RESOLUCIÓN DE 16 DE ENERO DE 1998, DE LA DIRECCION GENERAL DE LA ENERGIA, POR LA QUE SE HACEN PUBLICOS LOS NUEVOS PRECIOS MAXIMOS DE VENTA, ANTES DE IMPUESTOS, DE LOS GASES LICUADOS DEL PETROLEO.

MarginalBOE-A-1998-1083
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyResolución

modalidad de envasado, establecido en su apartado segundo,

Esta Dirección General de la Energía ha resuelto lo siguiente:

Primero.--Desde las cero horas el día 20 de enero de 1998, el precio máximo de venta, antes de impuestos, de aplicación a los suministros de gases licuados del petróleo envasados (excluidos envases populares), será de 75,53 pesetas/kilogramo.

En el precio máximo calculado para la modalidad de suministro de gases licuados del petróleo envasado suministrado en destino, en el ámbito del archipiélago Canario, está incluido un coste promedio de 6,4 pesetas/kilogramo en concepto de reparto domiciliario de las botellas.

La autoridad competente del Gobierno de la Comunidad Autónoma Canaria podrá establecer recargos por reparto domiciliario superiores o inferiores al promedio establecido en el párrafo anterior, con objeto de diferenciar por zonas dicho concepto y en función, en cualquier caso, de factores específicos locales que justifiquen diferencias en los costes de reparto entre dichas zonas.

Ello siempre hasta un límite máximo de 2,1 pesetas por kilogramo por encima o por debajo del coste promedio establecido.

Segundo.--Los precios máximos establecidos en el apartado primero no incluyen los siguientes impuestos vigentes:

Península e islas...

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