Decreto 214/2013, de 12 de noviembre, por el que se declara el Monasterio de San Isidro de Loriana en el término municipal de Mérida (Badajoz) como bien de interés cultural, con categoría de monumento.

MarginalBOE-A-2014-829
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autónoma de Extremadura
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, recoge como competencia exclusiva en su artículo 9.1.47 la «Cultura en cualquiera de sus manifestaciones», así como el «Patrimonio histórico y cultural de interés para la Comunidad Autónoma».

En desarrollo de esta competencia se dictó la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura que recoge la competencia y el procedimiento para llevar a cabo la declaración de Bien de Interés Cultural de un bien que se entienda entre los más relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. El procedimiento se describe en los artículos 7 y siguientes de la citada Ley.

Con base en la normativa de aplicación en ese momento, particularmente la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español; y el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley citada, se dictó la Resolución de 17 de mayo de 1988, publicada en el DOE N.º 41 de fecha 24 de mayo de 1988, y en el B.O,E. n.º 168 de fecha 14 de julio de 1988 del Excmo. Sr. Consejero de Educación y Cultura por la que se incoa expediente de declaración de Bien de Interés Cultural del Convento Franciscano de San Isidro de Loriana en el término municipal de Mérida (Badajoz), con la categoría de Monumento.

La incoación del expediente fue notificada a los titulares afectados, a los Ayuntamientos de Mérida y Montijo (Pues aunque el bien radica en el término municipal de Mérida, la solicitud fue realizada por ambos ayuntamientos) y al Ministerio de Cultura, para su inscripción provisional en el Registro General de Bienes de Interés Cultural, donde se procedió a practicar anotación preventiva del expediente de declaración, con el n.º A-R-I-51-000005450.

Asimismo en el DOE n.º 7 de fecha 23 de enero de 1990 se publicó la Orden de 9 de enero de 1990 por la que se abría período de información pública.

Se han cumplimentado todos los trámites previstos en los artículos 7 y siguientes de la ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, y se han solicitado los informes de las instituciones consultivas a que se refiere el art. 4.1. de la Ley 2/1999, de 29 de marzo de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.

El Monasterio de San Isidro de Loriana se encuentra en el término municipal de Mérida, aunque muy alejado de la ciudad, más próximo a las localidades de La Roca de la Sierra y Puebla de Obando. La zona a la que nos referimos fue ocupada por los caballeros de la Orden de Santiago en el siglo XIII, fundándose, entre otras, las poblaciones de Puebla de Obando y Puebla de Manzanote (luego Roca de la Sierra).

En el entorno del Monasterio de Loriana se creó con anterioridad, además, el poblado del señorío del mismo nombre. Actualmente de este despoblado apenas quedan restos físicos, localizables en la vega que hay entre el monasterio y el «Cerro del Vidrio».

En el siglo XVI es erigido allí el monasterio franciscano que hoy conocemos aprovechando los restos de una antigua ermita, tal vez visigótica, dedicada a San Isidro. La fundación quedó concluida a mediados de la centuria, siendo inaugurada en 1551.

La construcción principal está resuelta mediante una fábrica de mampostería de piedra a base casi exclusivamente de lanchas de pizarra con refuerzo de sillares graníticos en los lugares habituales, así como el uso de ladrillos en los arcos y otros puntos. El empleo de la pizarra como material autóctono confiere a la edificación unas características singulares especialmente atractivas por resultar una solución poco común.

El monasterio se articula formalmente de acuerdo con el modelo habitual de las fundaciones franciscanas, constituyendo un complejo donde se unifican capilla, claustro, estancias y otras dependencias auxiliares y anejas. El núcleo organizador principal es el claustro, que, como en todos los centros franciscanos, es de muy reducidas proporciones y de gran parquedad constructiva. Consiste en un patio de 5 X 5 metros definido por doce columnas graníticas de orden toscano, de poco más de dos metros de altura, que sirven de sustento a los ocho arcos de medio punto que forman el claustro bajo. Este, con un anchura de 1,5 metros, perimetra el patio, y en el mismo se abren los accesos de comunicación con las demás dependencias conventuales. Las cubiertas de este claustro bajo están resueltas mediante bóvedas de arista muy sencillas. El segundo piso del claustro está formado por una segunda galería, compuesta por igual número de arcos que la inferior, si bien los mismos fueron tapiados en cierto momento, quedando solo, en algunos, pequeñas ventanas para iluminación de las celdas dispuestas aprovechando su corredor. También son visibles algunas cruces pintadas en las paredes del claustro bajo. En el centro del patio aún era visible en 1988 un pozo con brocal cuadrado...

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