Orden de 25 de marzo de 1987 por la que se regula la Agencia Española del Isbn (sistema internacional de numeración de libros).

MarginalBOE-A-1987-8061
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyOrden

Ilustrisimos señores:

El Decreto 2984/1972, de 2 de noviembre, por el que se establece la obligación de consignar en toda clase de libros y folletos el número Isbn, incorporó a España al Sistema internacional de numeración de libros utilizado en la Produccion editorial de la mayor parte de los países y permitió la entrada de nuestra bibliografía en las bases de datos que sobre los libros existen en todo el mundo. Además inició el desarrolló de un Servicio de gran utilidad para la expansión y el crecimiento del Comercio del libró.

La supresión del Instituto Nacional del libró español, operada, por imperativo legal, mediante el Real Decreto 875/1986, de 21 de marzo, subsistiendo la necesidad de conservar la Agencia Española del Isbn, la también necesidad de estimular la cooperación con los proveedores y usuarios de la información bibliográfica y el cumplimiento de los compromisos adquiridos con la agéncia internacional del Isbn y con las agencias nacionales latinoamericanas, en orden a la elaboración de bases de datos compatibles para toda el Area idiomatica, recomiendan dotar a está agéncia de una organización adecuada que garantice una cooperación permanente e ininterrumpida.

En su virtud,a propuesta de La Dirección general del libró y bibliotecas, previa aprobación del ministro para las Administraciones Públicas, he tenido a bien disponer:

Primero. La Agencia Española del Isbn (international standard book number), dependiente de La Dirección general del libró y bibliotecas y adscrita al Centro del libró y de la lectura, es la encargada de desarrollar el Sistema Isbn en nuestro país, estimulando la cooperación de los proveedores y usuarios de la información bibliográfica que constituye su objeto fundamental.

Segundo. Corresponden a la Agencia Española del Isbn los siguientes objetivos y funciones:

  1. señalar las Directrices generales de actuación de la agéncia en el Marco de la Politica cultural del libró.

  2. fomentar el desarrolló del Sistema Isbn, a fin de lograr el Maximo aprovechamiento de cuántas posibilidades ofrece.

  3. mantener una estrecha Relacion con la agéncia internacional del Isbn, a fin de coordinar la normativa de Aplicación al Sistema de numeración de libros Isbn y cooperar con otras agencias nacionales para mejor contribuir al desarrolló de sus funciones.

  4. aprobar el programa anual de actividades y el plan de Adquisiciones para el desarrolló de los objetivos y funciones de la agéncia.

  5. aprobar la Memoria anual de actividades.

  6. asignar el Codigo de identificación Isbn a cada libró editado en cualesquiera de las lenguas españolas.

  7. efectuar el tratamiento de las Fichas de asignación del Codigo Isbn en colaboración con los servicios Informaticos de La Secretaria general técnica del Ministerio de Cultura.

  8. promover un Sistema de consultas a la basé de datos Isbn para...

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