Orden SCO/3517/2006, de 13 de noviembre, por la que se modifica la Orden de 2 de agosto de 1991, por la que se aprueban las normas microbiológicas, los límites de contenido en metales pesados y los métodos analíticos para la determinación de metales pesados para los productos de la pesca y de la acuicultura.
Fecha de Entrada en Vigor | 18 de Noviembre de 2006 |
Marginal | BOE-A-2006-20001 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Sanidad y Consumo |
Rango de Ley | Orden |
Los límites de metales pesados y los métodos analíticos para la determinación de metales pesados en los productos de la pesca y de la acuicultura fueron aprobados mediante la Orden de 2 de agosto de 1991, por la que se aprueban las normas microbiológicas, los límites de contenido en metales pesados y los métodos analíticos para la determinación de metales pesados para los productos de la pesca y de la acuicultura.
El Reglamento (CE) n.º 466/2001 de la Comisión, de 8 de marzo de 2001, por el que se fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios, establece límites máximos de plomo y cadmio en pescados, moluscos bivalvos y cefalópodos, y crustáceos; así como límites de mercurio en todos los productos de la pesca. Es decir, este reglamento fija límites máximos de plomo y cadmio para todos los productos de la pesca, excepto los moluscos gasterópodos, y límites máximos de mercurio para todos los productos de la pesca, incluidos los moluscos gasterópodos.
Los límites máximos de plomo y cadmio en moluscos gasterópodos establecidos en la Orden de 2 de agosto de 1991 deben revisarse para adecuarlos a los progresos científicos en materia de métodos de análisis de metales y para armonizarlos con el resto de Estados miembros. A tal efecto, la Comisión Europea está estudiando la oportunidad de establecer límites máximos de plomo y cadmio en moluscos gasterópodos. Por ello no parece apropiado mantener en vigor los límites máximos de esos metales en moluscos gasterópodos fijados en la Orden de 2 de agosto de 1991 cuando la Comisión Europea fijará próximamente límites máximos de plomo y cadmio en los productos mencionados.
Por otra parte, el Reglamento (CE) n.º 242/2004 de la Comisión, de 12 de febrero de 2004, que modifica el Reglamento (CE) n.º 466/2001 por lo que respecta al estaño inorgánico en los alimentos, fija límites máximos de estaño en alimentos y bebidas enlatadas.
En relación con los métodos de análisis de plomo, cadmio y mercurio en productos pesqueros, el Real Decreto 256/2003, de 28 de febrero, por el que se fijan los métodos de toma de muestras y...
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