RESOLUCIÓN de 23 de junio de 1998, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se crean las Oficinas de Comunicación con los Juzgados y Tribunales de Justicia en el ámbito de las Delegaciones de la Agencia y se regula su funcionamiento.

MarginalBOE-A-1998-20314
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 23 de junio de 1998, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se crean las Oficinas de Comunicación con los Juzgados y Tribunales de Justicia en el ámbito de las Delegaciones de la Agencia y se regula su funcionamiento.

Actualmente las peticiones de datos tributarios procedentes de Juzgados y Tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal presentan tal volumen y dispersión territorial que obligan a la Agencia Estatal de Administración Tributaria a organizar unos órganos específicos que centralicen de una manera eficaz y ágil la gestión de la recepción y contestación de dichas comunicaciones.

Con ese fin, y aprovechando la estructura territorial de la Agencia Estatal de AdministraciónTributaria, se crea dentro de cada Delegación de la Agencia, y en su defecto de cada Delegación Especial, un órgano administrativo que asume la competencia de la tramitación y contestación de estos asuntos.

No obstante, teniendo en cuenta la existencia de un determinado tipo de peticiones de especial trascendencia, se considera conveniente que el Gabinete Técnico de la Agencia mantenga la competencia para tramitar y contestar aquellas peticiones que proceden de órganos jurisdiccionales y Fiscalías con competencia en todo el territorio nacional.

Para unificar la actuación ordinaria de dichos órganos también resulta conveniente que se dicten las correspondientes instrucciones por el Director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que es el órgano responsable de los ficheros automatizados de la Agencia (artículo 7 de la Orden de 27 de julio de 1994) y a quien compete el funcionamiento regular de los órganos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, según establece el artículo 103.tres.3 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre.

En este sentido, y dado que la disposición decimoquinta de la Orden de 2 de junio de 1994 habilita al Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria para dictar resoluciones normativas por las que se estructuren y atribuyan competencias a los órganos de las Delegaciones Especiales y Delegaciones de la Agencia y, en general, para que se estructuren y atribuyan competencias a las unidades inferiores a Subdirección General y a las propias Subdirecciones, he estimado conveniente disponer lo siguiente:

Primero. Oficinas de Comunicación con los Juzgados y Tribunales de Justicia.

Se crea en cada Delegación de la Agencia una Oficina de Comunicación con los Juzgados y Tribunales de Justicia, a la que corresponderá la tramitación y contestación de las peticiones de datos, informes o antecedentes que obren en poder de la Agencia Estatal de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR