Orden IGD/985/2009, de 17 de abril, por la que se crea la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Igualdad y se regula su composición y funciones.

Fecha de Entrada en Vigor24 de Abril de 2009
MarginalBOE-A-2009-6744
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Igualdad
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 432/2008, de 12 de abril, de reestructuración de los departamentos ministeriales, creó el Ministerio de Igualdad. Mediante el Real Decreto 1135/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Igualdad y se modifica el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, se ha determinado la estructura orgánica del Departamento. Su artículo 3.2.c) atribuye a la Subdirección General de Administración Electrónica, Servicios Tecnológicos y Régimen Interior, adscrita a la Subsecretaría, la elaboración y coordinación de la aplicación del plan director de administración electrónica y de los sistemas de información y comunicaciones del departamento, la gestión de los recursos informáticos, de la infraestructura técnica y de comunicaciones, y el desarrollo y mantenimiento de los sistemas de información y comunicación que precisen los distintos centros directivos, así como la supervisión en materia de nuevas tecnologías de los organismos públicos adscritos al Ministerio.

Por otra parte, el Real Decreto 589/2005, de 20 de mayo, por el que se reestructuran los órganos colegiados responsables de la Administración electrónica en el ámbito de la Administración General del Estado, dedica su artículo 8 a las Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica, que se constituyen en los instrumentos para la coordinación interna de cada departamento en materia de tecnologías de la información, de las telecomunicaciones y de Administración electrónica, y conforme a la disposición transitoria segunda de dicho Real Decreto, en el plazo de seis meses desde su entrada en vigor se debían aprobar las correspondientes órdenes ministeriales reguladoras de las Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica de los departamentos ministeriales.

Atendiendo a ello, procede constituir la referida Comisión Ministerial del Ministerio de Igualdad de acuerdo con las previsiones contenidas en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 589/2005, y regular su composición y funcionamiento teniendo en consideración la estructura orgánica del Departamento, al amparo de lo previsto en los artículos 12.2.a), 38 y 40 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

En su virtud, y previa aprobación de la Ministra de Administraciones Públicas, dispongo:

Artículo 1 Objeto.
  1. La presente Orden tiene por objeto crear la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Igualdad, como instrumento para la coordinación interna de la política del Departamento en materia de tecnologías de la información, de las telecomunicaciones y de Administración electrónica, y como órgano de enlace y colaboración con el Consejo Superior de Administración Electrónica.

  2. La Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Igualdad es el órgano colegiado responsable de la elaboración de la política del Departamento en materia de tecnologías de la información, de las telecomunicaciones y de Administración electrónica, de acuerdo con las instrucciones y directrices del Consejo Superior de Administración Electrónica.

  3. La Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Igualdad se adscribe a la Subsecretaría del Departamento, y podrá actuar en Pleno y en Comisión Permanente.

Artículo 2 El Pleno de la Comisión.
  1. El Pleno de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Igualdad tendrá la siguiente composición:

    1. Presidencia: la persona titular de la Subsecretaría de Igualdad.

    2. Vicepresidencia: la persona titular de la Subdirección General de Administración Electrónica, Servicios Tecnológicos y Régimen Interior.

    3. Vocalías: la persona titular de la Subdirección General de Programación y Gestión Económica y Presupuestaria y Personal y una persona en representación de cada uno de los siguientes órganos directivos y organismos públicos del Departamento, con rango mínimo de Subdirección General o asimilados:

      Gabinete de la Ministra.

      Gabinete de la Secretaria General de Políticas de Igualdad.

      Secretaría General Técnica.

      Delegación del Gobierno para la Violencia de Género.

      Dirección General para la Igualdad en el Empleo.

      Dirección General contra la Discriminación.

      Instituto de la Mujer.

      Instituto de la Juventud.

      Su designación corresponderá a la persona titular de la Subsecretaría de Igualdad, a propuesta de quien ostente la titularidad del órgano directivo u Organismo Público respectivo. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, podrán suplirse en los mismos términos previstos para su designación.

    4. Secretaría: un funcionario o funcionaria que desempeñe sus funciones en la Subdirección General de Administración Electrónica, Servicios Tecnológicos y Régimen Interior, con nivel mínimo de Jefatura de Área, a designar por la persona titular de la Subsecretaría del Departamento, que actuará con voz y voto. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, podrá suplirse en los mismos términos previstos para su designación.

  2. El Pleno de la Comisión podrá autorizar la participación, cuando resultase...

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