Real Decreto 2655/1985, de 27 de Diciembre, por el que se modifica el articulo 205.3 del Reglamento de los Servicios de Correos.
Fecha de Entrada en Vigor | 30 de Enero de 1986 |
Marginal | BOE-A-1986-2386 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Juntas Electorales Provinciales |
Rango de Ley | Real Decreto |
El vigente reglamento de correos, aprobado por Decreto 1653/1964, de 14 de mayo (
Dispongo:
<3. El empleado que admita el envio estampara el sello de fechas en la parte superior izquierda del documento principal, de modo que aparezcan con claridad el nombre de la oficia y la fecha de presentacion. A continuacion del sello de fechas estampado, el empleado hara constar, ademas, tanto en el documento principal como en el resguardo de imposicion, cuando el remitente asi lo solicite, la hora y minuto del deposito.
El remitente tambien podra exigir la estampacion del sello de fechas por el empleado en la copia o fotocopia del documento principal, como forma de recibo que acredite la presentacion del mismo ante el Organo administrativo competente, asi como la consignacion en aquella de la hora y minuto del deposito.
Practicadas las diligencias indicadas, el propio remitente cerrara el sobre, y el empleado formalizara y entregara el resguardo de imposicion, cuya matriz archivara en la oficina.> art. 2. Quedan derogadas cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este Real Decreto, que entrara en vigor al dia siguiente de su publicacion en el
Dado en Madrid a 27 de diciembre de 1985.
Juan Carlos R.
El Ministro de la Presidencia,Javier moscoso del prado y MuÒoz