Orden ECD/7/2013, de 9 de enero, por la que se modifica la Orden ECI/2211/2007, de 12 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la Educación Primaria, y la Orden ECI/2220/2007, de 12 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria.

Fecha de Entrada en Vigor17 de Enero de 2013
MarginalBOE-A-2013-435
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en su artículo 6.4 que las administraciones educativas establecerán el currículo de las distintas enseñanzas reguladas en la Ley, del que formarán parte los aspectos básicos del currículo que constituyen las enseñanzas mínimas.

Fijadas por el Gobierno las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria en el Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, así como las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria en el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, el Ministerio de Educación y Ciencia estableció el currículo de la Educación Primaria en la Orden ECI/2211/2007, de 12 de julio, y de la Educación Secundaria Obligatoria en la Orden ECI/2220/2007, de 12 de julio.

El Real Decreto 1190/2012, de 3 de agosto, por el que se modifican el Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, y el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria, establece una nueva redacción para el área de «Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos» en la Educación Primaria, así como para la materia de «Educación para la ciudadanía» en la Educación Secundaria Obligatoria (correspondiente a las materias de «Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos» de uno de los tres primeros cursos y « Educación Ético-Cívica» de cuarto curso).

Por todo ello, resulta necesario proceder a la modificación de la Orden ECI/2211/2007, de 12 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la Educación Primaria y de la Orden ECI/2220/2007, de 12 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación del la Educación Secundaria Obligatoria.

En el proceso de elaboración de esta norma ha emitido informe el Consejo Escolar del Estado.

La disposición final primera del Real Decreto 1190/2012, de 3 de agosto, faculta al titular del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones requiera la aplicación de lo dispuesto en el citado real decreto.

En virtud de lo expuesto, dispongo:

Artículo primero Objeto y ámbito de aplicación.
  1. El objeto de la presente orden es la modificación de la Orden ECI/2211/2007, de 12 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la Educación Primaria y de la Orden ECI/2220/2007, de 12 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria.

  2. Lo establecido en esta orden será de aplicación en los centros docentes públicos y privados correspondientes al ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Artículo segundo Modificación de la Orden ECI/2211/2007, de 12 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la Educación Primaria.

El Anexo II, Áreas de Educación Primaria, apartado «Educación para la ciudadanía y los derechos humanos», de la Orden ECI/2211/2007, de 12 de julio, queda redactado de la siguiente manera:

EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA Y LOS DERECHOS HUMANOS

Según las recomendaciones de los organismos internacionales como las Naciones Unidas y el Consejo de Europa (Recomendación (2002)12 del Comité de Ministros del Consejo de Europa), así como de la propia Unión Europea, la incorporación de esta área como materia independiente en el currículo atiende a la necesidad de fomentar la ciudadanía responsable en una sociedad democrática como vía para lograr la cohesión social y una identidad europea común.

En el último ciclo de la Educación Primaria, momento en el que se introduce el área, los niños están en condiciones de iniciarse en la participación democrática activa en el centro docente y en su comunidad y de abordar el estudio explícito de la Constitución Española y de los Derechos Humanos y su carácter universal. A esta edad también son capaces de reflexionar sobre su pertenencia a una nación, a una región, a un municipio y a un barrio, al tiempo que forman parte de una sociedad global. Los planteamientos metodológicos deben, por tanto, promover el afán de saber, el conocimiento de las normas jurídicas y de los reglamentos de convivencia de los centros escolares, el buen funcionamiento de las instituciones políticas constitucionales, la necesidad de la ética en la dirección de los asuntos públicos y el espíritu de autosuperación y de mejora de la sociedad.

Los contenidos se organizan en tres bloques: el bloque 1, El Individuo y las relaciones interpersonales y sociales, trata de la libertad de las personas, su autonomía, la asunción de responsabilidades, identidad y condición moral, así como de los hábitos personales y sociales relacionados con la alimentación saludable y el fomento de la actividad física. Todo ello basado en el reconocimiento de la singularidad de todo ser humano y de los distintos caracteres y maneras de ser, así como la dignidad de todas las personas y de manera particular de aquellas con discapacidad.

El bloque 2, La vida en comunidad, trata de la convivencia, de los valores cívicos en que se fundamenta la sociedad democrática (respeto, tolerancia, solidaridad, justicia, igualdad, ayuda mutua, cooperación). Se pretende también que el alumno comprenda el valor de la vida humana, la especificidad social y moral del ser humano que impide su tratamiento como un mero objeto.

Finalmente, el bloque 3, Vivir en sociedad, propone el conocimiento de las normas y principios de convivencia establecidos por la Constitución, una información sobre los servicios públicos y bienes comunes, así como las obligaciones de las administraciones públicas y de los ciudadanos en su mantenimiento. Algunos de los servicios públicos y de los bienes comunes reciben un tratamiento específico adecuado a la edad de este alumnado, es el caso de los servicios educativos y sanitarios, la protección civil, la seguridad, la defensa y la educación vial.

Contribución del área al desarrollo de las competencias básicas

La Educación para la Ciudadanía contribuye a desarrollar algunos aspectos destacados de varias competencias, pero se relaciona directamente con la competencia social y ciudadana. En relación con esta competencia, el área afronta el ámbito personal y público implícito en ella: propicia la adquisición de habilidades para vivir en sociedad y para ejercer la ciudadanía democrática. Así, el área pretende el desarrollo de niños como personas dignas e íntegras, lo que exige reforzar la autonomía, la autoestima, el afán de superación, y favorecer el espíritu crítico para ayudar a la construcción de proyectos personales de vida. También se contribuye a la competencia y a mejorar las relaciones interpersonales en la medida que el área propone la utilización sistemática del diálogo. Para ello, el área incluye contenidos específicos relativos a la convivencia, la participación, al conocimiento de la diversidad y de las situaciones de discriminación e injusticia, que deben permitir consolidar las habilidades sociales y los hábitos cívicos necesarios para una sociedad democrática.

Asimismo, el área contribuye a la adquisición del conocimiento de los fundamentos y los modos de organización de las sociedades democráticas, a la valoración de la conquista de los derechos humanos y al rechazo de los conflictos entre los grupos humanos y ante las situaciones de injusticia. Son contenidos específicos del área los principios contenidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención de los Derechos del Niño y la Constitución Española, así como su aplicación por parte de diversas instituciones.

La identificación de los deberes ciudadanos y la asunción y ejercicio de hábitos cívicos adecuados a su edad en el entorno escolar y social permitirá que los futuros ciudadanos se inicien en la construcción de sociedades más cohesionadas, libres, prósperas, equitativas y justas.

Al desarrollo de la competencia para aprender a aprender se contribuye en la medida en que el área propone el estímulo de las habilidades sociales, el impulso del trabajo en equipo, la participación y el uso sistemático de la argumentación, que requiere el desarrollo de un pensamiento propio. La síntesis de las ideas propias y ajenas, la presentación razonada del propio criterio y la confrontación ordenada y crítica de conocimiento, información y opinión, favorecen también los aprendizajes posteriores.

Desde el área se favorece la competencia de autonomía e iniciativa personal, en la medida en que se desarrollan iniciativas de planificación, toma de decisiones, participación, organización y asunción de responsabilidades. El área entrena en el diálogo y el debate, en la participación, en la aproximación respetuosa a las diferencias sociales, culturales y económicas y en la valoración crítica de estas diferencias así como de las ideas. El currículo atiende, desde la argumentación, a la construcción de un pensamiento propio y a la toma de postura sobre problemas y posibles soluciones. Con ello, se fortalece la autonomía del alumno para analizar, valorar y decidir, desde la confianza en sí mismo y el respeto a las demás personas.

A la competencia en comunicación lingüística se contribuye a partir del conocimiento y del uso de términos y conceptos propios del área. Además, el uso sistemático del debate, procedimiento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR