DECRETO 345/2004, de 18 de mayo, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de Jardín Histórico, el Parque de Las Delicias de Arjona en Sevilla.

MarginalBOE-A-2004-13993
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autonóma de Andalucia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 345/2004, de 18 de mayo, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de Jardín Histórico, el Parque de Las Delicias de Arjona en Sevilla.

  1. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 12.3 refiriéndose a los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, establece entre ellos, el de afianzar la conciencia de identidad andaluza,a través de la investigación, difusión y conocimiento de los valores históricos, culturales y lingüísticos del pueblo andaluz en toda su riqueza y variedad, atribuyendo a la misma, en el artículo 13.27, la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, y el artículo 6.a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como organismos competentes para la ejecución de la ley los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico.

    Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativo del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del patrimonio histórico andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la titular de la Consejería de Cultura el órgano encargado de proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha declaración.

  2. La creación del Parque de las Delicias de Arjona, también conocido como los Jardines de las Delicias de Arjona responde a uno de los primeros intentos de ajardinamiento que remodeló y amplió el plano de la ciudad ya desde el siglo XVIII.

    La fase de mayor importancia con respecto a la configuración de la fisonomía que presenta en la actualidad se debe a la intervención en la zona que procuró el Asistente Arjona en 1825. Gracias a esta intervención se crearon las principales trazas del jardín romántico tal como hoy lo conocemos, dotándose al recinto de unos dispositivos de riego que fueron calificados en la época de muy novedosos y de gran interés tecnológico por incorporar una máquina de vapor para el bombeo del agua. Otro período a destacar en la creación de estos jardines se produjo con la incorporación de los bienes muebles procedentes del Palacio Arzobispal de Umbrete que, desmontados tras el incendio que asoló este inmueble en 1762, fueron utilizados primero para ornamentar la Plaza del Museo de Sevilla. En 1864 su incorporación a este jardín supone la presencia del arte rococó italiano, de tradición clasicista y temática pagana. Las esculturas se situaron sobre pedestales realizados por Cayetano de Acosta, también de estilo rococó.

    Como fase definitiva en la ordenación espacial del jardín es preciso destacar el momento en el que se incorporó el total de su planta al recinto de la Exposición Iberoamericana de 1929. Ello supuso una remodelación considerable en la ordenación espacial de alguna de sus partes y una alteración importante de otras. La vinculación con este evento fue también la causa por la que se produce un incremento patrimonial en el recinto, en el que se levantaron inmuebles pertenecientes al marco del regionalismo y el historicismo de tradición colonial, consiguiendo unas características de unidad estilística e histórica en su arquitectura que homogeneiza el sector a ambos lados de la Avenida de la Palmera.

    Los Jardines de las Delicias de Arjona tienen una estrecha relación medioambiental y paisajística con su propio entorno desde la apertura del Parque de la Infanta María Luisa como espacio público, tanto por su proximidad como por la semejanza de especies botánicas que conservan.

    En estos jardines existen importantes ejemplos de especies americanas ya que, en su origen, sirvió como muestrario y recinto para su cultivo.

  3. La Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Cultura, por Resolución de 30 de octubre de 1980 (publicada en B.O.E el 27/12/80), incoó expediente de declaración de jardín histórico a favor del Parque de las Delicias, en Sevilla, según la Ley de 13 de mayo de 1933 sobre defensa, conservación y acrecentamiento del patrimonio histórico-artístico nacional, siguiendo su tramitación según lo previsto en dicha Ley, en el Decreto de 16 de abril de 1936, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley del Tesoro Artístico Nacional, así como en el Decreto de 22 de julio de 1958, por el que se crea la categoría...

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