Real Decreto 1829/1983, de 20 de abril, por el que se acuerda la enajenación directa de la mitad indivisa de la casa número 40 de la calle Ribera, de Moguer (Huelva), en favor del ocupante de la otra mitad.

MarginalBOE-A-1983-18358
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
18508
2
julio
1983
BOE.-Núm.
157
DISPONGO,
JUAN
CARLOS
R.
'El
MinIstro
de
Econom[a
y
Har.lenda,
MIGUEL
BOYER
SALVADOR
RltAL
DECRETO
1829/1983,
de
20
de
abril,
flor
el
que
se acuerda
la
enajenación
directa
de
la
mitad
indivisa
de
la casa
número
40
de
la
caUe
Ribera.
de
Moguer
(HuelvaJ,
en
favor
del
ocupante
de
la
otra
mitad.
18358
~".
Don
Fra~isco
Millán
Mora
ha
intéresado
la
enajenación
de
la
mitad
ind"ivisa
de
una
finca
urbana
sita
en
Moguer
(Huelva).
calle
Ribera,
número
40,
cuya
otra
mitad
se
halla
ocupada
por
el
peticionario.
Dicha
mitad
indivisa
ha
sido
tasada
en
la
can·
Udad
de
640.150
pesetas
por
los
Servicios
Técnicos
del
Ministerio
de
Economia
y
Hacienda.
En
8'1
presente
caso
con'curren
circunstancias
que
justifican
hacer
uso
de
la
autorización
concedida
por
el
artículo
63
de
le.
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
15
de
abril
de
1964.
En
su
virtud,
a
propuesta
del
MinIstro
de
Economía
yHa-
cienda.
y
previa
deliberaciÓn
del
Conseio
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
20
de
abril
de
1983,
.
~
..
El
Ministro
de
Economía
y
Hac!enda.
MIGUEL BOYER
SALVADOR
JUAN
CARLOS R.
DISPONGO,
El
Ministro
de
Economla
yHaclenda.,
MIGUEL
BOYER
SALVADOR
JUAN
CARLOS R,
Artículo
1.°
De
conformidad
con
10
dispuesto
en
el
a.rticu~
10
63
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
15
de
abril
de
1964,
se
acuerda
la
enajenación
directa
a
don
Francisco
Millán
Mora,
con
domicilio
en
Moguer
(Huetval,
calle
Ribera,
número
40.
de
la
mitad
indivisa,
propiedad
del_
Estado,
de
una
finca
urbana.
cuya
otra
.mitad
se
halla
ocupada
por
dicho
señor
Millán
Mota.
El
total
de
la
finca
se
describe
como
sigue:
Urbana,
sita
en
Moguer
(Huelva),
calle
Ribera,
número
40,
con
una
superficie
solar
de
427
metros
cuadrados
y182,50
metros
cuadrados,
cons-
truida,
cuyos
linderos
son:
Derecha.
Laura
Rodríguez
Quintero;
izquierda,
Francisco
MilIán
Mara
y
hermano;
fondo,
José
Mo-
rales
Diaz.
Inscrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
de
M.Jguer,
al
tomo
129,
libro
48, folio
139,
finca
2.058,
inscripción
7.&
Art.
2.°
El
precio
total
de
dicha
enajenación
es
el
de
seis-
cientas
cuarenta
mil
ciento
cincuenta
{640.15OJ
pesetas,
las
cua~
les
deberán
sei"
tngresadas-
en
el
Tesoro_
por
el
adquirente
en
el
plazo
de
quince_
dias
a
p~tir
da
la
notificación
por
la
Delega.-
ción
de
Hacienda
de
Huelva.
siendÜ"
también
de
cuenta
del
in-
teresado
todos
los
gastos
originados
en
la
tramitaci6n
d~l
ex·
pediente
y
los
que
se
causen
en
cumplimiento
del
presente
Real
Decreto.
Art.
3.°
Por
el
Ministerio
de
Economía
y
Hacienda,
a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
llevarán
a
cabo
los
trámites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
De.do
en
Madrid
a
20
de,
abril
de
1983.
solicitantes.
son
ocupan
tes
de
buena
fe.
Dicha
finca.
ha
sido
ta--
sacia
en
la
cantidad
de
231.250
pesetas
por
los
Servicios
TécnicOI
del
Ministerio
de
Hacienda.
La
circunstancia
expuesta
justifica
hacer
uso
de
la
autoriza·
ción
concedida
por
el
artículo
63
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estada
de
15
de
abril
de
1964.
En
su
virtud.
a
propuesta
del
Ministro
de
Economie. y
Ha·
cienda,
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
20
de
abril
de
1983,
DISPONGO,
Articulo
1.
~
De
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el
articu-
lo
63
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
15
de
abril
de
1964,
se
acuerda
la
enajenación
directa
e.
favor
de
don
Francisco
y
don
EnrIque
Roca-
García,
con
domicilio
en
el
término
munici-
pal
de
Mequinenza
(Zaragoza),
de
la
finca
propiedad
del
Esta-
do
que
a
continuaci6n
se
describe:
Finca
rústica,
sita
en
el
tér-
mino
municipal
de
Mequinenza
{Zaragoza),
con
una
superficie
de
2,3125
hectáreas
y
los
linderos
siguientes-
Norte,
Bernabé
Rodes
Hornos
y
..
Sociedad
de
Montes
de
Mequinenza
..
;
Sur
...
So-
ciedad
de
Montes
de
Mequinenza,.;
Este.
camino
de
La
Porchina.
y
Oeste,
José
y
Francisco
Rache
Oliver
y
Roberto
Nogués
Llop.
Dicha
finca
se
denomina
con
el
número
23
del
polígono
11.
Inscrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
deCaspe,
al
tomo
125,
folio 118.
finca
número
1.825.
inscripción
1.&
Art.
2.°
El
precio
total
de
dicha
enajenaci6n
es
el
de
dos-
cientas
treinta
y
un
mil
doscientas
cincuenta
(2312501
pe'ietas,
las
cuales
deberán
ser
ingresada!
en
el
Tesoro
por
los
adqui-
rentes,
en
el
plazo
de
quince
días
a
partir
de
la notiftracH'ln
de
la
adjudicación
por
la
Delegación
de
-Hacienda
de
Zaragoza,
siendo,
también
de
cuente.
de
los
interesados
todos
los
gastos
originados
en
la
tramitación
del
expediente
ylos
que
se
causen
en
cumplimiento
del
presente
Real
Decreto.
Art
3.°
Por
el
Ministerio
de
Economia
y
Hacienda,
a
través
de
la
Dirección
GBneral
del
Patrimonio
del
Estado.
se
llevarán
a
cabo
los
trámites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
e:
presente
Resl
Decreto.
Dado
en
Madrid
a20
de
abril
de
1983.
JUAN
CARLOS
R.
1
MinhHro
dI'!
Ecnnnmi¡¡
'1
Hacienda,
MIGUEL BOYER
SALVADOR
:
83=:i7
18356
REAL
DECRETO
1828/1983,
de
20
de
abril,
oor
el
que
se
acuerda
la
enajenación
directa
de
una
fin·
.
ca
sita
en
el
término
municioal
de
Mequinenza
(Zaragoza)
en
'avo,.
de
su
ocupante.
.
Don
Francísca
y
don
Ennqne
Roca
García
han
interesado
';!
adquisición
de
una
finca
rÚstica
sita
en
el
término
municipal
!e
Mequinenza
(Zaragoza),
propiedad
del
Estado,
de
la
que
los
REAL
DECRETO
1827/1983,
de
20
de
abril,
vor
el
que
se
acuerda
la
enajenación
directa
de
una
fin-
ca
sita
en
el
término
municipal
de
Medtna
Sido-
nia
(parte
de
una
casa),
calle
Torreón.
3
(Cádiz)
,
en
favor
de
'u
ocupante.
D~n
Julián
Luna
Jiménez
ha
interesado
la
adquisición
de
Jna
finca
urbElna
(parte)
sIta
en
el
ténnino
municipal
de
Me-
tina
Sidonia,
calle
Torreón,
número
3(Cildiz).
propiedad
del
~stado,
de
la
que
el
solicitante
es
ocupante
de
buena
fe.
Dicha
'inca
ha
sido
tasada
en
la
cantidad
de
219.500
pesetas
por
los
3erviclos
Técnicos
del
Ministerio
de
Economía
y
Hacienda.
La
circunstancia
expuesta
justifica
hacer
uso
de
la
autorizs-
~ión
concedida
por
el
artículo
63
de
la Ley
del
Patrimonio
del
Zstado
de
15
de
abril
de
1964.
En.
su
virtud,
a
propuésta
del
Ministro
de
Economía
y
Ha-
·¡enda,
y
previa
delIberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
·eunión
del
día
20
de
abril
de
1983,
Articulo
1.0
De
conformidad
con
10
dispuesto
en
él
arUcu-
o
63
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado_
de
15
de
abril
de
1964,
,8
acuerda
la
enajenación
directa
a
favor
de
don
Julián
Luna
;ühénez.
con
domicilio
en
Medina
Sidonia,
calle
Torreón,
nú-
nero
3
(Cádiz).
de
la
finca
propiedad
del
Estado
que
a
eonti-
lllación
se
describe:
Urbana
(parte),
sita
en
el
término
muni-
"ipal
de
Medina
Sidonla
(Cádiz},
calle
Torreón,
número
3.
con
ma
superficie
de
170
metros
cuadrados
de
suelo
y228
metros
uadrados
de
vuelo,
y
los
linderos
siguientes,
d.el
total
del
adi-
icio:
Derecha,
número
5
de
la
calle
Torreón;
izquierda.
núme-
'o 1
de
la
misma
calle;
fondo,'
número
4
de
la
calle
Guzmán
..
Inscrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
de
Medína
Sidonia,
l.~
tomo
424.
libro
225. folio 55,
finca
número
1.9g8.
inserip-
"IÓn
23.&
Art.
2.° El
precio
total
de
dicha
enajenación
es
el
de
dos-
cientas
diecinueve
mil
quinientas
(219.500)
pesetas,
las
...:uates
lebarán
ser
ingresadas
en
el
Tesoro
por
el
adquirente
en
el
91aoo
de
quince
días
a
partir
de
la
notificación
de
la
adj
udica-
'ión
por
la
Delegación
de
Hacienda
de
Cádiz.
siendo
también
le
cuenta
del
interesado
todos
los
gastos
originados
en
la
tra-
nit&ción
del
expediente
ylos
que
se
causen
en
cumplimiento
iel
presente
Real
Decreto.
Art.
3.°
Por
el
Ministerio
de
Economía
y
HacIenda,
a
través
de
la
Dirección
GBneral
del
Patrimonio
del
Estado,
se
llevarán
1.
cabo
los
trámites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
se
jlspone
en
e:
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
a20
de
abril
de
1983.
DISPONGO,
Artículo 1.0
De
conformidad
co~
lo dispuesto
en
el articu-
lo
63
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
15
de
abril
de
1964,
se
acuerda
la
enajenación
directa
a
favor
del
Ayuntamiento
de
VilIanueva
de
los
Castillejos
(Huelval
de
UD
solar
propiedad
del
Estado
que
a
continuación
se
de~cribe:
Solar
sito
en
el
término.-municipe.l
de
Villanueve.
de
los
Cas-
tillejos.
calle
Portugal.
número
.1.
con
una-
superficie
de
174,12
metros
cuadrados
y
los
siguientes
linderos:
D
.•
Manuel
Palma
Alfonso; I..
Elvira
Ponce
Deleyto.
y
F.,
José
Ferrera
Gonzál.ez.
Inscrito
en
el
Registro
de
la
Propiedad
de
Ayamonte.
al
ro-
mo 63,
libro
lO,
folio
41,
finca
295
duplicado,
inscripción
á.-
Art.
2.° El
precio
total
de
dicNcenajenación
es
el
de
ciento
setenta
y
cuatro
mil
ciento-
veinte
U74.12D)·
pesetas,
las
:,.uales
jeberán
ser.
ingresadas
en
el
Tesoro
por
la
Corporación
adqui-
rente,
en
el
plazo
de
quince
dias
a
partir
de
la
notificación
por
·a
Delegación
de
Hacienda
de
Huelva.
siendo
también
de
cuen-
ta
de
la
Corporación
interesada
todos
los
gastos
originados
en
'a.
tramitación
del
expediente
y
los
que
se
causen
en
cumpli-
ni&nto
del
presente
Real
Decreto.
Art.
3.°
Por
el
Ministerio
de
Economía
y
Hacienda.
a
través
le
le.
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
llevarán
~
cabo
los
trámites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
se
jispone
en
el
presente
Real
Decreto.
De.d.o
en
Madrid
a
20
de
abril
de
1983.

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