RESOLUCIÓN de 23 de noviembre de 2001, de la Dirección General del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, por la que se convoca la concesión de plazas para pensionistas que deseen participar en el Programa de Termalismo Social y se determina el procedimiento para su solicitud, tramitación y concesión.

MarginalBOE-A-2001-24725
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyResolución

El artículo noveno de la Orden de 15 de marzo de 1989, modificado por Orden de 26 de diciembre de 1990 ('Boletín Oficial del Estado' 11 de enero de 1991), por la que se regula el servicio de Termalismo Social, establece que anualmente la Dirección General del IMSERSO convocará las plazas disponibles en los establecimientos concertados para el desarrollo del Programa en cada temporada.

Por su parte, la disposición final primera de la misma Orden ministerial autoriza a la Dirección General del IMSERSO para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la interpretación y desarrollo de la citada Orden.

En consecuencia, esta Dirección General, previa consulta con las Comunidades Autónomas a las que se han transferido las funciones y servicios del IMSERSO, y conforme a las facultades que tiene atribuidas, resuelve:

Publicar la presente convocatoria de plazas para participar en el Programa de Termalismo Social durante el año 2.002, de acuerdo con las siguientes instrucciones:

Primera. Plazas y turnos convocados.

Se convocan 90.000 plazas para participar en el Programa de Termalismo social, a desarrollar en los turnos y balnearios que se relacionan en el anexo I de la presente resolución.

Sin perjuicio de lo anterior, la oferta de plazas podrá incrementarse, sin necesidad de nueva convocatoria, con las que resulten de los nuevos conciertos que formalice el IMSERSO en el año 2002 con los establecimientos termales.

El tipo de tratamiento termal a impartir por cada balneario se especifica asimismo en el citado anexo I.

Los turnos, que tendrán una duración de quince días cada uno, se realizarán en régimen de pensión completa y comprenderán desde las doce horas del día de llegada hasta las doce horas del día de salida.

El desarrollo del programase efectuará durante el período comprendido entre el 1 de febrero y el 30 de diciembre de 2002.

Segunda. Precio de las plazas.

El precio a pagar por el beneficiario, por plaza y turno, asciende a las cantidades que se señalan, para cada balneario y mes, en el cuadro anexo I.

Dicho precio es un precio cerrado para todos los servicios incluidos en el turno, no procediendo efectuar deducción alguna si por cualquier causa imputable al beneficiario no disfruta de la totalidad de dichos servicios.

Si el desarrollo de un turno tiene lugar durante días de dos meses consecutivos, se considera que pertenece al mes en el que transcurran más días del turno.

En dichos precios se encuentran incluidos los siguientes servicios:

Alojamiento y manutención en régimen de pensión completa y en habitaciones dobles, de uso compartido.

Tratamientos termales, que comprenderán:

El reconocimiento médico al ingresar en el balneario.

El tratamiento termal que, en cada caso, prescriba el Médico del balneario.

El seguimiento médico del tratamiento, con informe final.

Transporte por cuenta del balneario, en los casos que se expresan en...

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