Real Decreto 1844/1985, de 9 de Octubre, sobre Inversion obligatoria de Banca privada y Cajas de ahorro en pagares del Tesoro.

MarginalBOE-A-1985-20962
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyReal Decreto

El Real Decreto-Ley 6/1984 , de 8 de junio, por el que se fijo un coeficiente de inversion en deuda publica del Tesoro o del estado para los bancos privados y Cajas de Ahorro, desarrollado por Real Decreto 1142/1984 , de 13 de junio, y vigente en funcion de la disposicion transitoria tercera de la Ley 13/1985, de 25 de mayo , en tanto no se desarrollen reglamentariamente las nuevas obligaciones de inversion obligatoria en ella establecidas, encomienda en su articulo 2. Al Gobierno la determinacion del nivel de aquel coeficiente de inversion. La favorable evolucion que en los ultimos meses presenta la demanda privada de pagares del Tesoro permite reducir el nivel de dicho coeficiente sin desatender la colocacion de las emisiones de esos titulos. En consecuencia, a propuesta del Ministro de Economia y Hacienda, y previa deliberacion del Consejo de Ministros en su reunion de 9 de octubre de 1985, dispongo:

ARTÕCULO 1

El porcentaje de recursos computables a invertir en pagares del Tesoro, segun lo establecido en el Real Decreto-Ley 6/1984 , queda fijado en el 10 por 100.

ARTÕCULO 2

El presente Real Decreto entrara en vigor el dia siguiente de su publicacion en el "BoletÌn Oficial del Estado".

Dado en Madrid a 9 de octubre de 1985.-Juan Carlos R.-el Ministro de Economia y Hacienda, Carlos solchaga catalan.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR