerdo, con lo previsto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y en el artículo 20 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
En su virtud dispongo:
Primero. Modificación de la Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia.-La Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia queda modificada como sigue:
Uno. El número 11 del apartado primero queda redactado del siguiente modo:
11. Se delegan en los Consejeros de Educación en el exterior, en los Directores de Programa en el exterior y en el Director del Centro Cultural Educativo «Reyes Católicos» de Bogotá, las competencias de autorización y compromiso de gastos, el reconocimiento de las obligaciones y la propuesta de ordenación de pagos relativos a los créditos a ellos asignados dentro de los servicios presupuestarios de la Subsecretaría y de la Secretaría General Técnica. Asimismo se delegan en los Consejeros de Educación en el exterior, en los Directores de Programa en el exterior y en el Director del Centro Cultural Educativo «Reyes Católicos» de Bogotá las competencias de autorización y compromiso de gastos, el reconocimiento de las obligaciones y la propuesta de ordenación de pagos relativos a los créditos que deban gestionar para gastos de becas y ayudas a estudiantes, seguridad social y cursos de formación del profesorado, hasta el límite de 12.020,24 euros.»
Dos. El número 3 del apartado tercero queda redactado del siguiente modo:
3. Se delegan en el Subsecretario y en el Secretario General de Educación, las competencias de celebración de...
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