Ley 79/1980, de 24 de Diciembre, sobre la Formula para jurar la Bandera de España.
Fecha de Entrada en Vigor | 5 de Febrero de 1981 |
Marginal | BOE-A-1981-937 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Jefatura del estado |
Rango de Ley | Ley |
DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:
Para Jurar la Bandera de España se empleará la fórmula siguiente:
¡Soldados! ¿Juráis por Dios o por vuestro honor y prometéis a España, besando con unción su Bandera, obedecer y respetar al Rey y a vuestros Jefes, no abandonarles nunca y derramar, si es preciso, en defensa de la soberanía e independencia de la Patria, de su unidad e integridad territorial y del ordenamiento constitucional, hasta la última gota de vuestra sangre?
Los soldados contestarán: «¡Sí, lo juramos!»
El que tomó el juramento replicará: «Si así lo hacéis, la Patria os lo agradecerá, y premiará, y si no, mereceréis su desprecio y su castigo, como indignos hilos de ella», y añadirá: «¡Soldados!, ¡Viva España! y ¡Viva el Rey!», que serán contestados con los correspondientes «¡Viva!».
En la fórmula del juramento, la expresión «Soldados» podrá ser sustituida por la que convenga, de conformidad con la condición militar de los que juran.
Por tanto,
Mando a todos los españoles particulares y autoridades que guarden y hagan guardar esta Ley.
Palacio Real, de Madrid, a veinticuatro de diciembre de mil novecientos ochenta.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
ADOLfO SUÁREZ GONZÁLEZ
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