Orden APA/1965/2006, de 9 de junio, por la que se convoca el premio literario «Mujeres del medio rural y pesquero», en su edición 2006.

MarginalBOE-A-2006-11089
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

Orden APA/1965/2006, de 9 de junio, por la que se convoca el premio literario «Mujeres del medio rural y pesquero», en su edición 2006.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 23 que el procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará siempre de oficio, mediante convocatoria pública aprobada por el órgano competente.

La Orden APA/1400/2006, de 21 de abril, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 11 de mayo de 2006, instituye el premio «Mujeres del medio rural y pesquero», y establece sus bases reguladoras. En su artículo 1, señala que con este premio se pretende incentivar la producción literaria de escritores que resalten la relevancia social y humana de las mujeres en el medio rural y pesquero.

De acuerdo con lo anterior, por esta orden se convoca para el año 2006, la primera edición de dicho premio.

En su virtud, dispongo:

Primero. Objeto.-El objeto de esta orden es convocar para el año 2006, en régimen de concurrencia competitiva, el premio literario «Mujeres del medio rural y pesquero».

Segundo. Normativa aplicable.-La convocatoria del premio para el año 2006 se regirá por lo establecido en la Orden APA/1400/2006, de 21 de abril, por la que se instituye y establecen las bases reguladoras del premio literario «Mujeres del medio rural y pesquero», publicada en el «Boletín Oficial del Estado» el 11 de mayo de 2006.

Tercero. Cuantía del premio y financiación.-El importe del premio ascenderá a 15.000 euros, imputado a la aplicación presupuestaria 21.01.411M.227.06 de los Presupuestos Generales del Estado para 2006.

Cuarto. Requisitos exigibles.-Podrán optar al premio los escritores de cualquier nacionalidad, que presenten obras literarias relacionadas con el tema citado en el artículo 1 de la Orden APA/1400/2006, de 21 de abril, y que reúnan los requisitos establecidos en sus artículos 2 y 3.

Quinto. Solicitudes.

  1. Los interesados podrán presentar sus solicitudes hasta el 11 de septiembre, incluido, de 2006.

  2. Las dirigirán a la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y las presentarán en el Registro General del departamento, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según el modelo que se adjunta, debidamente cumplimentadas.

    Las solicitudes se acompañarán de los documentos señalados en el artículo 3...

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