Resolución de 25 de agosto de 2011, de la Universidad de La Laguna, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

MarginalBOE-A-2011-15398
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorUniversidades
Rango de LeyResolución

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre, de Universidades (en lo sucesivo LOU), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (en adelante, LOMLOU), en el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, el Decreto 89/2004, de 6 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de La Laguna y la Resolución de 3 de febrero de 2009, por la que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de los Concursos de Acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de La Laguna, acordado en la sesión del Consejo de Gobierno de 29 de enero de 2009 y publicado en el BOC número 031 de lunes 16 de febrero de 2009, modificado por Resolución de 20 de mayo de 2010 (B.O.C número 104 de viernes 28 de mayo de 2010).

Este Rectorado, en el uso de las atribuciones que le confiere el artículo 20 de la LOU y el artículo 167 de los Estatutos de la Universidad de La Laguna, ha resuelto convocar a concurso de acceso las plazas que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución, y con sujeción a las siguientes

Bases

  1. Normas generales

    Este concurso se regirá por lo dispuesto en la LOU, en la LOMLOU, en el R.D. 1313/2007, en los Estatutos de la Universidad de La Laguna, el Reglamento de Desarrollo de los Concursos de Acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de La Laguna, aprobado por Resolución de la Universidad de La Laguna de fecha 3 de febrero de 2009 (B.O.C. número 031 de lunes 16 de febrero) modificado por Resolución de 20 de mayo de 2010 (B.O.C número 104 de viernes 28 de mayo de 2010) y por la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público, así como por las presentes bases y, con carácter supletorio, por lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común (en lo sucesivo LRJAP/PAC) y en la legislación general de funcionarios civiles del Estado.

  2. Requisitos de los candidatos

    Para participar en el presente concurso se requieren los siguientes requisitos:

    2.1 Requisitos generales.

    1. Nacionalidad: Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

      No obstante, podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión europea y de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

      Igualmente podrán participar los aspirantes de nacionalidad extrajera no comunitaria cuando, en el Estado de su nacionalidad, a los españoles se les reconozca aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los funcionarios de los cuerpos docentes universitarios españoles, a cuyo efecto el Consejo de Universidades recabará informe de los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Administraciones Públicas.

      En el momento de presentación de la solicitud de participación deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de parentesco y el de vivir a expensas, conforme a la previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.

      La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, se realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país de origen y traducidos al español, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo del concurso y cuyo conocimiento será exigible a todos los participantes.

    2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

    3. Edad. Tener cumplidos dieciséis años y no haber superado los 70.

    4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

    5. Poseer la titulación exigida.

      2.2 Requisitos específicos.

      Los candidatos deberán cumplir los requisitos conforme a lo establecido en el artículo 4 de Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios.

      Los requisitos enumerados en la presente base deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

  3. Solicitudes

    3.1 Quienes deseen tomar parte en los concursos de acceso, remitirán la correspondiente solicitud al Rector de la Universidad de La Laguna, según el modelo establecido en el Anexo II, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley LRJAP/PAC, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOE, junto con los siguientes documentos:

    1. Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.

    2. Certificación compulsada en la que se acredite el cumplimiento del requisito específico establecido en la base Segunda 2.2.

    3. Fotocopia compulsada del Título de Doctor.

    3.2 Derechos de examen.

    Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de la Laguna la cantidad de 19,36 € en concepto de derechos de examen. El ingreso o transferencia bancaria deberá ser efectuado en la cuenta corriente n.º 20650067682904000069 de Caja Canarias. A la solicitud deberá adjuntarse el justificante original acreditativo del ingreso por el citado concepto. La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias no es subsanable, lo cual determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso, la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

    Para la compulsa de la documentación, a la que se refiere la base Tercera 3.1 b) y c), se deberá abonar la cantidad de 2,46 € en concepto de tasas. El ingreso o transferencia bancaria deberá ser efectuado en la cuenta corriente número 20650067632904000165 de Caja Canarias. Se habrá de rellenar un recibo de ingreso por compulsa.

    No obstante, la acreditación de las condiciones generales exigidas por la legislación vigente para el acceso a la Función Pública, se realizará por los concursantes propuestos para la provisión de las respectivas plazas antes de su nombramiento.

  4. Admisión de aspirantes

    4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de La Laguna dictará, en el plazo máximo de diez días, una Resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos con indicación de las causas de exclusión. Dicha Resolución se publicará en el tablón de anuncios del Rectorado. (Calle Molinos de Agua, s/n, 38071- La Laguna, Tenerife) así como en la Web de la Universidad de La Laguna (http://www.ull.es/portal/viewcategory.aspx?code=86e).

    Contra dicha Resolución, los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo de diez días, a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio, o bien subsanar, en el mismo plazo, el defecto que motivó la exclusión.

    4.2 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará Resolución aprobando la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos, que se publicará en la forma anteriormente establecida. Contra la Resolución por la que se publican las listas de admitidos, que pone...

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