Orden SSI/1475/2014, de 29 de julio, por la que se regula, en el ámbito del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, el contenido y procedimiento de suscripción del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria, previsto en el Real Decreto 576/2013, de 26 de julio.

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Agosto de 2014
MarginalBOE-A-2014-8499
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 576/2013, de 26 de julio, por el que se establecen los requisitos básicos del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria a personas que no tengan la condición de aseguradas ni de beneficiarias del Sistema Nacional de Salud y se modifica el Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, por el que se regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud, se aprueba en atención a lo dispuesto en el artículo 3.5 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, que establece que aquellas personas que no tengan la condición de asegurado o beneficiario del Sistema Nacional de Salud, podrán obtener la prestación de la asistencia sanitaria pública a través de la suscripción de un convenio especial, mediante el pago de la contraprestación económica o cuota que en el mismo se establezca.

La disposición adicional segunda del Real Decreto 576/2013, de 26 de julio, habilita a la persona titular del Ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad para regular el contenido y el procedimiento de suscripción del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria que haya de ser suscrito por el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.

En la tramitación de esta norma se ha emitido informe por la Agencia Española de Protección de Datos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 h) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en el artículo 5.b) del Real Decreto 428/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia de Protección de Datos.

En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, dispongo:

Artículo 1 Objeto.

El objeto de esta orden es regular el contenido y el procedimiento de suscripción con el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria, previsto en el Real Decreto 576/2013, de 26 de julio, por el que se establecen los requisitos básicos del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria a personas que no tengan la condición de aseguradas ni de beneficiarias del Sistema Nacional de Salud y se modifica el Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, por el que se regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud.

Artículo 2 Ámbito subjetivo y requisitos para la suscripción del convenio especial de asistencia sanitaria.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7.3 del Real Decreto 576/2013, de 26 de julio, podrán suscribir el convenio especial de prestación de asistencia sanitaria aquellas personas que residan en España y que, no teniendo la condición de aseguradas ni de beneficiarias del Sistema Nacional de Salud conforme a lo dispuesto en los artículos 2 y 3 del Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, reúnan los siguientes requisitos:

  1. Acreditar la residencia efectiva en España durante un período continuado mínimo de un año inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria.

  2. Estar empadronadas, en el momento de presentar la solicitud de suscripción del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria, en Ceuta o Melilla.

  3. No tener acceso a un sistema de protección sanitaria pública por cualquier otro título, ya sea por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR