Resolución de 18 de marzo de 2010, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Meteorología, por la que se crea la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Meteorología.

MarginalBOE-A-2010-4852
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Rango de LeyResolución

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevé en su artículo 45 que las Administraciones Públicas impulsarán el empleo y aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos, para el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus competencias.

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, creó el concepto de Sede Electrónica, justificado por la necesidad de definir claramente la sede administrativa electrónica con la que se establecen las relaciones, promoviendo un régimen de identificación, autenticación, contenido mínimo, protección jurídica, accesibilidad, disponibilidad y responsabilidad.

El artículo 10.1 de la misma Ley define la sede electrónica como aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una Administración Pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de sus competencias. El apartado 3 del mismo artículo establece que cada Administración Pública determinará las condiciones e instrumentos de creación de las sedes electrónicas.

Por otra parte, el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, además de regular esta figura en sus artículos 3 al 9, determina específicamente en su artículo 3.2 que las sedes electrónicas se crearán mediante Orden del Ministro correspondiente o Resolución del titular del Organismo Público, que deberá publicarse en el Boletín Oficial del Estado, determinando el contenido mínimo de esta norma aprobatoria.

Así pues, con la implantación de la Sede Electrónica se pretende, por una parte, facilitar el acceso a los servicios prestados por la Agencia Estatal de Meteorología y, por otra, crear un espacio en el que la Administración y el administrado se relacionen en el marco de la gestión administrativa con las garantías necesarias diferenciando así el concepto de portal de comunicación del de sede electrónica.

Por último, se adoptarán las medidas necesarias para dar cumplimiento de las condiciones de confidencialidad, disponibilidad e integridad de las informaciones y comunicaciones que se realicen a través de la sede que se crea.

En virtud de lo anterior, resuelvo:

Primero. Objeto.–La presente resolución tiene por objeto la creación de la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Meteorología, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio.

Segundo. Ámbito de la Sede Electrónica.–El ámbito de aplicación de la sede electrónica objeto de esta Resolución se extiende a la Agencia, y por tanto a las actuaciones y procedimientos de su competencia que requieran la autenticación de la Administración Pública o de los ciudadanos por medios electrónicos, así como aquellos otros respecto a los que se decida su inclusión en la sede por razones de eficacia y calidad en la prestación de servicios a los ciudadanos.

Tercero. Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Meteorología.–Se crea la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Meteorología con las siguientes características:

  1. La dirección electrónica de referencia de la sede es https://sede.aemet.gob.es. La sede estará disponible para todos los ciudadanos de...

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