RESOLUCION DE 21 DE JULIO DE 1994, del Consejo superior de Investigaciones cientificas, reguladora de los Ficheros de Tratamiento automatizado de Datos de Caracter personal del Organismo.

MarginalBOE-A-1994-17546
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

La disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal (LORTAD), establece que, dentro del año siguiente a su entrada en vigor, las Administraciones Públicas responsables de ficheros de este carácter ya existentes, deberán adoptar una disposición reguladora de los mismos cuando carezcan de regulación o adaptar la que existiera. Por otra parte, el Real Decreto-ley 20/1993, de 22 de diciembre, prorrogó por seis meses el plazo de un año al que se ha hecho referencia.

En su virtud, de conformidad con la disposición adicional segunda de la LORTAD, resuelvo:

Primero.-Los ficheros automatizados con datos de carácter personal de este Organismo, existentes a la entrada en vigor de la LORTAD, que se regulan por esta disposición, de conformidad con el artículo 18 de la Ley citada, son los que se relacionan en el anexo de esta Resolución.

Segundo.-Los responsables de los ficheros automatizados de referencia, adoptarán las medidas que resulten necesarias para asegurar que los datos automatizados de carácter personal existentes, se usan para las finalidades para las que fueron recogidos que son las que se concretan en esta Resolución.

Tercero.-Los afectados de los ficheros automatizados mencionados pueden ejercitar su derecho de acceso, rectificación y cancelación de datos, cuando proceda, ante el órgano que para cada fichero automatizado se concreta en esta Resolución.

Cuarto.-Los responsables de los ficheros automatizados advertirán, expresamente, a los cesionarios de datos de carácter personal de su obligación de dedicarlos exclusivamente a la finalidad para la que se ceden, de conformidad con el artículo 11,5 en relación con el 4,2 de la LORTAD.

Quinto.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el .

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 21 de julio de 1994.-El Presidente, José María Mato de la Paz.

ANEXO

Número 1. Fichero automatizado

Base de datos corporativa

  1. Responsable: Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

  2. Finalidad: Gestión Administrativa, Científica y de Investigación.

  3. Uso:

    Gestión Administrativa del personal.

    Gestión de la nómina y seguros sociales.

    Formación de personal.

    Actividad científica, participación del personal en:

    Proyectos de investigación.

    Contratos de investigación.

    Proyectos de la CEE.

    Convenios y cooperación internacional.

    Gestión de becarios.

    Creación...

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