Resolución de 12 de mayo de 2008, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por doña Maruxa Lema Baleato, contra la nota de calificación del registrador de la propiedad n.º 2, de Vigo, por la que se suspende la inmatriculación de una finca en virtud de escritura pública de compraventa.

MarginalBOE-A-2008-9745
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

En el recurso interpuesto por doña Maruxa Lema Baleato, contra la nota de calificación del Registrador de la Propiedad de Vigo número 2, don Vicente Artime Cot, por la que se suspende la inmatriculación de una finca en virtud de escritura pública de compraventa.

Hechos

I

Mediante escritura otorgada el uno de agosto de dos mil siete, ante el Notario de Vigo, don Gerardo García-Boente Sánchez, bajo el número 1.619 de protocolo, doña Carmen Rodríguez García y su esposo Don Manuel Alonso Rodríguez vendieron a doña Maruxa Lema Baleato una finca rústica no inmatriculada. Dicha escritura fue presentada a inscripción en el Registro de la Propiedad de Vigo número 2 a las once horas treinta minutos del día dieciséis de noviembre de dos mil siete, asiento 1.287 del Diario 98, y fue calificada con la siguiente nota: «Registro de la Propiedad de Vigo número dos. Calificado el precedente documento con arreglo a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Hipotecaria y concordantes de su Reglamento, se califica negativamente en base a los siguientes hechos y fundamentos de derecho: Hechos. Mediante la precedente escritura se pretende la inmatriculación de una finca con la siguiente descripción: «Rústica. Terreno labradío, nombrado Postes o Recare, sito en el Barrio de Recaré, parroquia de Bembrive. Tiene una superficie de mil cuatrocientos cincuenta metros cuadrados. Linda: Norte, camiño de Castiñeira; sur, «Inmobiliaria Recaré, S. A.»; este, herederos de José Costas; oeste, herederos de Manuel González. Es la parcela 241 del polígono 99». Se une certificación catastral descriptiva y gráfica recibida por vía telemática del la Dirección General del Catastro el 31 de julio de 2007, de la que resulta que en dicha dependencia figura los herederos de Ramón Rodríguez Vila como titulares del bien de naturaleza rústica sito en Vigo, Polígono 99, Parcela 241, de la superficie del suelo 1.299 metros cuadrados; y con la referencia catastral: 54057A99002410000AG. Mediante la precedente escritura los esposos doña Carmen Rodríguez García y don Manuel Alonso Rodríguez venden dicha finca a la entidad «Inmobiliaria Recaré, S. A». La finca fue adquirida por los transmitentes en virtud de escritura de aportación a gananciales otorgada ante el Notario de Vigo, don César Cunqueiro González-Seco el 27 de junio de 2007, número 2.845 de protocolo. Fundamentos de Derecho. Artículo 298 del Reglamento Hipotecario: «Con arreglo a lo dispuesto en los artículos 199.b) y 205 de la Ley, la inmatriculación de fincas no inscritas a favor de persona alguna se practicará mediante el título público de...

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