Resolución de 22 de marzo de 1982 del Instituto de la Pequeña y Mediana Empresa Industrial por la que se desarrolla el procedimiento a aplicar en el programa de apoyo financiero a inversiones de pequeñas y medianas Empresas, a través de este Organismo.

MarginalBOE-A-1982-7067
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Industria y Energia
Rango de LeyResolución
7676
~
2_5_m_.;a,;.rz_o_19_8_2
B_._O_,_d_e_I_E_,_,
_N_u_'
m_,_72
7067
7069
ORDEN
de
15
de
marro
de
1982
sobre
nueva
clasi-
."
licación
de
los
buques-tanq·ue
destinados
a
la
im-
portació"n
de
petróleo
crudo
que
ha}an
adoptado
el
sistema
de
lastre
separado.
Ilustrísimo.
señor:
I:.a
preocupación
por
la
conservación
del
entorno
marino
ha
motivado.
e'.
establecimiento
de
Convenios
internacionales
en
los
que
se
~ontamplan
medidas
a
llevar
a
cabo
por
los
buques'
petroleros
para
evitar
la
conta,minación
por
vertidas
de
pe-
tróleo,
del
préstamo
o
crédito.
En
el
caso
de
que
dicho
préstamo
o
cré-
dito
no
esté
concedido,
existirá
un
plazo
de~
cuarenta-
y
cinco
días
a
partir
de
la
fecha
de
la
resolución
positiva
para
la~
for-
malización
del
préstamo
,o
crédito
por
la
Entidad
financiera;
transcurrido
diého
plazo
sin
formaliz.ación
quedará
sin
efecto
la
concesión
aprobada.
7.°
Con
independencia
de
la
inspección
que,
en
su
caso,
lleve
a
cabo
la
Entidad,
de
crédito
prestamista
sobre
el
desa~
Trolla
de
la
inversión
ebjeto
del
apoyo
financiero,
el
IMPI
podrá
recabar
en·
cualquier
momento
..
cuantas
informaciones
estime
conveniente~
para
asegurar
el
mejor
cumplimiento
dE'
los
fines
a
que
fue
asignada
la
ayuda
financiera.
S.O
éa
presente
Resoluc~ón
entrará
,en
Vigor
al
dia
siguiente
de
su
publicación
en
e~
..
Boletín
Oficial
del
Estado
...
Lo
que
comunico
a
V.
1.
para
su
conocimiento
y
efectos
.
Madrid,
2Z
de
marzo
de
19S2.-El
Presidente,
Enrique
de
Aldama
y
Miñón.
Ilmo.
Sr.
Director
general
de
la
Requeña
y
Mediana
Industria.
¡
1
I
I
:
i
1
i
i
TRANSPORTES,
COMUNiCACIONES
MO
DE
TlJHISl\:Iü y
706"
REAL
DECRETO
811/1982.
de
12
de
febrero.
sobre
o
tráfico
de
contene-:tores, 1
barcazas,
chasis,
ftl.rgo-
nes
vacíos
y.
otros
€:
lementos
8tmilares
en
navega-
CiÓn,
de
cabotaje.
La
Ley
de
doce
de
mayo
de
mil
novecie-ntos
cincuanta
y
seis,
sobre
p!'"(¡tección y
renovación
de
¡a
flota,
al
reguiar,
en
su
artículo
diez
y
concordanles
el
tráfico
en
navegación
de
cabo-
taje
na...~ional,
reservándolo
a
buques
de
bandera
yconstrUCCIón
nacionales.
no
contempla
'el supuc:--sto·de tos
contenedores,
bar-
cazas.
chasis
furgones
vacíos
-J
otros
elementos
Sllllllarcs,
cU:O
la
utilización
para
el
transporte
se
ha
universaiizadc
en
,a
actuali-
dad.
des0mpeñando
un
papel
'pr'í:110rdie.l
en
el
,com-:rc:o
int~n.ar
y
exterior.
Dichos
elementos.
¡:ot
su
naturaieza
'!
caractens-
ticas,
requieren
un
tratamiento
específicq
que
en
ningún
caso
podría
suplirse
a
través
de
una
interpretación
anaiógica
de
los
c}tad9s
artlculas
de
la
Ley
de
protección
y
renovación
de
la
4'!ota,
que,
lógicamente
no
pudo
prever
la
enorme
evolución
que
han
experimentado
en
los
últimos
años
las
técnicas
del
trans)orte
maritimo,
Los
contenedores
y
dernas
elementos
auxi-
liares
análogos
de
transporte
n'o
son
obi-=to
directo
del
trans-
porte,
sino
medio
complementane
del
mismo,
que
son
trans·
Dor~ados
vados
de
un
punnto
a
otro.
a
fin
de
cargarlos
v
utili-
zarlos
como
medi!)
de
transporte.
Dicho
trá,fico p06i-:;ona:
de
contenedores
ha
sido
objeto-
do?
un
tratamiento
jurídico
especi-
fico
en
la
mayoría
de
'los
paIses
desarrollados,
que_
aún
reser·
vando
los
traficos
co~teros
a
sus
buqu~s
nadonalps,
fLdmiten
en
su
legislación
la
ap'icación
de
aurorizacionesd¿
tráfico
a
países
extranj
eros
en
régimen
de'
reciprocidad.
.
En
su
virtud.
'a
.propuesta
del
Ministerio
de
Transportes,-
Tu
....
rismo
y
ComunicaclOnes.
con
la
·conformidad·deJ
Ministp.r~o
de
Hacien
ypr=-vía
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
doce
de
febrero
de
mil
novecientos
OI:henta
y
dos,
'
DISPONGO:
Articulo'
primero.-EI
tras1ado
en
navegación
de
cabotaje
ne.ciona~,
a
efectos
de
posicionami~nto,
de
contenedores,
bar-
cazas,
cha:¡isy
otros
€'quipos
usados
en
el
transporte
de
cargas,
todos
elbs
vacios,
queda
reservado
para
los
buques
y
arte-
factos
navales
de
b~nd':'ra
y
construcción
española:s.
Artículo
segundo.-No
obstante
'lo
dispuesto
en·
ei.
articulo
anterior,
la
Dirección
General
de
Marina
Mercante
previo
in-
forme
de
la
Dirección
General
de
Aduanas,
del
Ministerio
de
Hacienda,
podrá.,autoIizar.
en
régimen
de
reciprocidad
cOn
los
Gobiernos
rE'spectivos,
el
tráfico
\c
transporte
de
posicionam,iento
de
dichos
contenedores
y
elementos
auxiliares
de
tra.nsporte.
en
navegación
de
cabotaje,
por
buqu€\S
de'pabe
11ón
extr-anjero,
Dado
en
Madrid
adOce
de
febrero
dli
mil
noveci-into5
och-~:nta
ydos. .
JUAN
CARLOS
n.
El
Ministro
de
Tra'nsportes,
Turis·mo
y
Comunicaciones.
LUIS
GAMIR
CASARES
RESOLUCION
de
22
de
marzó
de
1982,
del
Instituto
de
la
Pequeña
y M
Bdiana
Empresa
Industrial.
por
la
que
se
d~sarrolla
el
procedtmiento
.,'
aplicar
en
el
programa
de
apoyo
financiero
a
inversiones
de
pequeñas'
y
medianas
Empresas,
a
través
de
este
Orga~nismo.
Ilustrísimo
señor:
De
acuerdo
con
lo
dispuesto
en
el
articulo
:;éptimo
de
la
Orden
del
Ministerio
de
Industria
yi:::nergía
de
18
de
marzo
de
1982,'
se
desarrolla
por.la
presente
Resolución el
procedimiento
me-
diante
el
cual
se
conceden
apoyos
financieros
para
I,a
reducción
de
intereses
regulados
por
dicha
Orden
ministerial.
.
1.°
Las
solicitudes
para
ia
obtención
de
los
apoyos
financieros,
contempladas
en
la
Orden
ministerial
de
18
de
marzo
de
1982.
se
formularán
en
instancia
dirigida
al
IMPI
y
ajustada
a
modelo
oficial,
que
serán
presentadas
en
las
oficinas
centrales
del
Insti-
tuto
de
la
Pequefia
y
Media
Empresa
Industrial.
en
la'5
Unidades
Territoriales
y
Oficinas
Provinciales
del
Ministerio
"le
Industria
yEnergía-.
También
podrán
ser
entregadas
en
las
oficinas
de
las
Entida-
des
de
crédito.
concedentes
del
crédito
o
préstamo,
así
corno,
en
su
caso.
en
las
Sociedades
.de
g~an~ía
redpr~ca.
quienes
.las
presentarán
en
las
dependencias
citadas
en
el
parrafo
antsnor.
2.°
El
peticionario
h~rá
constar
si
la
operación
:l.e
crédito
o
préstamo
.sus~eptible
de
acogerse
a
la
reducción
tjl']
intereses
está
ya
concedida,
y
en
su
caso,
formalizada
o
solamente
solici-
tada
y
la
Entidad
financiera
titular
de
la
misma.
3.°
La
documentación
que
deberá
acompañar
a
la
solicitud
sera
la
siguiente:
'
A)
,
Copia
de
la
póliza
de
préstamo
O
de
crédito
suscrita
entre
la
Empresa
beneficiaria
y
la
Entidad
crediticia
prestamista,
si
el
préstamo
estuviera
"formalizado.
Si'
estuviera
concedido
y
no
formalizado.
documento
emitido
por
la
Entidad
financiera
en
que
conste
tal
concesión.
En
caso
de
encontrarse
en
periodo
de
tramitación.
será
nece
soria
la
presentación
de
una
cO:Jie
do
la
solicitud
del
préstamo
o
de
crédito,
debidamente
sellada
por
la.
Entidad
financiera.
Bl
Fotocopia
del
documento
oacional
de
identidad,
copia
au-
torizada
de
la
escritura
de
constitución,
en
el
caso
de
Sociedades,
y
datos
registrales
de
inicripción;
Estatutos
y
datos
reg-istraJes
de
inscripción,
en:
el
caso
du
Cooperativas
y
otras
agrupaciones;.reci~
be
acreditativo
de
hallarse
al
corriente
del
pago
de
la
Licencia
Fiscal
de
la
actividad
o
act,ividades
que
se
ejercen
por
la
Empresa,
último
boletín
de
cotización
al
régimen
de
la
Segundad
Social
de
los
obreros
y
empleadoS'
de
la
Entidad
solicitante
(modelos
T.C. 1y
T.C.
2l.
C)
Anteproyecto
en
el
que
COfLste,
'al
menos,
Memoria
expli-
catlva
y
estudios
de
viabilidad
económico-financiero
de
la
inver~
sión
a
promover.
así
como
las
facturas·
proforma'
o,
en
su
caso,
el
pertin~nte
proyecto.
acreditativo
de
las
inversiones
a
realizar.
D)
Balance
de
situación
y
cuenta
ele
resultados
de
la
Em-
presa.
.
El
Cuando
la
operación
de
crédito
cuente
como
garantia
con
.el
aval
de
una
Sociepad
de
Garantía
Reciproca.
el
solicitante
deberá
,acompañar
certificación
de
la
misma
en
la
que
conste
su
sHuaciónen
cuanto
a.
la
formalización
del
aval
concedido.
4.°
La
inversión
objeto
del
crédito
o
prést,amo
podrá
tener
el
siguiente
destino.
. - ,
-
Renovación:
ampliación.
o
modernización
del
inmovilizado
material.
-
Creación-
de
nueVas
Empr~~as
industriales.
-
Adquisición
de
bIenes
de
equipo
y
maquinaria.
-
Instalaciones.
-
~
-
Obra
civil.
.
-
Red
de
aprovisionamiento
o
distribución
de
servicios
P\1-
blicos.
-
Cadenas
de
comercialización
de.
productos.
-
Elementos
de
transporte.
...-
Infraestructura
de
plantas
y
locales
industriales.
. - y
todas
aquellas-
inversiones
que.
a
juicio
del
Instituto,
_supongan
una
racionalización
de
los
procesos
productivos,
aho-
rro
energético,
innovación
tecnOlógica.
meiora
en
las
estruc-
turas
industriales,
o
supongan
la
creación
'0
mantenimiento
efectivo
de
p~estosde
trabajo
y
fomento
del
proceso
exportador
de
las
pequeñas
y
medianas
Empresas
industriales.
5.°
Los
peticionarios
podrán
ser
requeridos
por
el
Instituto
de
la
Pequeña
y
Mediana
Em¡5resa
Industrial
para
contemplar.
en
~l
plazo
-máximo
de
c:uince
días,
la
documentadó!).
que
el
fnstlt.uto
solicite
en
relación
con,
el
expediente
.
.El
Instit~to
..
~
través
de
sus
servicios
y
de
los
de
las
Dirüc·
Clones
Terntonales
y
Provinciales
del
Ministerio
de
Industrie:
.
y
~~ergía,
podrá
efectuar
previamente
a
la
resolución
de
la
SOhCltud
las
comprobaciones.
e
inspecciones
necesarias
para
E'~
mejor
,?umplimiento
de
las
finalidades
del
.préstamo
y
del
apoyo
fmanciero.
Tal
comprobación
no
será
necesaria
en
caso
de
existir
certi-
ficado
sobre
el
destino
,de
la
inversión,
emitido
por
la
Entidad
con.cedi.:nte
del
préstamo
o
crédito-
o
por
la
Sociedad
dp.
garantía
reCl,proca
que,
en
su
caso,
haya
afianzado
la
operación.
6.0
.Una
vez
acordada
la
concesión
del
apoyo
financiero,
Se
comunIcará
al
solicitante
y a
la
EJ?-tidad
financiera.
concedente
~~~~f~~
,~
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l'
¡-.-¡"
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~_l,\':~;_.
~'
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....
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