Resolución de 5 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se modifican los modelos F17, F17R, L14 y L14R utilizados por el Registro Central de Personal y se publican los modelos para el personal docente de las Universidades Públicas.
Marginal | BOE-A-2012-15189 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas |
Rango de Ley | Resolución |
El artículo 7 del Real Decreto 2073/1999, de 30 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Registro Central de Personal y las normas de coordinación con los de las restantes Administraciones públicas, establece que el Secretario de Estado para la Administración Pública aprobará los formatos normalizados de los documentos que se utilizan para la realización de anotaciones en el Registro.
Los modelos actualmente vigentes fueron aprobados por Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, de 2 de septiembre de 2002 («BOE» de 21 de septiembre), modificándose por Resoluciones de 4 de marzo de 2003 («BOE» del 26), 3 de marzo de 2004 («BOE» del 16), 26 de mayo de 2005 («BOE» de 23 de junio), y 10 de mayo de 2007 («BOE» del 31).
Con el fin de cumplir con lo dispuesto en el artículo 10 apartado 3 del mencionado Real Decreto 2073/1999, que establece que «Deberá justificarse la previa comunicación al Registro Central de Personal de los actos o resoluciones que comporten efectos económicos en nómina, de acuerdo con las instrucciones para la confección de nóminas dictadas conjuntamente por los Ministros de Economía y Hacienda y de Administraciones Públicas» y para facilitar la comunicación al Registro Central de Personal de las anotaciones que se deriven de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, se modifican los modelos F17, F17R, L14 y L14R de «RESOLUCIÓN DE LICENCIA/PERMISO/INCAPACIDAD TEMPORAL» de personal funcionario y laboral, para que puedan ser utilizados por los gestores de personal para comunicar al Registro Central de Personal las resoluciones y anotaciones de la situación de incapacidad temporal del personal a su cargo.
Asimismo, se considera conveniente incluir, en anexo III, determinadas aclaraciones en el uso de los modelos F17, F17R, L14 y L14R para evitar errores en su utilización o cumplimentación.
Respecto del personal de las Universidades, el artículo 5 del Real Decreto 2073/1999 establece que el personal perteneciente a los Cuerpos Docentes Universitarios regulados por el Estado se encuentra dentro de su ámbito, mientras que el resto de su personal se inscribirá si así se acuerda en convenios suscritos a tal...
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