Orden de 9 de diciembre de 1985 por la que se Estructura La Comisión Ministerial de Informatica del Ministerio de Transportes, turismo y comunicaciones, se dan normas para su Funcionamiento y se modifica su composición.

MarginalBOE-A-1985-26163
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Transportes, Turismo y Comunicaciones
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 615/1978, de 30 de marzo, de Estructura Organica del Ministerio de Transportes y comunicaciones, crea la junta de Informatica para dar cumplimiento al Decreto 2880/1970, de 12 de septiembre, por el que se crea La Comisión Interministerial de Informatica y se establece la existencia de comisiones de Informatica en los Ministerios civiles.

El Real Decreto 2291/1983, de 26 de Julio, por el que se crea El Consejo superior de Informatica, vuelve a establecer, en su artículo 7., La existencia de comisiones ministeriales de Informatica.

El Real Decreto 1209/1985, de 19 de junio, modifica parcialmente la Estructura básica del Ministerio de Transportes, turismo y comunicaciones.

En consecuencia, y para adaptar a la nueva Estructura la composición de La Comisión Ministerial de Informatica del Ministerio de Transportes, turismo y comuicaciones, a propuesta de La Secretaria general técnica, y previa aprobación de la presidencia del Gobierno, de acuerdo con lo establecido en el artículo 130, 2, de la vigente ley de Procedimiento Administrativo, he tenido a bien disponer:

Artículo 1 La Comisión Ministerial de Informatica, adscrita a La Secretaria general técnica, estará integrada por los siguientes miembros:

Presidente: El Secretario general Tecnico, quién actuará por delegación del subsecretario de Transportes, turismo y comunicaciones.

Vicepresidente: El Subdirector general de Coordinacion e Informatica.

Vocales:

Un representante de la subsecretaría de Transportes, turismo y comunicaciones.

Un representante de La Secretaria general de turismo.

Un representante de La Secretaria general de comunicaciones.

Un representante de La Dirección general de aviación civil.

Un representante de La Dirección general de Correos y telégrafos.

Un representante de La Dirección general de infraestructura del transporte.

Un representante de La Dirección general de la Marina Mercante.

Un representante de La Dirección general de Politica turística.

Un representante de La Dirección general de servicios.

Un representante de La Dirección general de telecomunicaciones.

Un representante de La Dirección general de Transportes terrestres.

Un representante del Instituto Nacional de Meteorologia.

Un representante de cada uno de los siguientes organismos.

Administración turística española, aeropuertos nacionales, Caja postal de ahorros,intituto nacional de Promocion del turismo.

El interventor Delegado de Hacienda.

Secretario: El Jefe del Servicio de Informatica de La Secretaria general técnica.

Los vocales deberán ser subdirectores generales del departamento o con categoría asimilada, siendo designados por el subsecretario de Transportes, turismo y comunicaciones a propuesta de los titulares de los Organos respectivos. Por cada Vocal, y por el mismo procedimiento que para los...

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