CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 1782/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso.

MarginalBOE-A-2004-17617
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyCorrección

CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 1782/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso.

Advertidos errores en el Real Decreto 1782/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso, publicado en el 'Boletín Oficial del Estado' número 210, de 31 de agosto de 2004, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 30171, segunda columna, en el artículo 20.2, donde dice: '...las operaciones de exportación-expedición e importación/introducción del material...', debe decir: '...las operaciones de exportación-expedición del material...'.

En la página 30182, debe aparecer, antes del anexo I, lo siguiente:

'PRINCIPIOS ADMINISTRATIVOS APLICABLES A LOS ANEXOS I, II Y III

  1. La descripción de un artículo de las listas serefiere tanto al nuevo como al usado.

  2. Cuando la descripción de un material de las listas no contiene calificaciones ni especificaciones, se considera que incluye todas las variables de ese artículo.

    Los títulos de las categorías y subcategorías sólo tienen por objeto facilitar la consulta y no afectan a la interpretación de las definiciones de los artículos.

  3. El objeto de los controles de exportación no deberá invalidarse por la exportación de un material no sometido a control (incluidas las instalaciones) que contenga uno o varios componentes sometidos a control cuando el componente o los componentes constituyan el elemento principal del artículo y sea factible su remoción o su utilización con otros fines.

    Nota: al juzgar si el componente o los componentes sometidos a control ha de considerarse el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR