Orden ITC/1843/2009, de 3 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras, el régimen de ayudas y la gestión de medidas para mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas mediante el apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras, y se efectúa la convocatoria de subvenciones correspondiente a 2009.

MarginalBOE-A-2009-11403
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyOrden

El apoyo a la creación y fortalecimiento de «clusters», o agrupaciones empresariales, forma parte de la estrategia europea de promoción de la competitividad de las pequeñas y medianas empresas y de la innovación. Según dicha estrategia, el apoyo a la creación y fortalecimiento de los «cluster» constituye un medio para paliar las consecuencias que ciertas deficiencias de mercado, relacionadas con problemas de tamaño y coordinación, tienen sobre las posibilidades de las empresas de relacionarse entre sí, establecer flujos de conocimiento y alcanzar la masa crítica suficiente para desarrollar proyectos de innovación que mejoren su competitividad.

El reconocimiento de dicha problemática y la orientación de establecer instrumentos de apoyo a la formación y reforzamiento de «cluster» empresariales se reflejaba ya en la Comunicación de la Comisión Europea «Más investigación e innovación: un enfoque común» COM (2005) 488 final, y quedó claramente plasmado en la COM (2006) 502 final «Poner en práctica el conocimiento: una estrategia amplia de innovación para la UE». Según dicha estrategia, refrendada por el Consejo de Competitividad en las conclusiones de su reunión de diciembre de 2006, el fortalecimiento de los «cluster» en Europa se consideraba como una de las nueve prioridades estratégicas para promover con éxito la innovación. Por su parte y en consecuencia, el Programa Marco (2007-2013) de Competitividad e Innovación de la UE, aprobado por Decisión n.º 1639/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 2006, recogía entre sus prioridades la promoción de la creación y el fortalecimiento de «clusters».

En España y en consonancia con esas orientaciones, el Plan de Fomento Empresarial aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de enero de 2006 por el que se desarrollaban las prioridades contenidas en el Plan Nacional de Reformas aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de octubre de 2005, hoy vigente, incluye, entre los instrumentos a adoptar para favorecer el crecimiento y la innovación empresarial, el apoyo a la creación y fortalecimiento de «cluster» a través de la puesta en marcha de medidas de apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras (AEIs). La aplicación de dichas medidas de apoyo se inició con la Orden ITC/2691/2006, de 2 de agosto, por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión de las medidas de apoyo a las agrupaciones empresariales innovadoras y se continuó con la primera convocatoria de ayudas efectuada por Orden ITC/692/2007, de 20 de marzo.

Transcurridos casi tres años desde la promulgación de la Orden ITC/2691/2006, de 2 de agosto, se ha producido un conjunto de circunstancias que hacen precisa la promulgación de una nueva orden reguladora de las bases, del régimen de ayudas y de la gestión del programa. Dichas circunstancias, que remiten tanto a exigencias de orden interno como comunitario, son lo suficientemente numerosas y relevantes como para que no resulte aconsejable la mera modificación de la normativa vigente.

En lo que se refiere a las circunstancias de orden interno, hay que considerar en primer lugar la reestructuración orgánica producida en el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (MITYC) como consecuencia del Real Decreto 1182/2008, de 11 de julio, por el que se desarrolla la estructura básica del mismo. Como consecuencia de esa nueva estructura orgánica, la creación de la Secretaría de Estado de Turismo, el cambio de la denominación, competencias y funciones de algunas Direcciones y Subdirecciones Generales, así como otros cambios menores, obligan a modificaciones significativas en la delimitación de los órganos que instruyen y resuelven sobre las solicitudes de ayuda así como en la composición de las comisiones de evaluación previstas en la normativa vigente. En segundo lugar, la promulgación de la Orden ITC/3808/2007, de 19 de diciembre, por la que se regula el Registro especial de agrupaciones empresariales innovadoras del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el tratamiento diferenciado otorgado a las solicitudes de ayudas para AEIs del sector turístico en las que el órgano instructor era la extinta Secretaría General de Turismo, imponen modificaciones adicionales que se refieren tanto a cuestiones organizativas como de contenido respecto a la aplicación de las líneas de ayuda previstas.

Asimismo, las modificaciones en el ámbito de las competencias y funciones de los departamentos ministeriales originadas por la mencionada reestructuración orgánica del MITYC, así como por la creación del Ministerio de Ciencia e Innovación condujeron a una reconsideración del contenido de algunos programas de apoyo a la innovación y a su tratamiento en los Presupuestos Generales del Estado. Así, en los correspondientes al ejercicio 2009, los recursos asignados al apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras ya no figuran en el programa presupuestario 467C (Investigación y Desarrollo Tecnológico Industrial), sino en el 433M (Apoyo a la pequeña y Mediana Empresa). En consecuencia, las actuaciones de apoyo a las agrupaciones empresariales innovadoras no van a constituir un subprograma del Programa Nacional de Redes de la Línea Instrumental de Articulación e Internacionalización del Sistema, enmarcada en el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de septiembre de 2007 y, por tanto, no van a ser objeto de regulación en la nueva orden de bases del Ministerio de Ciencia e Innovación que sustituirá a la Orden PRE/756/2008, de 14 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas a la ciencia y tecnología en la línea instrumental de articulación e internacionalización del sistema enmarcada en el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011.

Por otra parte, la actual coyuntura financiera y los problemas de liquidez por la que atraviesan numerosas empresas aconsejan acelerar los procedimientos para que las ayudas concedidas a través de los programas de apoyo de las Administraciones Públicas lleguen con la máxima rapidez a aquellas entidades y empresas que son beneficiarias de las mismas. En este sentido, dado que la normativa vigente no contempla en estos momentos la modalidad de pago anticipado, resulta necesario que la regulación de las bases y la gestión de las medidas de apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras establezca la posibilidad de recurrir a dicha modalidad en las convocatorias de ayuda que se produzcan.

En lo que se refiere a las orientaciones comunitarias en el ámbito de la política de «clusters», se han producido asimismo en los últimos años nuevas circunstancias y propuestas que es conveniente tener presente en la regulación de las medidas de apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras.

Dichas orientaciones se contienen en las Conclusiones del Consejo Europeo de Bruselas de marzo de 2008, en las del Consejo de Competitividad de noviembre de 2007, de mayo de 2008 y de diciembre de ese mismo año y, asimismo, en la Decisión 2008/824/CE de la Comisión Europea de 22 de octubre de 2008, por la cual se crea un Grupo Europeo de Política Cluster, así como en la Comunicación de la Comisión «Para la organización de clusters de categoría mundial de la Unión Europea» COM (2008) 652 final/2 de noviembre de 2008. Por otra parte, la iniciativa Europea INNOVA en el marco del Programa de Competitividad e Innovación (PCI) se ha centrado principalmente a partir de 2008 en el impulso conjunto de nuevos o mejores instrumentos de cooperación transnacional para su utilización por organizaciones de «cluster» y de manera muy particular para apoyar a las pequeñas y medianas empresas innovadoras que participan en los mismos. Favoreciendo así una mejora de la competitividad de éstas últimas y no sólo de las grandes empresas que participan en dichos «clusters» o agrupaciones.

La adaptación a esas nuevas orientaciones e instrumentos propuestos y el aprovechamiento de las posibilidades ofrecidas por las iniciativas comunitarias respecto a la política de «clusters», aconsejan también modificaciones en la regulación normativa de las medidas de apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras en aspectos relacionados con la naturaleza de los gastos subvencionables y la priorización de proyectos en el caso de agrupaciones empresariales de algunos sectores específicos como es el caso del sector turístico. Entre esas adaptaciones debe destacarse la dirigida a permitir la subvención de gastos derivados de la puesta en marcha de proyectos de cooperación entre agrupaciones empresariales españolas inscritas en el Registro Especial de AEIs del MITYC y «clusters» o agrupaciones de otros países pertenecientes a la Unión Europea. Esa adaptación se revela imprescindible si se desea atender a la decidida orientación comunitaria de promover la cooperación transnacional entre «clusters» y aprovechar las posibilidades que para un programa cofinanciado por el FEDER, como es el de apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras, ofrecen programas europeos tales como el programa INNET en el marco de la iniciativa INNOVA.

En consecuencia, dado el amplio conjunto de circunstancias consideradas a las que se une la conveniencia de introducir algunas modificaciones en materia de procedimientos de gestión que permitan mejorar la eficacia de las medidas que pretenden mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas mediante el apoyo a agrupaciones empresariales de carácter innovador, resulta oportuno promulgar una nueva regulación de las bases, del régimen de ayudas y de gestión de las medidas de apoyo...

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