Orden de 30 de julio de 1982 sobre limitación de acceso a la información contenida en las bases de datos fiscales.
Marginal | BOE-A-1982-20435 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Hacienda |
Rango de Ley | Orden |
La aplicación del
La entrada en funcionamiento de dicho sistema, determina la posibilidad de integración de la información a efectos fiscales y su accesibilidad simultánea e instantánea por los posibles diversos usuarios de las Bases de Datos.
Tan amplio y poderoso instrumento de gestión informatizada exige su oportuna regulación a efectos de mantener la adecuada confidencialidad de los datos fiscales y su utilización a los solos efectos previstos en la normativa vigente.
A fin de asegurar en todo caso el cumplimiento del mandato constitucional contenido en el artículo 18.4 de la Constitución que establece que
En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Primero.- Toda la información contenida en las Bases de Datos del Ministerio de Hacienda, archivos magnéticos del Centro de Proceso de Datos, Centros Regionales de Informática y Dependencia y Secciones de Informática de las Delegaciones y Administraciones de Hacienda, derivada de declaraciones, actas, actuaciones de investigación, expedientes, denuncias y, en general, de cualquier clase de documentos, sea ésta personal, económica o estrictamente fiscal, tanto si afecta a personas físicas o jurídicas, será de uso exclusivamente reservado para el cumplimiento de los fines que el ordenamiento jurídico encomienda al Ministerio de Hacienda.
El acceso y utilización de esta información queda limitada, de acuerdo con los criterios que se establecen en la presente Orden, por el puesto de trabajo, función dsempeñada y funcionario que realiza ésta.
Segundo.- El acceso a las Bases de Datos y las correspondientes transacciones exigirán que en el usuario se den Las circuntancias acumuladas que se derivan de la aplicación de los criterios de función, funcionario y perfil.
A tales efectos, la lógica del sistema establecerá en la estructura de la Base de Datos los segmentos función, funcionario y perfil.
al El segmento función identificará una Dependencia o conjunto de actividades administrativas perfectamente identificadas (Intervención, Inspección, etc . ) y su misión será agrupar a todos los funcionarios que tengan acceso al sistema y estén adscritos a esa Dependencia o conjunto de actividades así como aquellos otros que por razón de su cargo deban estarlo.
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El segmento funcionario...
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