Orden ITC/3906/2007, de 17 de diciembre, por la que se modifica la Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.
Fecha de Entrada en Vigor | 2 de Enero de 2008 |
Marginal | BOE-A-2008-34 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Industria, Turismo y Comercio |
Rango de Ley | Orden |
Mediante la Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, se delegaron competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y se aprobaron las delegaciones efectuadas por los órganos superiores y directivos del Departamento, de conformidad con lo previsto en los artículos 12 y 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
Razones de agilidad y mayor operatividad de los servicios determinaron, con posterioridad, su sucesiva modificación por diversas Órdenes ministeriales (Orden ITC/1196/2005, de 26 de abril; Orden ITC/1963/2005, de 17 de junio; Orden ITC/3359/2005, de 20 de octubre; Orden ITC/231/2006, de 31 de enero; y Orden ITC/4129/2006, de 28 de octubre).
El Real Decreto 1554/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, establece en su articulo 4 que la Secretaría General de Comercio Exterior es la autoridad nacional responsable de la gestión, en el ámbito de la política comercial, de los procedimientos comunitarios y nacionales para la aprobación de las normas de tramitación de las operaciones de importación y exportación de productos agroalimentarios e industriales, de la autorización de los regímenes de perfeccionamiento activo y pasivo y expedición de autorizaciones administrativas de importación y exportación temporal.
Asimismo, la Orden de 26 de febrero de 1986, por la que se regula la fianza en las operaciones de importación y exportación, modificada por Orden de 27 de julio de 1995, prevé que la Dirección General de Comercio Exterior, actualmente Secretaría General de Comercio Exterior, procederá a la devolución de forma total o parcial de la fianza constituida de acuerdo con la reglamentación comunitaria.
Finalmente, el Real Decreto 1456/2005, de 2 de diciembre, por el que se regulan las Direcciones...
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