Orden EHA/3397/2006, de 26 de octubre, por la que se aprueban los modelos 390 y 392 de declaración resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido y el modelo 430 de declaración del Impuesto sobre las Primas de Seguros.

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Noviembre de 2006
MarginalBOE-A-2006-19172
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

El artículo 164, apartado uno, número 6, de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, dispone que, sin perjuicio de las peculiaridades establecidas para determinados regímenes especiales, los sujetos pasivos del Impuesto estarán obligados, con los requisitos, límites y condiciones que se determinen reglamentariamente, a presentar una declaración-resumen anual.

Asimismo, el artículo 71, apartado 6, del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el artículo 1 del Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, establece que la declaración-resumen anual se formulará «en el lugar, forma, plazos e impresos que, para cada supuesto, apruebe el Ministro de Hacienda».

En desarrollo de lo dispuesto en dichos preceptos se aprueban nuevos modelos 390 y 392 de declaración-resumen anual, ya que el tiempo transcurrido desde la aprobación de los actuales modelos 390 y 392 por las Ordenes Ministeriales de 19 de noviembre de 2001 y 26 de noviembre de 1999, hace necesario actualizar el contenido de la información suministrada en los mismos, en este sentido se ha eliminado del modelo 392 el apartado correspondiente al Régimen especial de determinación proporcional de bases imponibles, asimismo es necesario corregir determinadas deficiencias que se han puesto de manifiesto a través de su utilización, concretamente se ha introducido en el modelo 392 la posibilidad de presentación de declaración sustitutiva, y en ambos modelos se ha sistematizado la determinación del volumen de operaciones, incluyéndose de una forma clara en el apartado correspondiente a dicho cálculo aquellas casillas que recojan la totalidad de entregas de bienes y prestaciones de servicios que, de acuerdo con el artículo 121 de la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido, forman parte del volumen de operaciones.

No obstante, todas aquellas cuestiones relacionadas con el lugar, plazo y forma de presentación de la declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido modelos 390 y 392, así como las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática de las citadas declaraciones se regirán por lo dispuesto en la Orden Ministerial de 19 de noviembre de 2001, en la disposición adicional segunda de la Orden EHA/748/2005 de 21 de marzo y en la Orden Ministerial EHA/3061/2005 de 3 octubre, respectivamente.

Por otro lado, la Ley 25/2006, de 17 de julio, por la que se modifica el régimen fiscal de las reorganizaciones empresariales y del sistema portuario y se aprueban medidas tributarias para la financiación sanitaria y para el sector del transporte por carretera establece, en su artículo quinto, una bonificación en el Impuesto sobre las Primas de Seguros de las operaciones de seguro de transporte urbano y por carretera que afectan, con...

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