RESOLUCIÓN DE 7 DE FEBRERO DE 1997, de la Intervencion general de la Seguridad social, sobre delegacion de Competencias.

MarginalBOE-A-1997-3860
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyResolución

La Intervención General de la Seguridad Social desarrolla sus funciones en nombre de la Intervención General de la Administración del Estado, de acuerdo con los Reales Decretos 3307/1977, de 1 de diciembre, y 1337/1988, de 4 de noviembre. Con el fin de posibilitar una mayor agilización en la tramitación de los expedientes de gasto, se ha considerado conveniente acercar el control al órgano de gestión con competencia para aprobar los gastos.

En este proceso, la Resolución de 23 de enero de 1995 delegó diversas competencias en los Interventores centrales, territoriales, adjuntos y de centro. Asimismo, la Resolución de 9 de abril de 1996 continuó este proceso delegando las competencias para fiscalizar los expedientes de revisión de precios de los conciertos de asistencia sanitaria, cuya fiscalización aún es competencia de este Centro directivo.

La Resolución de 26 de septiembre de 1996, de la Presidencia ejecutiva del Instituto Nacional de la Salud, delegó la competencia para celebrar conciertos de asistencia sanitaria en los Directores provinciales y en los Gerentes de Atención Primaria y Especializada hasta el límite de 150.000.000 de pesetas y en el Director general de Presupuesto de Inversiones cuando excedan de dicha cantidad y sean inferiores a 2.000.000.000 de pesetas.

Con esta situación parece aconsejable, a fin de facilitar la celeridad que este tipo de gastos requiere, situar la fiscalización de los mismos en las intervenciones cuya competencia orgánica y territorial se corresponda con la autoridad que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR