Resolución de 26 de septiembre de 1983, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se delega en los Jefes de Comandancias de dicho Cuerpo la expedición de guías de pertenencia tipo E de las armas pertenecientes al personal de Policía de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales.

MarginalBOE-A-1983-26851
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyResolución
27502
10·
ortubre
1983
BOE.~Núm.
242
2.
Procedimiento.
El
dispositivo
puede
ocupar
todas
las
posiciones
por
debajo
del
nivel
del
tablero
de
bordo
que
respondan
a
las
siguientes
condiciones:
2.1
El
plano
XX'
debe
quedar
paraleb
al
plano
longitudinal
medio
del
vehiculo.
2.2
El
eje
X
se
puede
inclinar
a
una
y
otra
parte
de
la
h04
t'izontal
según
un
ángulo
limitado
a
300.
3.
Para
realiz~
este
ensayo
se
deben
quitar
todos los
mate·
rlales
de
dureza
inferior
a
50
shore
A
..
Lo
que
se
hace
público
para
conocimiento
g,eneral.
Madrid,
27
de
septiembre
de
1983.-EI
Secretario
general
Téc-
~ico,
Ramón
Villanuava
Etcheverrfa.
Ilmo.
Sr.
Subsecretario.
BOVER
SALVADOR
y
para
los
que
no
signifiquen
proyectos
informáticos
generales
o a
largo
plazo,
que
estará
constituida
por:
Presidente,
el
Se~
cretario
general
Técnico;
Vocales.
un
representante
por
cada
una
de
las
Secretarías
de
Estado
y
otro
por
la
Subsecretaria
del
Ministerio,
el
Director
del
Centro
de
Proceso
de
Datos,
el
Director
del
Centro
Informático
del
Presupuesto
yel
Plan,
el
Subdirector
general
de
Informática
Comercial.
el
Subdirector
del.
Centro
Informatico
Contable,
el
Subdirector
general
de
Proceso
de
Dato.,
del
Instituto
Nacional
de
Estadistica
y
el
Sub-
director
general
de
Planificación
Informá.tíca
Aduanera,
así
como
los
demás
Directores
de
Centros
de
Informática
del
Mi-
nisterio
que
se
considere
conveniente
designar
por
el
Presidente
de
la
ComiGi6n.
Será
Secretario
el
mismo
funcionario
designado
como
Secretario
del
Pleno.
Cuarto.-En
el
~eno
de
la
Comisión
podrán
constituirse
Gru~
pos
de
Trabajo
para
el
estudio
de
materias
específicas,
que
se-
rán
presididos
por
la
persona
más
idónea
a
juicio
del
Presi-
dente
de
la
Comisión
{en Pleno).
Quinto.-:-Cuando-la
indole
de
los
asuntos
a
t'ratar
así
lo
acon-
seje
podrán
ser
convocados,
a
las
reuniones
de
la
Comisión
(Pleno
o
Permanente)
o
de
los
Grupos
de
Trabaio
representan-
tes
de
otros
Organismos
del
Ministerio
oespecialist8.t>
de
las
materias
específicas.
Sexto.-La
a:;istoncia
a
las
reuniones
de
la
ComisiÓn
de
Infor-
mática
del
Df'part8m,~l"'to
(Pleno
o
Permanente)
dará
derecho,
en
su
caso,
a
percibir
las
dietas
previ6tas
al
efecto
por
las
dis-
posiciones
vigentes.
Séptimo.-Esta
Orden
entn;¡,rá
en
vigor
al
dia
siguiente
de
su
publicación
en·
el
~Boletin
Oficial
del
Estado-.
Lo
que
comunico
a
V.
J.
para
su
conocimiento
y
efectos.
Dios
guarde
a
V,
r.
muchos
años.
Madrid,
16
de
septiemhre
de
1983.
MINISTERIO
ECONOMIA yHACIENDA
DE
CORRECC10N
de
errores
del
Real
Decreto
2581/1983,
de
28
de
iuLio,
por
el
que
se
revisan
las
bonifica-
cionesexistentes
en
el
Impuesto
de
Compensadón
de
Gravámenes
Interiores
a
la
importación
de
de-
terminadas
mercancías.
Advertido
error
en
el
texto
remitido
para
su
publicación
del
mencionado
Real
Decreto,
inserto
en
el
.Boletín
Oficial
del
Estado~
número
237,
de
fecha
4
de
octubre
de
1983,
a
continua-o
ción
se
formula
la
oportuna
rectificación:
-
En
la
página
36915,
segunda
columna,
art.ículo
5,°.
del.
Real
Decreto
segunda
y
tercera
lineas
donde
dICe:
.apI¡caclón
a
las
impo"rtaciones
que
se
realicen'
a
partir
.de
15
de
julio
d.e
1983~,
debe
decir:
.aplicación
a
las
importaciOnes
que
Se
realI-
cen
a
partir
del
25
de
octubre
de
1983~.
26849
26850
ORDEN
de
16
de
septiembre
de
1983
por
la
que
se
crea
la
Comisión
de
Informática
del
Departamento
Ilustrísimo
señor:
MINISTERIO
DEL
INTERIOR
26851
La
coordinación
de
los
Servicios
Informáticos
del
Ministerio
de
Economía
y
Hacienda,
.neado
por
Real
Decreto·ley
22/1982.
de 7
de
diciembre,
obliga
a
organizar
la
Comisión
de
Informá-
tica
de
este
Departamento
para
la
plena
e
inmediata
operativi-
dad
de
sus
cómpetencias,
recogiendo
las
torrespondientes
a
las
anteriores
Comisiones
de
Informática
de
los
Ministerios
de
Eco-
nomía
y
Comercio
y
de
Hacienda.
En
su
virtud,
este
Ministerio,
con
la
aprobación
de
la
Presi-
dencia
del
Gobierno,
ha
tenido
a
bien
disponer:
Primaro.-Se
crea
la
Comisión
de
Informática
del
Ministerío
de
Economía
y
Hacienda,
que
tendrá
[as
siguientes
funciones:
al
Coordinar
los
Serv,icios
de
Informática
del
Ministerio
y
de
sus
Organismos
autónomos,
sin
perjuicio
de
su
autonomía
funcional
en
razón
a
la
específica
naturaleza
de
su
gestión.
bJ
Informar
'el
programa
de
inve'rsíónes
necesario
para
la
adquisición
o
contratación
de
equipos
y
servicios.
el
Aprobar
la
viabilidad
y
oportunidad
de
los
proyectos
y
expedientes
para
la
contratación
de
equipos
y
sistemas
para
el
tratamiento
de
la
información
y
de
[06
servicios
conexos
con
los
mismos,
para
su
remisión
a
la
Comisión
Interministerial
de
Adquisición
de
Bienes
y
Servicios
Informá.ticos.
d)
Servir
de
órgano
de
enlace
con
la
Comisión
Interministe-
rial
de
Adquisición
de
Bienes
y
Servicios
Informáticos
y
con
las
Subdirecciones
Generales
de
Politica
Informática
y
de
Si6-
temas
Informáticos
del
Ministerio
de
la
Presidencia.
Segundo.-La
Comisión
en
Pleno
estará
constituida
por:
El
Subsecretaría
de
Economía
y
Hacienda,
como
Presidente,
el Se-
creta,do
general
Técnico,
como
Vicepresidente,
y,
como
Vocales,
un
má.ximo
de
tres
representantes
por
cada
una
de
las
Secre-
tarias
de
E6tado
y
de
una.
por
la
Subsecretaría
del
Ministerio,
s
nivel
de
Dírector
general;
el
Director
del
Centro
de
Proceso
de
Datos;
el
Director
del
Centro
Informático
del
Presupuesto
yel
Plan;
el
Subdírector
general
de
Informática
Comercial
de
la
Secretaria
General
de
Comercio;
el
Subdirector
del
Centro
Informático
Contable
de
la
Dirección
Generat
del
Tesoro
y
Po-'
lítica
Financiera;
el
Subdirector
general
de
Proceso
de
Datos
del
Instituto
Nacional
de,
Estadística
y
el
Subdir.ector
general
de
Aduanas
e
Impuestos
Espeeiale9,
así
como
los
demás
Direc-
tores
de
Centros
de
Informátíca
del
Minist'erio
que
se
considere
conveniente
designar
por
el
Presidente
de
la
Comísión.
Actuará
de
Secretarío
el
funcionario
del
Ministerio
que
sea
nombrado
como
tal
por
el
Subsecretario
de
Econom(a
y
Hacienda
entre
los
Jefes.
de
Servicio
dependientes
de
la.
propia.
Subsecretaria.
Tercero.-Para
una
mayor
agilidad
y
eficacia
de
los
Servicios
Informáticos
del
Mínisterio
existirá
una
Comisión
Permanente,
deiegada
del
Pleno,
para
la
resoluciÓn
de
los
asunt06
de
trámite
RESOLucrON
de
26
de
septiembre
de
1983,
de
la
Direc-c:ón
General
de
la
Guardia
Civil,
por
la
que
se
delega
en los Jefes
de
Comandan.cia
de
dicho
Cuérpo
la
expedición
de
guías
de
pertenencia
tipo
E
de
las
armas
pertenecientes
al
personal
de
Policía
da
las
Comunidades
Au·tónomas
yde las
Entidades
Locales
..
En
uso
de
las
facu
'tades
conferidas
por
el
número
5
del
artículo
22
de
la Lev
de
Régimen
Juridico
de
11{
Administra~
ción
del
Estado.
previa
aprobación
del
excelenlisimo
señor
Mi-
nistro
del
Departr.mento,
esta
Dirección
General
ha
tenido
a
bien
disponer:
Primero.-Se
delega
en
los
Jefes
de
Comandancia
de
la
Guardia
Civil
las
funciones
previstas
en
el
artículo
tercero
del
Real
Decreto
740/1983,
de
30
de
marzo,
relativo
a
expedíción
de
guías
de
pert.enencia
tipo
E
de
las
armas
cortas
reglamen.
tarias
o
particulares
de
la
segunda
categoría
al
¡:ersonal
de
Policía
de
las
Comunidades
Autónomas
y
de
las
Entidades
Locales.
Segundo.-En
el
plazo
de
tres
rr:eses,
contados
desde
la
apro-
bación
de
los
modelos
de
las
guías
de
pertenencia,
tipo
E,
serán
canjeadas
las
actuales
por
los nuevo.s
modelos.
Tercero.-Los
Jefes
de
Comandancia
remitirán
a18
Dirección
Genoral
-Intervención
Central
de
Armas
y
Explosivos-
un
cuerpo
correspondiente
a
las
guias
que
se
expidan.
'"
Cuarto,-En
todo
momento,
esta
Dirección
General
bodrá
recabar
el oonocimientci y
resolución
de
est.os
documentos
y
expedientes
objeto
de
delegación,
cualquiera
que
sea
el
estado
de
su
tramitación.
QUínto.-EI
ejercicio
de
las
atribuciones
delegadas
en
virtud
de
esta
Resolución
se
ajustará
So
lo
dispuesto
en
los
artículos
22,
32.2 Y36.3
de
la
Ley
de
Régimen
Jurídico
de
la
Administración
del
Estado
y
93.4
Y
118
de
la
Ley
de
Procedimiento
Adminis~
tratívo.
Sexto.-La
presente
Resolución
comenzará
a
regir
el
'día
si-
guiente
al
su
publicación
en
el
.Boletín
Oficial
del
Estado,,:,
Lo
comunico
a.
VV.
SS.
para,
conocimiento
y
efectos.
Dios
guarde
a
VV.
SS.
Madrid,
26
de
septiembre
de
1983.-El
Teniente
General,
Di-
rector
general,
José
Luis
Aramburu
Topete.
Sres.
Tenientes
Coroneles
Jefes
de
Comandanclas.

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