Decreto 1310/1973, de 22 de junio, por el que se adjudica la concesión administrativa para la construcción, conservación y explotación del itinerario Zaragoza-Mediterráneo de la autopista de peaje del Ebro.

MarginalBOE-A-1973-41484
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Obras Publicas
Rango de LeyDecreto
12868
25
lunlot97;t
B.
Ú.
ílel
E.-NulI1.
151
Nümero
de
orden
162
Corporación
zarza
de
AIanga
.
Entidad
Local
Menor.
Enterrias
.
Entidad
Local
Menor.
Valdivía
<0
••
<0
••••••
s
Habilitada
Habilitada
2,"
.
Clase
7,"
Grado
lB
.Observacion~3-
Observaciones:
(ll
Abreviatur8iS:
S-Sec1:'etllría.rlntervt!nción4eF{)ndo_!:>~
Dp'~"Oeposi~
lie Fondos. D. B.·Dir.ectQr
de
B4-nda
de
Música.
O.
M.-Oficíal.Maycr,-(2l
Con-efe9!osdel
d,e;enEl!t()del$7l¡¿-:(3l:~gru~H}nACedera~OreU~~
de
la
Sierra
u
Orella~
nita
-(4)
Con
efectos
de
21
juliQ
de
1972
.
.,....:(5).
Elattualt1t~lar
Cf?~rv.,,'el-grado
19,--:·(6) _
El
act\¡&l
titul~
conserva
el
grado
17.-':(7) El
actual
titular
cansena.el
grado;
11{.~(8l~pac1?nAlpi,cen~~-
,ElaetUal_tltular
.conserv~
el
grado
15
-(lO)
Agrupación
TamU:tejp~~temo.~Un
.•
Elaetual,tit~COll$&rva,:j!ll
Agrupación
Cotdobllla
de
Lácara<:ar->
m~nita..-{l3)
Cambio
de
capitllUdad
dQl,,:qruJn\ción.:-H"J·.4gI'llpaci(m:'C~':de?el~~:E:Qtrf~J!alo.rH5}
Al
titular
nombrado
en
el
concurso
en
trámite
co:rresportdeelBJ1'do
16.-(l6lAg1'lJ.Ptl~i9n
V~~;d81as~QU'~s-H{g\1ere:.de.I;leren~.-f1'7)
El
actu~1
titular
conserva
el
grado
20.---UfP
Agrupact6;n
'Pueblada
'14Reina-Palom,e.s>7~18)~paCl~n
Sancti~Splntua-Rlsco.-(~!
Al
ti-
tular
nombrado
en
el
concurso
en
tramitaC-ióncorreaponde.
el
grado
15.-:-(2l)
Agru~cl6Ji'trujm.anos:.san
Pedro
Menda.
MINISTERIO
DE OBRAS PUBLICAS
DECRETO
131011973,
tie
22
de
junio,
por
lll"
que
se
adjudica
la
conceswnadministrativa
para
ki
construcción
conservación,
y
explotación
del
iti~
nerario
Zaragoza-Mediterráneo
de
la
autopista
de
peaje
del
Ebro,
La
base
octava
de
las
que
rigieron
el
concurso
para
la
construcción,
conservación
y
explotación
del
itinerario
Zara';'
goza-Mediterráneo
de
la
alJtopista
:depeajedel
Ebro.
aprobadas
por·
Orden
del
Ministerio
de
Obras
...
Públicas
deVEiintiocho.
€.le
febrero
de
mil
nOvecientos
seténta
y
<:tres.>
las
proposiciones
definitivamerlte
admitidas
en el
conc-ursoserian
estudiadas
por
una
Comisión.
integradSporrepreSf;lnta,ntes
de
este
Departamento
y
del~de·.
HaCiendá
,tenor·
de
10
dispuesto
en
la·
cláusula
doce. dttl. 'Pliego
de
·c:láusula:s
generales
para
la
construcción,
conservac~n.y.
explotáción·dl;j·a\ltClpisia,S
en
régimen
de
concesión,
aprobé.4o.
por
....
J:lécreto
doscientos
quince/mil
novecientos
setenta
..
'1.
·tres;
-deveintic;in-co
de
,ener(),
habría
de
calificar
la.,oferta.
más
ventajosa
en
un
plaZo
de
tres
meses,
prorrogable
por
otndgual.
Esta
Comisión,
previo
estudio
de
las
proposiciones·
presen-
tadas.
ha
procedido
a
calificar
laofertalllas;.
veJ1'tajo&a.
En
su
virtud,
de
conformidad
con el. infúrme
un:á.nimélnente
emitido
por
la
citada
Comisión.
&
Jlilvista-d~·.·la3
proposiciones
presentadas,
y
de
acuerdo
con
lo
establecidí):.en
el.
artículo
sép.;,
timo
de
la
Ley
ocho/mil
..
novacientcs
.
~t~nta.
y
dos,
de
diez
,
mayo.
y
en
la
'clá.usula
docedeLpliego,decláw,n.ll~$generale·s
para
la
construcción,
conservacióóy
..
e;lfplot~ción
de
autopistas
en
régimen
de
concesión,
a
propuesta
del
'~inistrode
Obras
Públicas
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
sy
reunión
del
día
veintidós
de
jUlü6
de
mil
novecientos
setenta
y
tres,
DISPONGO,
Artículo
primero.-Se
adjudica
,la.
concesión
administrativa
para
la
construcción.
conservac1óny·
,e.xp.19,tapi6n -del
itinerario
Zaragoza-Mediterráneo
de
la
autopistadepe~je
del
Ebro
a
los
solicitantes
.Autopü;;tas,
CQncesionaria:
Españ<11a, .S. .J\..»;
....
Unión
Industrial
Bancaria,
S.
A.~,
y
-Liga
Financiera,
S.A.~.
Artículo
segundo.-En
el
pla2:0de
dQSmé~es.
contados
a
par~
Ur
de
la
publicación
en
el
«BoleUnOficial,
d~l:E:stad()~deeste
Decreto,
los
adjudicatarios
procédSnín
a
l~.constitución
en
far"
ma
~egal
de
la
Soc1edadconceSi(Jnaria"de:a'~ueroo
,ron
el
PrQ'-
yecto
de
estatutos
present&doy<
ateniénd-o~e'e.n.
todo·
casp
'.1{)'
que
al
respecto
se
establece,
.·.en·.eltituloPrlnwrodel
pliego
de
cláusulas
particulares,
apro~o
pOr
Ord~n
del
MinisteIj,o
~e
Obras
Públicas
de
veintiocho
de
feb.rero
d~
setenta
y
tres,
y
en
la
secció~
segunda
"del
capUulo
IU
del
pliego
de
cláusulas
generales
para
la
cons'trucción,
(:onserva~
ción
y
explotación
de
autopistas
en
régjmende
Concesión.
Artículo
teroero.-En
el
plazo
de
cuatro
:mesas,.
conta?os
.a
partir
de
la
fecha
de
publicación
dees'te-nfOCreto
en
el
..
Bole-
tín
Oficial
del'
Estado»,
se
procederás
1$
.fotJl'H~liza:ci6n
·del.
con.
trato
entre
la
representación
legal
de
}-aSocit'(lad
concesiona-
ria
y
la
del
Estad-o
mediante'
escritura
,plÍblka,
.
que
habrá
de
otorgarse
ante
el
Notario
que
designeél'llustre
Colegio
Nota-
rial
de
Madrid.
Artículo
cuarto.-Previamente,.
al
oto-r~tni(mto
del
'-contra-t()
aqUe
se
alude
en
el
artículo
antmior.laSOciedaQ
ccmcesionar'ia
deberá
constituir
fianza
correspondiente
ala·
fase
de
construe-
clón
del
tranlo
Medlterráneo-Soses
por
valor
de
trescientos
cin-
cuen
tamWones
de
:pasetasy.
con
anterioridad
al
comienzo
de
las
obr~srelativasal',tramo
Soses-Alfajarfn.
la
Sociedad
conce-
,Iion$ril:!. .dElbe,fá
conlitituir
la.'
fianza.
de
construcción
de
este
segurtdo
tr'$JllI'
pnr
un,v8~or
dedoscie-ntos
ochenta
y
cinco
mi-
llones
.de,~setas.
Articuloquin'to.-:-Se,'I1Prue-ban
las
modificaciones
y
adiciones
que
elcon9%ioulU'iQ
,pr()pone
introducir
en
el
anteproyecto
aprobacl0 .por.1a .
Administración
con
las
condiciones
expr~sas
de
que
en
'ellas'
.se
,:inantengan a
mejoren
las
características
geomé.trjca:s:~n
planta'
yalzsdo
del
Bl,1téproyecto,
,y
las
luces
ygtLIíbosJigurado's,en
el
,mismo,
se
,tengan
en
cuenta
las
con~
didonell>
su
I-IIf'Orme.
señale
la
Dirp~cí?n
Ge!-'1eral de
Obras
·Hidr~uIicas:
·dél
..•.
·Ministerio
de
Obras·
PublIcaS
Y
.los
nue-
VOs
rartla.l~$'
proyectados
cumplan
con
las
condiciones
geoJ11é·
tricas
.'
dencJni'oadas'co-mo
..
mbiimas
.en
zona
rural
..
de
las
«Re~
-comenqacionespa·ra'
el
proyecto
de
enlaces
..
de
la
Dirección
Ce·
neral
de-Csi'reteras.
Articulo
sexto.-EJ-
.
plan
de
realización'
de
las
obras
será
el
siguiente:
Tramo
MediterráneQ-Soses
Flicha depresentELciéin
proyeqtos:
Del
dos
de
nQviemb~e
de
TI1Unovecientossetema
y.
tres
al
tres
de
marro
de
mIl
ncyecientbli
'set~:nta·y
cuatro.
-
Pe
inicfa.ción
de
las
obras:
Dos
de
mayo
de
mil
no-
V8Ci8JItQS
se.tenta',y
cuatro.
-
FtK:.Q,a',(is
terminación
de
las
obras:
Veintitrés
de
junio
de
mil
novecientos
.$ete~ta
y
seis.
-Fel?ha"dt3
alJél't'U.fE
..
al
tráfico:
Treinta
de
junio
de
mil
novecientos
setenta
y
seis.
Tramo
Soses~Alfa;arin
-
Fecha
dEi
,presentllci6n
de
proyectos:
Del
tres'
de
;upio
de
nrl1llQvecie-ptoa f:istenta· y
cuatro
al
nueve
de
dICiembre
d'eIJlilnoye~~entl's,setenta
y
cuatro,
"
-
FéCija':c:lemiciaci,ónde
las
obras:
Uno
de
diciembre
de
lIliln<:tv>
y
cuatro.
-
FtK:hadiS!"t~rm~l1a,ción
de
las
obras:
VeinÜtrés
de
diciem-
brede,
mil
n:Qvec1en-to-saetentay.
seis.
-Fecha-d'EL$pettilra,-'al
tráftco:
Treinta
y
uno
de
diciembre
4emil
Ilovecientos.
setenta
yseis.
ArtíéUlo-
séptimo.-:-'f;.aampliación
de
la
autopista
a
tres
ca-
rriles
pOr':CaIza1ja .
habJ;á
de
llevarse
a
cabo,
de
acuerdo
con
la
ofertapresentada.enaq-ueUos
tramos
y
años
en
que
se
alcan-
ce:
una
.1:M:.D;1ll8yor,
igual
a
treinta,
mil
vehículos
y,
en
todo
caso;,
latotalicjad:'delitin~rariodeberá
quedar
ampliada
a~ntes.'(I",.lá·~rmina~ión
..
délperíodo
..
~e.
concesión,
sin
que
de
láamp~I,aPi4ti
:pl.1l:lda ,en
ningún
caso
derivarse
el
derecho
de
convenio
qu:e,éstabiec~'
el
artículo
veinti
-de
la
Ley
ocho/mil
n01teci~rtt()$_'setent.a,Y··dos.y.
al
..
quehacereferencia
la
cláusula
ciento:tl"~S:
de1'pliegQdecIáusuJ'as
generales.
Artiéli,l'Q.
:~'Vo.~EL;porcentajede
capital
social,
a
los
,efec-
tospreyeg.i~s'en
las.
cláUSUlas
veintiocho
y
veintinueve
del
.P~i-eg-()~c;l.us;u-las'e;enerales.
se
establece
en
el
veinte
por
ciento.-C:Oni.~ependenqa,de-
lo
8n:tatjor.en
el
momento
de
cons~
tituir
la,s:ocl,~dlldconces-iOnaria
debe'rásu-sc-ribirse
capital
social
por
valOT
,'d'(t
,
0llatrtimil
TillUones
.d-e-
'pesetas.
Dicho
capital
de-
berá-
,B:JUlritmo
s1.lperior o
i~al
de
mil
11lmO~
nas
depese:til$"enc;:acia..'ejercicÍo
sucesivo,
aun
cuando
ello
no
fuera
'necesifti0.para,
,el
:trl:antenímiento
de
la
proporcionalidad
entre-
a:quél·y
la
inv-etsión1otal
y
los
recursos
moviUzados.
Articulo
,l1oveno
.....,..J:.<>sr-ecursos
6je:nos
movilizados
procedentes
delahorro'QX~rior,su.pohdrán;
al
menos,
en
todo
momento
el
cuarenta
por
ciento'
del
total
de
recursos
movilizados
y
la
co-
!U.,mn1lImNidliftlil.,G
!l.
O.
del
E.-Num.
151
25
junIo 1973 12867
Artículo
diecisiete.--El
periodo
definum;'l:OH;idn h
que
se
de
en
la
clausula
cuarenta
yseis-
d-p!:
plj¡~g~~de
clausuius
ge-
nerales
se
estabJ
en
la
pl'lm0ramJ:taddE\t
peyj-Odo
conc¡~'
siollal.
Articulo
dleciocho.-La
concesión
..
S1~.
oJOr,gll
pnr.
un
plazo
de
veintinco
años.
contados
a
partir
de.
la
[celia
de
ruplJracion
de
este
Decreto
en
el
..
Boletin
Oúcial.deIBstado».
Artículo
diecinueve.-La
l'espon?ui)lltc!,adpfttrÍ'liN!1ial
de
la
Administración
quedará
limitad~
convencioll~~'fnente
para
tonos
los
supuestos
en
que
proceda
valorHci6~l
para.
loe;
contemplados
en
el
capitulo
l1()vj;!no
del
pj.fégo
de
cláusulas
generales
a
las
cifras
que
a
cont~~uación;~jrlq¡c;~n,
ipcremen
tadas,
en
su
caso,
por
los
auitient(ls
de1a:S,modificacioné$
de
los
proyectos
aprobados
producidasaroquerimiento
de
la
pro-
pia
Administración;
-
Tramo
Mediterráneo-Soses:
Seis
mil
(juimentos
setenta
y
seis
millones
ochocientas
cincuúúta-
ylin
mil
odlOcien·
!RS
v:eintiocho
pesetas
IOCfiCión
en
el
mercado
interior
de
capita.les
de
obligaciones,
bunos
ti
otros
títulos
semejantes
que
representen
una
deuda
del
conceslOnario
para
con
terceras
personas,
ihchndos.
los
prés-
tamos
no
representados
por
titulos.-valores.se
limHan\
en
todo
momento
al
cuarenta
por
dento
del
Lülal
d~
tecursos
movili-
zados.
Articulo
dédmo.-El
lÍmiü'l
maxjn-w
¡J[,
CilP~,{>idad
de
emisión
de
obligaciones
a
que
alude
la
cláustAa
tnnnt"y
dos
de·!
pJie~
go
de
cláusulas
generales
se
estnbkc""
en
el.
ttlPlo
deL
('üpital
social
desembolsado.
Articulo
allce.--El
concesionario
dis[',:utHq
~
',1)
LH;:;O
de
todo
el
periodo
concesíonaJ
de
los
sigú.ienkshendidos
tr:i!)utHdiJ3;
Reducción
del
setenta
ycincoporciénl?
l'Lj~
Id
bB,o;e
irnponi
tle
de
la
contribucí6n
sf,ñalada
f'Il,eJapartlvJo
6)
y
de
los
de·
rechos
e
Impuestos
figurac!as
ene!
apartado'dJ,dd
arllculü
doce
de
la
Ley
ocho/mil
novecientos
'sétenttl.y
Reducción
del
noventa
y
cinct?,por
Cl(~nt~
de
_
Jft
bw:;e
del
im-
puesto
sc
en
el
apartado"J:yboJ;l-Hics.pon
del
novenla
y
cinco
por
ciento
de
la
cuota
delim-puE'sJo,fi'glp"li;Íü
enelapar--
lado
el
del
artículo
doce
de
la
Ley
ocho/mil
llovedenlo!',
se-
tenta
y
dos.
Articulo
doce,-EI
concesior::.aÚo
di.~L'\!tará
{ji,
lcJ
.siguient.e~"
benef
id
os
~
económico·
fi
na
I1cie1'05:
Facultad
de
amortizar
los
clem.ent()~
pn'B¡)c(leros
dumnle
el
período
concesional
o
SUj.et:os
a."eve"s;ó;rv
ücue¡·do
con
el
plan
de
amortización
inC!uüio
mI
l)fps,~n
tada
al
coilcurso.
Aval
del
Estado
para
garantíz;8.l' hastJil el
'ieümlü
y
cinco
por
ciento
del
total
de
recursos
aj~nos
prQc$d'~9tesdel
mercado
exterior
de
capitales,
asegurandoen,tO'do
IJ10o:wHln
indicado
en
el
apartado
el
de
la
dausula
s,~pHm;l
del'
ptícego
de
clau~
sulas
particulares
de
la
concesión
y:"ipnlpte
ttue,
no
se
rehase
la
cifra
de
cinco
mil
quinient(j$Jnillo-rtE'sdl~
P(lH,)tf
como
clln
tirla,d t,otal a
avalar.
La
duración
del
referido
aval
no
px'n'.'dérá:,iw,
ningún
caso
ele
veinte
aúas,
contados
a
partir
de
Jafechi;{
d'f
puhlKaciún
de
este
Decreto
en
el
"Boletín
Ofícial
dd
E:sladQ~"
Articulo
trece.-Conforme'
u
lo's"Hirmind:(cunt",'nidcf,
on
la
oferta
del
adjudicatario,
el
concesionario
('fu~dd
obligado
a
la
oblcncínn
de
la
finandación
exteriotsjn~íYJ:11
del
Estado
{:on
carácter
prior,itario,
es
decir
qu('f!.sta
S~J'it
oti'imidª
ante:"
de
solicitar
el
aval
para
cualquier
tipO
de
TeCUl~$O.
Artículo
catorce.-·El
concesion~ri-o,d~sfrtttwrá
a
lo
largo
del
periodo
concesional
de
los
beneCi¡:ips
flgurad(J~
en
los
aparta
dOf
e}
y
d}
del
artículo
trece
de
la
Lf'yu,cho/rnU
novecientos
setenta
y
dos.
'
Aníc:ulo
quince.-El
concesionario
abonará.
anualmente
a!
Tesoro,
en
concepto
de
comision
por. otl.:nigamifl1-J.(}
de!
aval
de!
Estado,
el
dos
por
roilde
las
can-tldafÍ/'\S 'B-vR'lfJdas.
asi
como
una
comisión
anual
equivalente
.al;
dos
pbJ';.m-iJdel
importe
de
las
obligaciones
aqUe
se
refiere'
la.gararrtia,
asumida
por
el
Estado
de
facilitar
divisas
o
mOIledasextr.atl¡e1~W;
.~
un
tipo
de
cambio
njo,
calculada
precisamente
al
tipo
d~
cambio
al
qHe
el
Estado
garantice
la
operación.
.
Articulo
clieciseis.-Las.
tarifas
i:nicJples"aPlh:ablés
al
1ráfic:o
para
los
diVersos
-recorridos
posjh!ll~
8ntn~
)ns
di~lwto"
coja
ces.
serún
laii
que
se
illdicnn
a
CónUnUdrióil~
FRANC1SCO
FRANCO
940
785
l.84Q
1.735
523
Superficie
a
expropiar
ro"
f'-rOj;let
n
'-:"05
D,
Juaq\ün
Drapet
Méndez
D
Sntvador
1\¡selJ
Más
D.
M{)ríaMás·Masl'ern:'T
..
D.
Mnri'aMas
Masfen'c:r
1\-1'
gue:!
Amargan!:
M
<1,rü
;)
'nr';,¡
nUl'h"O
FESOLL'C10Nde
ht
Direcdón
Genera,!
de
Obras
flJciraulíca.'1
por
la
G/;¡,e
t:econcede
a
don
Alberto
\lasó
Pujolun
qpl'ú-vecna¡nümto
de
aguas
subálveas
de
la.
rieTa..
GaJ:¡arresa,
,e~término
municipal
de
Ol·ost
de
Ll«.sanés(Barcelona}.
Don
Alberl.-o
Masó'
Pujol.
'h~
solícitado
la
concesión.
de
un
aprovechaUliento
de
aguas5ub~~lveasde
la
riera
Gabarresa,
en
tAnninoffillnidpal
de
Olostde
LJusanésfBarcelonaJ.
con
desti~
Filli¡]izadi:l el plu1.ócJ.e
illformaciónpúbU-ca
abierta
tli
efectos
-de
subsanar
Jos
posibles
errores
que:
hubieran
podido
pade-
cetsc
en
la
l'elaciQn
d?
bienes,
..
derechos
y
propietarios
afecta~
dos-
por.
etexpedicl)
to,
d,~
.
referencia,
EsLa.
Sl,.lbsecretaría,
,de
,acuerd'O
con
10
establecido
en
el
flrUculo52
de
la
vige,nt:e
Ley
de
..
Expropiación
Forzosa,
ha
n:csueHo
fijar
lafe-chad~1:9
de
julio
de
1973
para
proceder
al
levantamiento
de
las
actaspl'evías
a:
la
ocupación
de
loS'
bienes
y:der~¡chos
necesarios
para
lAs.
obras,
situados
en
el
termino
municipal
de
San
FeUude
BuxaHeu
(Gerona)
y
per-
tenecientes
aros
sigUientes
titulares
~
Tramo
Soses-AlfafEll'in.
Cinco
mil
cien
millones
trescien-
tas
noveni'it y
un
mil
quinientas
siete
pesetas.
Articulo
veinft". El
valor
máximo-a
aplicar
a
todos
los
efec-
hni
pHra
Jos qUI:
plüceaü
la
vllloruoofl
de
las
expropiaciones
y
en
espeClal
para
lOe"
supue.stas
Cünít,rmp!ados
en
el
capitulo
l\o\'imo
d-el
pliego
de
cláusulas
gen-el'ales·
Sfftá:
.-
Ttarnr
l\'Í('dHenáneo-Soses
Dosi:.iéntos
treinta
y
tles
mi-
llflD-E¡S
qUlnienus
~·ointjC\.wiro
mJ
cualrocienta"
CUélronta
y
nuev()
pesetas
Tralno
S()~es-A!fajt\r:iJ);
Cú,i¡LO 'espn!.H
millones
11'f:'scien-
tus
cuatTo
mil
die(~isó¡s
pe,.¡clas,
Dicho
tnimitfJ
sentinicii:tdo
mediante
una
reunión
previa
en
el
Ayuntamiento
de
,San
Fojiud€l
BuxaIleu
(Gerona)
,a
las
diez
y
müdin
horas
del
:indic:ado
gítt,
donde
deberán
com-
parecer
los
mteresados,
con
los
docurncl)tos
que
acrediten
su
persoMtHdad
y
la,
titu1addad
de
10$
bienes
y
derechos
afec-
tados
oarH
posterior
tr·ns::,ndo·
ni
ten:entJ.
Madrid,
J9
de
Junio:
de
19TL,-,Ei
Suhsecretario.
Ric¿\rdo
Cómf'zAceh:~'
'
U
\lillhÜ¡¡
(1"
o.h«.s
I';¡blicas
G{)"-l:/A,LO
FFrN;\NDEl.
DE LA
l\lOHA,
y
VON
nI-{SOLUC(ONde
la
Subw,'cretaria
por
la
que
se
.¡;eiíala fecha: P(iTa
el
levantamiento
de
1a,s
actas
previas
a
la
DcupaCtón
de
los
terrenos
ne:ce.'1arios
rmra
las
oQras «Supr:esióy¡,
det
paso
a
nivel
exis~
lente
en
el
punto.
kilométrico
168,439
de
la
linea
'1
(Lrrag(jl1
térmmo
municipal
de
Han FeUu
de
Bu:>;;alleu
(GeronaJ.
Articulo
veintiuno
,~---
El
cünCE'siQn"rio
-queda
obligado.
de
hcue¡'du
ron
l,¡,.;
termJñ9S
f1gurados
en
sU
proposición,
a
las
(lCtu-acil)nes
ofer1ndas
relativas
afines
culturales
y
de
revalo-
r:,/,ación
de
la
rlqlH'Za.
:monumen1al
de
la
zona
de
.1ft
inflUen-
cia
de
fa
~utopjsta_
Artü:ulo
ve,i.ntidÓ!:i--La
Sociedad
conéeúonaria
queda
vincu·
lada
freme
al
E~tadqeJ;l
los
té~mU1(ts
conten,Idos
en
SLt
proposi·
cion
en
toda
.
su
jntegridad:
En
aquellos
puntos
no
especial-
mente
regulf.tdos
-en
este
De(:reto,
serán,
de
aplicación
las
nor-
mas
conteO¡d1t:5
en
la·
~.eY,oc:ho/mI1
noyecientos
setenta
y
dos,
dechez
0t:]
mt::iyo,
.eneI:,plieg¡)
de
cJáusuJas
generales,
aprobado
por
DecHr{o dQ5-ClelllCS
:quj~ce!mHnovecjentos
seten
tu
y
tres,
de
veintidilco
de
enero,'pHegosde
base·del
concurso
y
de
dau~
sulas
pal"ticl¡jllrcs,
aprQpados-por.Ordeí1€-s
del
Ministerio
de
Obras
Públicas
de
veinüocho
de
fehIerode
mil
novecientos
sBtenta
y ..tres
y,
cync~rácter
general,
los
preceptos
contenidos
en
la
lt~g-i,
de
contrató!>
deí
Estado.
As]
lo
dbpongc
(JO!
el pre'K,¡J!"e
Decreto,
dado
en
Madrid
d
veintidós
d(;
iuniudemH
hoveóentos
setenta
y
tres.
(U-iO
lOS
0.\1':)
P1'J"
Ka,
Motocicletas
con
o
sin
side-Cfl,l'
","'"
Vehículos
de
turismo
con
ciliitdlUd-U
irde{icr
a
800
centímetros
cubicas
y
sin
renil)lql!€'
Vehículos
de
t.urismo
con
ciJllld{Hda'un
inferior
a
800
centímetr01:i
cúbicos
e
inferí,m'
a1:.0{)(\
cen·
timetros
cúbicos
y
sin
remQlql1e._"'''',,.,,,
.. ,., ....,.
Vehículos
de
turismo
con
cHindrnd¿¡
noinforinr
a
1.000
centímetros
cúbicos
o
coo
fCI1lo1qU-Ec'
vehículos
industriales
con"
carga
fio¡f'~l.poJ:í()r
A
1.000
kilogramos
y
microbuses
d0
'd.es
y
cu:~
.
tro
ruedas
..,,,
......
,
.. .,
.
Camiones
de
dos
o
tres
ejes
...
Autocares
de
dos
o
tres
E~jes
Autocares
y
camiones
de
mlt.s-
de
ll'¡¡ls
f~j'~~S
Camiones
con
remolque
6.
4.
5.1.
22,
1.
2
1.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR