Orden ARM/3238/2008, de 5 de noviembre, por la que se modifica la Orden APA/3660/2003, de 22 de diciembre, por la que se regula en España el sistema de localización de buques pesqueros vía satélite y por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición e instalación de los sistemas de localización de buques pesqueros.

Fecha de Entrada en Vigor14 de Noviembre de 2008
MarginalBOE-A-2008-18282
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Rango de LeyOrden

El Reglamento (CEE) 2847/1993 del Consejo, de 12 de octubre de 1993, por el que se establece un régimen de control aplicable a la política pesquera común, estableció un sistema de localización de buques pesqueros por vía satélite, con objeto de mejorar la gestión del esfuerzo pesqueros y la exactitud de los datos sobre el mismo.

Este sistema está regulado en nuestro ordenamiento por la Orden APA/3660/2003, de 22 de diciembre, por la que se regula en España el sistema de localización de buques pesqueros vía satélite y por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición e instalación de los sistemas de localización en los buques pesqueros, la cual fue modificada por la Orden APA/2870/2004, de 26 de agosto, y parcialmente derogada por la Orden APA/1857/2007, de 13 de junio, que dejó sin efecto todo lo establecido en su capítulo II.

Ahora bien, en el campo de las comunicaciones por satélite, se van introduciendo constantemente innovaciones en el sistema con nuevas características y que ofrecen mayores posibilidades de utilidades técnicas.

Innovaciones, que en definitiva suponen, de una parte, facilitar las comunicaciones al permitir que cualquier tipo de transmisión llegue con mayor facilidad y fiabilidad a cualquier parte de la Tierra, y en concreto, al Centro de Seguimiento de Pesca, y por otra, incorporar un nuevo sistema de comunicaciones vía satélite denominado «Iridium», que junto con el vigente de «Inmarsat-C», va a permitir la elección por el usuario de los mismos, siempre y cuando cumplan con sus características técnicas.

Estos cambios requieren establecer un nuevo anexo II en la regulación actual, modificando en consecuencia la Orden APA/3660/2003, de 22 de diciembre.

La presente orden tiene por objeto esencial incorporar la posibilidad de utilizar el sistema «Iridium», y establecer los requisitos, que deberán cumplir los equipos de localización de buques que utilicen dicho sistema «Iridium», así como actualizar los datos que figuran exclusivamente referidos al sistema de localización vigente, el «Inmarsat-C».

En la elaboración de la presente orden ha sido consultado el sector afectado.

En su virtud,

DISPONGO:

Artículo único  Modificación de los anexos 2 y 3 de la Orden APA/3660/2003, de 22 de diciembre por la que se regula en España el sistema de localización de buques pesqueros vía satélite y por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición e instalación de los sistemas de localización en los buques pesqueros.

Los anexos 2 y 3 de la Orden APA/3660/2003, de 22 de diciembre, por la que se regula en España el sistema de localización de buques pesqueros vía satélite y por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición e instalación de los sistemas de localización en los buques pesqueros, se sustituyen por los anexos I y II de esta orden.

Disposición final única  Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 5 de noviembre de 2008.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Elena Espinosa Mangana.

ANEXO I

Modificación del anexo II de la Orden APA/3660/2003, de 22 de diciembre.

ANEXO II

Especificaciones técnicas de los equipos de seguimiento por satélite

I.Introducción

1.1 General.

1. El Reglamento (CEE) 2847/93 del Consejo, de 12 de octubre de 1993, por el que se establece un régimen de control aplicable a la política pesquera común, establece un sistema de seguimiento de buques pesqueros vía satélite. El Reglamento (CE) 2371/2002, de 20 de diciembre del Consejo, Sobre la Conservación y Explotación de los Recursos Pesqueros en virtud de la política pesquera común extiende el sistema a todos los buques pesqueros de eslora superior a 15 metros. Igualmente, el Reglamento (CE)/2003 de la Comisión establece reglas detalladas en relación con los sistemas de localización por satélite.

2. La Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura (DGRPYA en adelante) de la Secretaría General del Mar, del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, tiene la responsabilidad en este asunto, sobre los buques pesqueros españoles.

3. El Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial (INTA), Organismo Autónomo del Ministerio de Defensa ha firmado un convenio de colaboración con la DGRPYA, mediante el cual edita este pliego de especificaciones técnicas que deberán cumplir los equipos a instalar en los buques pesqueros españoles.

1.2 Propósito.

1. Este documento describe los requisitos del Equipo de Localización de Buques (ELB), el cual forma parte de un Sistema de Localización de Buques (SLB) completo formado por dichos ELBs en número variable y un Centro de Seguimiento de Pesca (CSP) situado en Madrid.

2. Los ELBs comunicarán su posición geográfica de manera fiable y segura, manteniendo la confidencialidad de los mensajes frente a terceros.

3. Estos requisitos podrán cambiar para adecuarse a nuevas tecnologías y necesidades.

1.3 Acrónimos y abreviaturas.

Los siguientes acrónimos y abreviaturas han sido utilizados en este documento:

a: actividad requerida.

ca: valor de corriente de la antena requerido.

CIR: Código de Identificación de Red.

CN: Notas de Cambio (Change Notice).

CSP: Centro de Seguimiento de Pesca.

DGRPYA: Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura.

DNID: Identificación de la red de datos (Data Network Identification).

dow: fecha de retirada (date of withdrawal).

ea: estado de la antena requerido.

ELB: Equipo de Localización de Buques.

GPS: Sistema de posicionamiento global (Global Positioning System).

GW: Estación de Tierra (Gateway).

hex: hexadecimal.

IMEI: identificador del equipo (Internacional Mobile Equipment Identifier).

INTA: Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial.

Kbps: Kilobits por segundo.

LES: Estación costera (Land Earth Station).

LSB: Bit Menos Significativo.

MC: Mensaje Codificado.

MEM: Mensaje Macrocodificado.

MCI: Mensaje Codificado de Interrogación.

MO: Mobile Originated.

MSB: Bit Más Significativo.

MT: Mobile Terminated.

p: posición requerida.

r: rumbo requerido.

RMS: Valor eficaz (Root Mean Square).

ROM: Memoria solamente de lectura (Read Only Memory).

SBD: Short Burst Data.

SDM: Manual de definición del sistema Inmarsat (System Definition Manual).

SGDM: Secretaría General del Mar.

SLB: Sistema de Localización de Buques.

t: período activo de emisión de informes de posición.

ti: tiempo inicial del volcado de memoria solicitado.

tf: tiempo final del volcado de memoria solicitado.

Ti: tiempo del dato más antiguo conservado en memoria.

Tf: tiempo del dato más reciente conservado en memoria.

tm: período de muestreo en el volcado de memoria.

tmr: período de muestreo redondeado al múltiplo de 10 minutos más cercano.

UTC: Tiempo Universal Coordinado (Universal Time Coordinated).

v: velocidad requerida.

vn: tensión nominal de alimentación en corriente alterna.

2. Documentos aplicables.

1 Reglamento (CE). 2371/2002 del Consejo de 20 de diciembre de 2002 sobre la conservación y explotación sostenible de los recursos pesqueros en virtud de la política pesquera común.

2 Normativa comunitaria aplicable en relación con las disposiciones de aplicación en lo que respecta a los sistemas de localización de buques vía satélite.

3 Inmarsat-C System Definition Manual (SDM), versión 3.0, CD003, marzo 2002.

4 Iridium SBD DirectIP Socket Connectivity White Paper. Versión 1.02, 23/10/2006.

5 Iridium Satellite Data Services White Paper. Versión 1.0, 02/06/2003.

6 UNE EN 60068-2-6. Ensayos ambientales. Parte 2: Ensayos. Ensayo Fc.: Vibración sinusoidal.

7 UNE EN 60068-2-27. Procedimiento de ensayos ambientales básicos. Parte 2: Ensayos. Ensayo Ea y guía: Choque.

8 UNE EN 60529 Grados de protección proporcionadas por las envolventes (código IP).

8a UNE EN 60068-2-1 Ensayos ambientales. Parte 2: Ensayos. Ensayo A: Frío.

8b UNE EN 60068-2-2 Ensayos ambientales. Parte 2: Ensayos. Ensayo B: calor seco.

9 UNE EN 60068-2-1/A1 y UNE EN 60068-2-1/A2. Ensayos ambientales. Parte 2: Ensayos. Ensayo A: Frío.

10 UNE EN 60068-2-2/A1 y UNE EN 60068-2-2/A2. Ensayos ambientales. Parte 2: Ensayos. Ensayo B: Calor seco.

11 UNE EN 60068-2-78. Ensayos ambientales. Parte 2: Ensayos. Ensayo Cb: Calor húmedo, ensayo continuo, recomendado principalmente para los equipos.

12 UNE EN 60068-2-11. Ensayos ambientales. Parte 2: Ensayos. Ensayo Ka: Niebla salina.

13 UNE EN 60945. Equipos de navegación marítima. Requisitos generales. Métodos de ensayo y resultados requeridos.

14 ANSI X3.92 "American National Standard for Data Encryption Algorithm (DEA)", American National Standards Institute, 1981.

15 ANSI X3.106 "American National Standard for Information Systems –Data Encryption Algorithm –Modes of Operation", American National Standards Institute, 1983.

16 ISO IEC 9594 8/ITU T X.509, "Information Technology Open Systems Interconnection The Directory: Authentication Framework".

17 FIPS PUB 140 1 "Security Requirements for Cryptographic Modules", 1993.

18 "Randomness Recommendations for Security", RFC 1750, Donald Eastlake, Stephen Crocker, Jeffrey Schiller, 1994.

19 "Cryptographic Random Numbers", IEEE P1363 Appendix E, Draft version 1.0, 11, 1995.

20 RFC 1321, "The MD5 Message Digest Algorithm", Ronald Rivest, 1992.

21 UNE-EN 60950-1. Equipos de tecnología de la información. Seguridad. Parte 1: Requisitos generales.

22 EN 60990. Methods of measurement of touch current and...

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