Resolución de 22 de abril de 1993, de la Dirección General de la Energía, por la que se publican los precios máximos de venta al público de gasolinas y gasóleos, aplicables en el ámbito de la península e islas Baleares a partir del día 27 de abril de 1993.

MarginalBOE-A-1993-10631
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyResolución

Por Orden de 6 de julio de 1990 se aprobó el sistema de precios máximos de venta al público de gasolinas y gasóleos en el ámbito de la península e islas Baleares.

En cumplimiento de lo dispuesto en dicha Orden,

Esta Dirección General de la Energía ha resuelto lo siguiente:

Desde las cero horas del día 27 de abril de 1993, los precios máximos de venta al público en el ámbito de la península e islas Baleares de los productos que a continuación se relacionan, impuestos incluidos, en su caso, serán los siguientes:

  1. Gasolinas auto en estación de servicio o aparato surtidor:

    Pesetas por litro

    Gasolina auto I.O. 97 (súper)101,0

    Gasolina auto I.O. 92 (normal) 97,6

    Gasolina auto I.O. 95 (sin plomo) 98,7

    El precio de las gasolinas auto para las representaciones diplomáticas que, en régimen de reciprocidad, tengan concedida la exención del Impuesto sobre Hidrocarburos, será el que resulte de restar al precio aplicable el tipo del citado impuesto vigente en cada momento.

  2. Gasóleos A y B en estación de servicio o aparato surtidor:

    Pesetas por litro

    Gasóleo A 79,5

    Gasóleo B 49,3

  3. Gasóleo C:

    1. Entregas a granel a consumidores directos de suministros unitarios en...

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